Códigos de documentos y certificados

La casilla 44 de la declaración en aduana (elemento de datos 12 03 del código aduanero de la Unión) pide códigos de documentos como N954 para un certificado EUR.1 o Y155 para mercancías exportadas desde Rusia o Bielorrusia. Esta lista recoge todos los códigos utilizados en TARIC (413 en total), con su denominación oficial y el número de líneas arancelarias de la UE cuyas medidas remiten a ellos.

Abra un código para ver las medidas que lo exigen y las líneas afectadas.

413

CódigoDocumentoLíneas UE
A-001Certificado de autenticidad uvas frescas de mesa 'EMPERADOR'1
A-004Certificado de autenticidad del tabaco6
A-007Certificado de autenticidad - Carne de vaca y ternera congelada (cortes de cuartos delanteros de pecho llamados australianos)1
A-010Certificado de autenticidad zumo de naranja concentrado—
A-014Certificado de autenticidad HANDI—
A-015Certificado de autenticidad (Productos de seda o de algodón tejidos en telares a mano)—
A-016Certificado de autenticidad carne de vacuno - delgados—
A-017Certificado de autenticidad conforme a las disposiciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761—
A-019Certificado de calidad:Nitrato de Chile3
A-022Copia del certificado de autenticidad: Certificate of authenticity Basmati Rice for export to the European Union4
A-023Certificado de autenticidad carne de vacuno, Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1988—
A-030Certificado de autenticidad: " Certificate of authenticity for export to the European Union - Fragrant rice"—
C-001Certificación de equivalencia para la importación de lúpulo y productos del lúpulo, tal como se menciona en el Reglamento (UE) 2023/28344
C-006Export permit (Decisión del Consejo (UE) 2017/37 (DO L 11))—
C-008Documento expedido por la autoridad o el organismo competente del tercer país de origen, Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1988—
C-013Certificado IMA 1—
C-014Documento VІ-147
C-015Extracto VI-247
C-017Documento VІ-1 anotado de conformidad con el artículo 25, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/2732
C-018Extracto VI-2 anotado de conformidad con el artículo2 0, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/2732
C-026Certificado de inscripción en el libro genealógico que certifique la pureza de raza—
C-027Certificado de ascendencia—
C-039Documento estadístico CICAA para pez espada15
C-040Documento estadístico para el patudo de la CICAA, la CAOI o la CIAT18
C-041Certificado CICAA de reexportación de atún rojo (BFTRC) [Reglamento (EU) 2023/2833]17
C-042Certificado de reexportatión CICAA-pez espada15
C-043Certificado de reexportación para el patudo de la CICAA, la CAOI o la CIAT18
C-045Declaración de conformidad que incluye la prueba de las disposiciones obligatorias para la devolución de los recipientes para su rellenado [artículo 11, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/573]49
C-046Nota de pesaje de los plátanos2
C-047Documento CICAA de captura de atún rojo (BCD)17
C-050Certificado conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) n. 1308/2013 (DO L 347)—
C-056Certificado para pieles de determinadas especies animales salvajes y para mercancías que contienen esas pieles sujetas al Reglamento (CEE) nº 3254/91 del Consejo.—
C-057Copia de la declaración de conformidad - Opción A, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, y en el anexo del Reglamento (UE) 2025/2155401
C-058Declaración de conformidad con los criterios para determinar cuándo determinados tipos de chatarra dejan de ser residuos, a que se refiere el artículo 5, apartado 1 del Reglamento (UE) N° 333/2011 del Consejo12
C-060Declaración que debe presentarse con cada envío de artículos de cocina que entren en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) nº 284/2011, originarios o procedentes de la República Popular China o la Región Administrativa Especial de Hong-Kong, China.1
C-064Licencia de exportación e importación de productos que pueden usarse para infligir torturas [Reglamento (UE) 2019/125]69
C-065Permiso para las especies exóticas invasoras con arreglo al artículo 8 del Reglamento (UE) nº 1143/201423
C-067Autorización de importación de bienes y tecnologías restringidos [Reglamento (UE) n.º 267/2012 del Consejo]619
C-071Formulario relativo a la concesión o denegación de un consentimiento por escrito, con arreglo al artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el mercurio, para la importación de mercurio o de mezclas de mercurio contempladas en el Anexo I de ese Reglamento8
