Capítulo · Sección II
Capítulo 11: Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de trigo
- 7,7 %–19,2 %UE
- 25 %–114 %Turquía
- 0 %–12,8 %EE. UU.
- 0 %–18 %Reino Unido
- 27,2 mil M US$Comercio mundial en 2024
9 partidas forman el capítulo 11, que pertenece a la sección II, productos del reino vegetal.
El capítulo 11 se reparte en 71 líneas en la nomenclatura combinada de la UE; el derecho de terceros países va del 7,7 % al 19,2 %. 65 líneas tienen un derecho específico o compuesto.
El arancel de aduanas de Turquía divide el capítulo 11 en 90 líneas arancelarias; el tipo legal (Ley 474) va del 25 % al 114 % (media del 53,5 %).
En el arancel armonizado de Estados Unidos, el capítulo 11 abarca 38 líneas arancelarias y el derecho general va del 0 % al 12,8 %. 5 de ellas están exentas de derechos. 19 líneas tienen un derecho específico o compuesto.
El comercio mundial de las mercancías del capítulo 11 alcanzó 27,2 mil M US$ en 2024, un 9,6 % menos que en 2023.
El mayor exportador fue Alemania, con el 8,9 % del total, por delante de Tailandia.
El mayor importador fue Estados Unidos (2604,6 M US$).
Comparación de aranceles
El arancel turco recoge el tipo legal fijado por la Ley 474 del Arancel de Aduanas. El tipo que se aplica a la importación se establece en la Decisión de Régimen de Importación y puede ser inferior o variar según el país de origen.
Partidas 9
- 1101Harina de trigo o de morcajo (tranquillón)
- 1102Harina de cereales, excepto de trigo o de morcajo (tranquillón)
- 1103Grañones, sémola y pellets, de cereales
- 1104Granos de cereales trabajados de otro modo (por ejemplo: mondados, aplastados, en copos, perlados, troceados o quebrantados), excepto del arroz de la partida 1006; germen de cereales entero, aplastado, en copos o molido
- 1105Harina, sémola, polvo, copos, gránulos y pellets, de patata (papa)
- 1106Harina, sémola y polvo de las hortalizas de la partida 0713, de sagú o de las raíces o tubérculos de la partida 0714 o de los productos del Capítulo 8
- 1107Malta (de cebada u otros cereales), incluso tostada
- 1108Almidón y fécula; inulina
- 1109Gluten de trigo, incluso seco
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 6,4 M US$6,4 M US$+78,6 M US$+468,4 M US$+> 1320,1 M US$
Exportaciones: 192
- Alemania: 2425,7 M US$
- Tailandia: 1894 M US$
- Bélgica: 1703,1 M US$
- Turquía: 1538,5 M US$
- Francia: 1513,8 M US$
- Países Bajos: 1320,1 M US$
- Canadá: 1282,9 M US$
- Estados Unidos: 1222,1 M US$
- Vietnam: 965,6 M US$
- China: 915,6 M US$
- Australia: 829,4 M US$
- Italia: 725,3 M US$
- Argentina: 678,6 M US$
- India: 660,6 M US$
- Dinamarca: 560,9 M US$
- Kazajistán: 548,2 M US$
- Egipto: 533 M US$
- Polonia: 482,3 M US$
- Reino Unido: 468,4 M US$
- España: 408,3 M US$
- Austria: 389 M US$
- México: 361,7 M US$
- Rusia: 344,3 M US$
- Uzbekistán: 323,9 M US$
- Sudáfrica: 323,7 M US$
- Uruguay: 296,3 M US$
- Laos: 288,7 M US$
- Hungría: 247,4 M US$
- Chile: 246,5 M US$
- Eslovaquia: 207,5 M US$
- Chequia: 205 M US$
- Lituania: 204,3 M US$
- Suecia: 164,1 M US$
- Ucrania: 142,4 M US$
- Uganda: 142,3 M US$
- Rumanía: 122,7 M US$
- Brasil: 118,8 M US$
- Japón: 112,5 M US$
- Malasia: 103,3 M US$
- Serbia: 101,3 M US$
- Bulgaria: 97,2 M US$
- Portugal: 93,8 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 92,8 M US$
