Arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM) · posición arancelaria · HS 9404.30
9404.30.00.000: Sacos (bolsas) de dormir
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM), en vigor desde el 24 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 9404 SOMIERES; ARTÍCULOS DE CAMA Y ARTÍCULOS SIMILARES (POR EJEMPLO: COLCHONES, CUBREPIÉS, EDREDONES, COJINES, PUFES, ALMOHADAS), BIEN CON MUELLES (RESORTES), BIEN RELLENOS O GUARNECIDOS INTERIORMENTE CON CUALQUIER MATERIA, INCLUIDOS LOS DE CAUCHO O PLÁSTICO CELULARES, RECUBIERTOS O NO.
- 9404.30 Sacos (bolsas) de dormir
- 9404.30.00.000 Sacos (bolsas) de dormir
Lo que paga
Importación: Argentina
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
9404.30 Sacos (bolsas) de dormir
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N325197 U.S. CBP
Classification of a sleeping bag made in Bangladesh
- N305416 U.S. CBP
The tariff classification and marking of a sleeping bag from China.
- N271727 U.S. CBP
The tariff classification of a sleeping bag and coordinated pillowcase, packed in a tote bag, from China.
- 600013609 HMRC
Black sleeping bag liner with zips. Can be used on it's own or within another sleeping bag to provide added warmth. Packaged within a bag that has drawstrings. Composition:100% knitted polyester.
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) los colchones, almohadas y cojines, neumáticos o de agua, de los Capítulos 39, 40 o 63;
b) los espejos que se apoyen en el suelo (por ejemplo: espejos de vestir móviles) (partida 7009);
c) los artículos del Capítulo 71;
d) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39) ni las cajas de caudales de la partida 8303;
e) los muebles, incluso sin equipar, que constituyan partes específicas de aparatos para la producción de frío de la partida 8418; los muebles especialmente concebidos para máquinas de coser, de la partida 8452;
f) las fuentes luminosas y los aparatos de alumbrado, y sus partes, del Capítulo 85;
g) los muebles que constituyan partes específicas de aparatos de las partidas 8518 (partida 8518), 8519 u 8521 (partida 8522) o de las partidas 8525 a 8528 (partida 8529);
h) los artículos de la partida 8714;
ij) los sillones de dentista con aparatos de odontología incorporados de la partida 9018, ni las escupideras para clínica dental (partida 9018);
k) los artículos del Capítulo 91 (por ejemplo: cajas y envolturas similares para aparatos de relojería);
l) los muebles, luminarias y aparatos de alumbrado que presenten el carácter de juguete (partida 9503), billares de cualquier clase y muebles de juegos de la partida 9504, así como las mesas para juegos de prestidigitación y artículos de decoración, (excepto las guirnaldas eléctricas), tales como farolillos y faroles venecianos (partida 9505);
m) los monopies, bípodes, trípodes y artículos similares (partida 9620).
2. Los artículos (excepto las partes) de las partidas 9401 a 9403 deben estar diseñados para colocarlos sobre el suelo.
Sin embargo, se clasifican en estas partidas, aunque estén concebidos para colgar, fijar en la pared o colocarlos uno sobre otro:
a) los armarios, bibliotecas, estanterías (incluidas las constituidas por un solo estante o anaquel, siempre que se presente con los soportes necesarios para fijarlo a la pared) y muebles por elementos (modulares);
b) los asientos y camas.
3.
A) Cuando se presentan aisladamente, no se consideran partes de los artículos de las partidas 9401 a 9403, las hojas, placas o losas, de vidrio (incluidos los espejos), mármol, piedra o cualquier otra materia de los Capítulos 68 o 69, incluso cortadas en formas determinadas, pero sin combinar con otros elementos.
B) Cuando se presenten aisladamente, los artículos de la partida 9404 se clasifican en dicha partida aunque constituyan partes de muebles de las partidas 9401 a 9403.
4. En la partida 9406, se consideran construcciones prefabricadas tanto las terminadas en fábrica como las expedidas en forma de elementos presentados juntos para montar en destino, tales como locales para vivienda, casetas de obra, oficinas, escuelas, tiendas, hangares, garajes, o construcciones similares.
Se consideran construcciones prefabricadas las unidades de construcción modular de acero, que normalmente tienen el tamaño y la forma de un contenedor de envío estándar, pero están en gran parte o completamente preequipadas. Estas unidades de construcción modular generalmente están diseñadas para ensamblarse juntas con el fin de constituir construcciones permanentes.
Nota complementaria
1. En la partida 9404, la expresión «rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia» abarca la materia de cualquier espesor.
La posición arancelaria 9404.30.00.000 es la única línea del arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM) en la subpartida SA 9404.30 (sacos (bolsas) de dormir).
El derecho de importación extrazona (AEC) es del 18 %, y las cantidades se declaran en UNIDAD.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 3,7 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 3,7 %, el derecho general en Estados Unidos va del 4,7 % al 9 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 2 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es del 15,5 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 16,2 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón es del 3,8 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 10 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 12 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Argentina importó mercancías de la subpartida 9404.30 por valor de 2 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la posición arancelaria 9404.30.00.000?
El derecho de importación extrazona (AEC) en el arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM) es del 18 %; la unidad suplementaria es UNIDAD. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa Argentina estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 9404.30, el mayor proveedor en 2024 fue China (1 M US$).