C-072Certificado de matrícula de la aeronave, de conformidad con las disposiciones del Convenio sobre Aviación Civil Internacional de 7 de diciembre de 1944—
C-073Autorización REACH de conformidad con el capítulo VII del Reglamento (CE) n.º 1907/200633
C-074Certificado zootécnico (Reglamento (UE) 2016/1012, Articulo 37)—
C-075Documento que indique que los animales reproductores de raza pura deben ser inscritos en un libro genealógico llevado por una sociedad de criadores de razas puras o registrados en un registro genealógico llevado por una sociedad de criadores de porcinos híbridos (Reglamento (EU) 2016/12, Articulo 37)—
C-078Documento de identificación para équidos (Reglamento (UE) 2016/1012, Articulo 32)—
C-079Copia de la declaración de conformidad - Opción B, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, y en el anexo del Reglamento (UE) 2025/2155401
C-080Documento Simplificado VІ-137
C-081Documento Simplificado VІ-1 Autocertificación37
C-082Copia de la declaración de conformidad - Opción C, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, y en el anexo del Reglamento (UE) 2025/2155401
C-083Autocertificación para el vino producido en el Reino Unido e importado del Reino Unido a la Unión Europea (Acuerdo de Comercio y Cooperación – apéndice 15-C)37
C-084Exención en virtud de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Reglamento 2019/2122 (animales destinados a fines científicos, muestras para diagnóstico e investigación, y muestras destinadas al análisis de los productos y a ensayos de calidad)1502
C-085Documento Sanitario Común de Entrada para vegetales y productos vegetales (DSCE-PP) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección C, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]169
C-091Extracto de la certificación de equivalencia para la importación de lúpulo y productos del lúpulo, tal como se menciona en el Reglamento (UE) 2023/28344
C-092Declaración de transferencia de la CICAA17
C-093Certificado de admisibilidad para los contingentes arancelarios con los números de orden 09.7901, 09.7898, 09.7899, 09.7902, 09.7896 y 09.7897—
C-094Certificado de admisibilidad para el contingente arancelario con el número de orden 09.4456—
C-095Certificado de admisibilidad para los contingentes arancelarios con los números de orden 09.4518, 09.4519 y 09.4520—
C-098Certificado de admisibilidad para el contingente arancelario con el número de orden 09.7903—
C-101Certificado, basado en una declaración de existencias presentada, expedido por la autoridad especificada en el anexo XXXVIIIB del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo20
C-102Certificado IMA 1 para los contingentes arancelarios con los números de orden 09.4521 y 09.4522—
C-103Certificado IMA 1 para el contingente arancelario con el número de orden 09.4516—
C-104Certificado IMA 1 para los contingentes arancelarios con los números de orden 09.4523, 09.4524 y 09.4525—
C-119Certificado de aptitud para el servicio — formulario EASA 1 (apéndice I del anexo I del Reglamento (UE) n.º 748/2012), o certificado equivalente2452
C-121Certificado que certifica que los diamantes no se extraen, procesan ni producen en Rusia (artículo 3 septdecies, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo)3
C-126Autorización previa [artículo 5 del Reglamento (UE) 2026/261 del Parlamento Europeo y del Consejo]2
C-127Identificador del producto comercial8783
C-128Identificador de producto no normalizado del fabricante8783
C-129Identificador de producto normalizado del fabricante8783
C-130Certificado de Autorización de Cupos Mercosur—
C-131Certificado de ensayo de fábrica302
C-132Factura con información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada302
C-133Albarán de entrega con información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada302
C-134Certificado de calidad o cláusulas de órdenes de compra o contratos ejecutados que contengan información sobre el «fusión y colada» y el número de colada302
C-135Declaración a largo plazo del proveedor que contenga información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada302
C-136Documentos de contabilidad de costes o de producción que contengan información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada302
C-137Documento aduanero del país exportador que contiene información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada302
C-138Correspondencia comercial que contiene información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada302