- Indonesia: 90,6 M US$
- Finlandia: 90,2 M US$
- Letonia: 84,8 M US$
- Colombia: 78,6 M US$
- El Salvador: 78,6 M US$
- República Dominicana: 77,3 M US$
- Singapur: 72,8 M US$
- Pakistán: 66,8 M US$
- Irlanda: 55,4 M US$
- Luxemburgo: 54,4 M US$
- Corea del Sur: 52,5 M US$
- Tanzania: 49,3 M US$
- Sri Lanka: 48 M US$
- Kuwait: 41,9 M US$
- Grecia: 36,9 M US$
- Paraguay: 36,3 M US$
- Taiwán: 36,2 M US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 27,3 M US$27,3 M US$+90,3 M US$+313,2 M US$+> 860,8 M US$
Importaciones: 223
- Estados Unidos: 2604,6 M US$
- China: 2275,2 M US$
- Países Bajos: 1090,5 M US$
- Alemania: 1035,4 M US$
- Brasil: 990,9 M US$
- Francia: 919,7 M US$
- México: 860,8 M US$
- Reino Unido: 686,3 M US$
- Afganistán: 661 M US$
- Japón: 651,5 M US$
- Bélgica: 640,3 M US$
- Malasia: 529,4 M US$
- Italia: 525,5 M US$
- Polonia: 524,5 M US$
- Irak: 507,4 M US$
- España: 460,8 M US$
- Indonesia: 436,8 M US$
- Canadá: 425,6 M US$
- Noruega: 418,5 M US$
- Tailandia: 376,9 M US$
- Taiwán: 359,7 M US$
- Corea del Sur: 343,7 M US$
- República Democrática del Congo: 313,2 M US$
- Filipinas: 300,6 M US$
- Vietnam: 298,1 M US$
- Sudán: 257,4 M US$
- Irlanda: 239 M US$
- Turquía: 237,6 M US$
- Austria: 227,8 M US$
- Arabia Saudí: 224,2 M US$
- Chequia: 209,8 M US$
- Uzbekistán: 196,9 M US$
- Australia: 187,3 M US$
- Chile: 184,1 M US$
- Nigeria: 180,1 M US$
- Rumanía: 175 M US$
- Singapur: 174,4 M US$
- Sudáfrica: 173,1 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 168,4 M US$
- Dinamarca: 162,9 M US$
- Portugal: 149,8 M US$
- Guatemala: 144,1 M US$
- Suiza: 143,7 M US$
- Hungría: 131,5 M US$
- Israel: 125,2 M US$
- Camboya: 125,1 M US$
- Siria: 124 M US$
- Somalia: 123 M US$
- Grecia: 120,5 M US$
- Perú: 108,8 M US$
- Venezuela: 107,3 M US$
- Suecia: 106,3 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 102,2 M US$
- India: 94,2 M US$
- Camerún: 93,6 M US$
- Sudán del Sur: 90,3 M US$
- Honduras: 89,8 M US$
- Madagascar: 85,4 M US$
- Haití: 85 M US$
- Bolivia: 80,8 M US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 2425,7 M US$ | 8,9 % | |
| 2 | 1894 M US$ | 7 % | |
| 3 | 1703,1 M US$ | 6,3 % | |
| 4 | 1538,5 M US$ | 5,7 % | |
| 5 | 1513,8 M US$ | 5,6 % | |
| 6 | 1320,1 M US$ | 4,9 % | |
| 7 | 1282,9 M US$ | 4,7 % | |
| 8 | 1222,1 M US$ | 4,5 % | |
| 9 | 965,6 M US$ | 3,6 % | |
| 10 | 915,6 M US$ | 3,4 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 2604,6 M US$ | 9,6 % | |
| 2 | 2275,2 M US$ | 8,4 % | |
| 3 | 1090,5 M US$ | 4 % | |
| 4 | 1035,4 M US$ | 3,8 % | |
| 5 | 990,9 M US$ | 3,6 % | |
| 6 | 919,7 M US$ | 3,4 % | |
| 7 | 860,8 M US$ | 3,2 % | |
| 8 | 686,3 M US$ | 2,5 % | |
| 9 | 661 M US$ | 2,4 % | |
| 10 | 651,5 M US$ | 2,4 % |
Notas de capítulo
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) la malta tostada acondicionada como sucedáneo del café (partidas 0901 o 2101, según los casos);
b) la harina, grañones, sémola, almidón y fécula preparados, de la partida 1901;
c) las hojuelas o copos de maíz y demás productos de la partida 1904;
d) las hortalizas preparadas o conservadas de las partidas 2001, 2004 o 2005;
e) los productos farmacéuticos (Capítulo 30);
f) el almidón y la fécula que tengan el carácter de preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética (Capítulo 33).