C-139Descripciones de la producción que contienen información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada302
C-400Presentación del certificado " CITES" requerida958
C-631Carta oficial por la que se valida el uso de materiales que no son de madera o reciclados para productos de papel, expedida por el Ministerio de Industria del país socio del acuerdo FLEGT de asociación voluntaria del que son originarios los productos de papel133
C-640Documento Sanitario Común de Entrada para animales (DSCE-A) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección A, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]157
C-641Dissostichus - Documento de captura, importación6
C-644Certificado de control por los productos ecológicos2513
C-652documentos que acompañan el transporte de productos vitivinícolas47
C-666Certificado expedido por el Federal Grain Inspection Service (FGIS)1
C-667Análisis de laboratorio1
C-668Certificado expedido por la industria estadounidense de la molienda líquida1
C-669Documento de notificación conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 5 y anexo IA1317
C-670Documento de movimiento conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 5 y anexo IAB1317
C-672Información que debe acompañar a los traslados de resididuos conforme al Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 18 y anexo VII1317
C-673Declaración del importador o certificado de reexportación, según lo previsto en el anexo II del Reglamento (CE) n.º 1005/2008 o en el anexo IV del Reglamento (CE) n.º 1010/2009444
C-676Autorización de importación/exportación expedida por las autoridades competentes de los estados miembros2
C-678Documento Sanitario Común de Entrada para piensos y alimentos de origen no animal (DSCE-D) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección D, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]363
C-679Certificado (productos derivados de la foca), emitido por un organismo reconocido de conformidad con el Reglamento (UE) no 737/2010 antes del 18 de octubre de 2015408
C-680Notificación escrita de importación y un documento que pruebe el lugar de adquisición de los productos (productos derivados de la foca)408
C-683Unión Europea - Certificado para la comercialización en el mercado de la Unión de productos derivados de la foca procedentes de actividades de caza de los Inuit u otras comunidades indígenas, de conformidad con el Artículo 3, Apartado 1, del Reglamento (CE) nº 1007/2009, sobre el comercio de productos derivados de la foca408
C-690Licencia de importación de madera FLEGT334
C-701Recipiente rellenable para sustancias que agotan la capa de ozono [artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/590], acompañado de una declaración de conformidad que incluya pruebas que confirmen la existencia de medidas vinculantes vigentes para la devolución de dichos recipientes a efectos de rellenado [artículo 15, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/590]45
C-809Autorización de importación/exportación en virtud del artículo 4, apartado 2 ter, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo2
C-990Autorización de destino final buques y plataformas (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)4549
D-008Factura con una declaración firmada—
D-017Factura comercial correspondiente a los compromisos y el certificado de compromiso para la exportación—
D-018Factura para las operaciones que no estén exentas de derechos antidumping/compensatorios—
D-019Autorización para beneficiarse de un régimen aduanero económico en razón de un destino particularen el contexto de una medida antidumping o compensatoria (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)—
D-023Factura comercial y certificado de fábrica conformes con el Reglamento (UE) 2024/1267—
D-024Factura comercial y certificado de fábrica conformes con el Reglamento (UE) 2024/1268—
D-025Las zapatas de acero ensambladas en la cadena de orugas cuando el precio neto franco en la frontera de la Unión, no despachado de aduana, de las zapatas de oruga de acero sea igual o superior al al 31% del precio neto franco en la frontera de la Unión, no despachado de aduana, de la cadena de orugas ensamblada [artículo 2, apartado 1, del Reglamento (UE) 2025/2081]—
D-027Zapatos de acero montados en la cadena de vías en los que el precio neto franco en la frontera de la Unión, no despachado de aduana, de los zapatos de acero es inferior al 31% del precio neto franco en frontera de la Unión, no despachado de aduana, de la cadena de orugas ensamblada [artículo 2, apartado 1, del Reglamento (UE) 2025/2081]—
D-028Zapatos de acero montados en la cadena de vías en los que el precio neto franco frontera de la Unión, no despachado de aduana, de los zapatos de acero montados en la cadena de orugas no figura en la declaración [artículo 2, apartado 1, del Reglamento (UE) 2025/2081].—
D-029Declaración de compromiso y factura comercial, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2026/330—
E-017Certificado de exportación expedido por las autoridades competentes de un tercero país—
K-020Contingente arancelario (número de orden 09.8250) solicitado y no agotado3
K-022Contingente arancelario (número de orden 09.8251) solicitado y no agotado5
K-025Contingente arancelario (número de orden 09.8258) solicitado y no agotado1
K-027Contingente arancelario (número de orden 09.8253) solicitado y no agotado9
K-028Contingente arancelario (número de orden 09.8255) solicitado y no agotado2
K-029Contingente arancelario (número de orden 09.8256) solicitado y no agotado18
K-030Contingente arancelario (número de orden 09.8260) solicitado y no agotado7
K-031Contingente arancelario (número de orden 09.8261) solicitado y no agotado2
K-032Contingente arancelario (número de orden 09.8262) solicitado y no agotado5
K-033Contingente arancelario (número de orden 09.8263) solicitado y no agotado2
K-520Contingente arancelario (número de orden 09.0520) solicitado y no agotado—
K-521Contingente arancelario (número de orden 09.0521) solicitado y no agotado—
K-522Contingente arancelario (número de orden 09.0522) solicitado y no agotado—
K-523Contingente arancelario (número de orden 09.0523) solicitado y no agotado—
K-524Contingente arancelario (número de orden 09.0524) solicitado y no agotado—
K-525Contingente arancelario (número de orden 09.0525) solicitado y no agotado—
K-526Contingente arancelario (número de orden 09.0526) solicitado y no agotado—
K-527Contingente arancelario (número de orden 09.0527) solicitado y no agotado—
L-001Certificado de importación AGRIM38
L-049Licencia de importación de bienes culturales expedida de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (UE) 2019/8801
L-050Declaración del importador de bienes culturales, expedida de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) 2019/88012
L-065Declaración del importador de bienes culturales, presentada en lugar de una licencia, para los bienes culturales a los que se ha aplicado el régimen de importación temporal [artículo 3, apartado 5, del Reglamento (UE) 2019/880]1
L-079Productos textiles: certificado de importación594
L-081Certificado de análisis (Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1988 de la Comisión)—
L-082Certificado de conformidad (Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1988 de la Comisión)—
L-100Licencia de importación " sustancias reguladas" (ozono), expedida por la Comisión449
L-116Certificado del Proceso de Kimberley3
L-129Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 sexies, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo259
L-135Αutorización de importación (precursores) expedirán par las autoridades competentes del Estado miembro en que esté establecido el importador33
L-137Autorización de importación en virtud del artículo 3 quaterdecies, apartado 5, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (Bulgaria)1
L-139Autorización de importación en virtud del artículo 3 octies, apartado 7, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo532
L-142Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo2976
L-143Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo3509
L-146Autorización de importación en virtud del artículo 3 septdecies, apartado 7, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo15
L-147Prueba del país de origen de los diamantes o productos que incorporan diamantes utilizados como insumos para la transformación del producto en un tercer país (artículo 3 septdecies, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo)20
L-148Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater sexies, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo10
L-149Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 5, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo28
L-150Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies ter, apartado 7, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo13
L-151Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies quater, apartado 5 quater, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo20
L-152Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo2651