2.
A) Los productos de la molienda de los cereales designados en el cuadro siguiente se clasifican en este Capítulo, si tienen simultáneamente en peso sobre producto seco:
a) un contenido de almidón (determinado según el método polarimétrico Ewers modificado) superior al indicado en la columna (2);
b) un contenido de cenizas (deduciendo las materias minerales que hayan podido añadirse) inferior o igual al indicado en la columna (3).
Los que no cumplan las condiciones anteriores se clasifican en la partida 2302. Sin embargo, el germen de cereales entero, aplastado, en copos o molido, siempre se clasificará en la partida 1104.
B) Los productos incluidos en este Capítulo, en virtud de las disposiciones anteriores, se clasifican en las partidas 1101 u 1102 cuando el porcentaje en peso que pase por un tamiz de tela metálica con abertura de malla correspondiente a la indicada en las columnas (4) o (5), según los casos, sea superior o igual al indicado para cada cereal.
En caso contrario, se clasifican en las partidas 1103 o 1104.
| CEREAL | Contenido de almidón | Contenido de cenizas | Porcentaje que pasa por un tamiz con abertura de malla de | |
|---|---|---|---|---|
| 315 micras (micrometros, micrones) | 500 micras (micrometros, micrones) | |||
| (1) | (2) | (3) | (4) | (5) |
| Trigo y centeno | 45 % | 2,5 % | 80 % | — |
| Cebada | 45 % | 3 % | 80 % | — |
| Avena | 45 % | 5 % | 80 % | — |
| Maíz y sorgo de grano (granífero) | 45 % | 2 % | — | 90 % |
| Arroz | 45 % | 1,6 % | 80 % | — |
| Alforfón | 45 % | 4 % | 80 % | — |
| Los demás cereales | 45 % | 2 % | 50 % | — |
3. En la partida 1103, se consideran grañones y sémola los productos obtenidos por fragmentación de los granos de cereales que respondan a las condiciones siguientes:
a) los de maíz, deberán pasar por un tamiz de tela metálica con abertura de malla de 2 mm en proporción superior o igual al 95 % en peso;
b) los de los demás cereales, deberán pasar por un tamiz de tela metálica con abertura de malla de 1,25 mm en proporción superior o igual al 95 % en peso.
Notas complementarias
1. Los derechos aplicables a las mezclas contempladas en el presente Capítulo serán los siguientes:
a) en las mezclas en las que uno de los componentes represente al menos un 90 % del peso, se aplicará el tipo correspondiente a dicho componente;
b) en los demás casos, el derecho aplicable será el que corresponda al componente sometido al gravamen más elevado.
2. En la partida 1106, se considerarán «harina», «sémola» y «polvo» los productos, distintos al coco rallado y desecado, obtenidos mediante molienda o por otro procedimiento de fragmentación de las legumbres secas de la partida 0713, de sagú, de las raíces o tubérculos de la partida 0714 o de los productos pertenecientes al Capítulo 8 y que cumplen las condiciones siguientes:
a) las hortalizas secas, el sagú, las raíces, los tubérculos y los productos pertenecientes al Capítulo 8 (con excepción de los frutos de cáscara de las partidas 0801 y 0802) deberán pasar por un tamiz de tela metálica con una abertura de malla de 2 mm en un porcentaje superior o igual al 95 % en peso;
b) los frutos de cáscara de las partidas 0801 y 0802 deberán pasar por un tamiz de tela metálica con una abertura de malla de 2,5 mm en un porcentaje superior o igual al 50 % en peso.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «productos de la molinería»?
Estas mercancías se clasifican en el capítulo 11 del Sistema Armonizado, dentro de la sección II. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «productos de la molinería» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 11 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 7,7 % y el 19,2 %, según la línea. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «productos de la molinería» en Estados Unidos?
En el arancel armonizado de Estados Unidos, las importaciones del código 11 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 0 % y el 12,8 %, según la línea. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «productos de la molinería»?
Alemania, con 2425,7 M US$ en 2024 (el 8,9 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 408,3 M US$ (el 1,5 % del total mundial) y ocupó el puesto 20 entre 192 países exportadores.