L-153Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 11, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo69
L-156Autorización de importación en virtud del artículo 3 septies, apartado 3 e, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo20
L-159Autorización de importación en virtud del artículo 3 quaterdecies, apartado 11, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo48
L-838Autorización de importación en virtud del artículo 3 sexdecies, apartado 7, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo7
N-018Certificado ATR—
N-853Documento Sanitario Común de Entrada para productos (DSCE-P) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección B, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]1519
N-864Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial9896
N-954Certificado de circulación EUR.19896
N-990EUS - Autorización de utilización del régimen de destino final (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)420
U-004Certificado de origen para la importación de productos sujetos a regímenes especiales de importación no preferenciales en la Unión Europea expedido conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión1
U-005Certificado de denominación de origen expedido por las autoridades competentes—
U-059Declaración de origen incluyendo la siguiente declaración en Inglés: " Derogation - Annex II(a) of Protocol concerning the definition of ‘originating products’ and methods of administrative cooperation"—
U-062Referencia al Anexo 5-A de la Decisión del Consejo (UE) 2017/37 (DO L 11)—
U-067Certificado de circulación EUR.1 con la mención " Derogation — Decision No 1/2022 of the ESA-EU Customs Cooperation Committee of 19 October 2022" o " Dérogation — Décision no 1/2022 du comité de coopération douanière AfOA-UE du 19 octobre 2022"—
U-068Prueba de origen incluyendo la siguiente declaración en Inglés: " Product originating in accordance with Appendix 2A of Annex II"—
U-069Prueba de origen incluyendo la siguiente declaración en Inglés: " Product originating in accordance with Appendix 5 of Annex II"—
U-071Prueba de origen incluyendo la siguiente declaración:"" Producto originario de conformidad con el apéndice 2A del anexo II (Relativo a la definición del concepto de " productos originarios" y métodos de cooperación administrativa)"" (DO L 346/2012, 15.12.2012)—
U-074Certificado de origen para importar productos agrícolas en la Unión Europea, utilizado en el marco de contingentes arancelarios de conformidad con el artículo 13 del Reglamento (UE) 2020/1988—
U-084Certificado de origen para la importación de productos sujetos a regímenes especiales de importación no preferenciales en la Unión Europea expedido conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión y con el artículo 15 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761—
U-088Declaración de origen en la que conste el origen de la UE, de acuerdo con las normas de origen del Acuerdo Económico y Comercial Global (CETA) entre la Unión Europea y Canadá—
U-090Certificado de circulación de mercancías EUR. 1 - certificado de circulación de mercancías EUR-MED (a condición de que, en la casilla 7, se marque con una cruz la observación «no cumulation applied»), en el que conste que el origen de las mercancías es la Comunidad Europea, en el contexto del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza—
U-091Declaración en factura - declaración en factura EUR-MED (a condición de que la declaración lleve la observación «no cumulation applied»), en la que conste que el origen de las mercancías es la Comunidad Europea, en el contexto del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza—
U-099Certificado de circulación EUR.1 con la mención " Derogation-Regulation (EU) 2017/882"—
U-119Declaración de origen (‘Derogation – Commission Implementing Regulation (EU) 2026/507’)—
U-120Declaración de origen (artículo 3.16(2)(a) y artículo 3.18(4)(a) del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y Nueva Zelanda)—
U-121Declaración de origen para múltiples envíos de productos idénticos (artículo 3.16(2)(a) y artículo 3.18(4)(b) del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y Nueva Zelanda)—
U-126Declaración de origen (artículo 3.16 del Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur)—
U-177Prueba de origen incluyendo la siguiente declaración en Inglés:" Derogation — Annex B(a) of Protocol Concerning the definition of the concept of ‘originating products’ and methods of administrative cooperation of the EU-Singapore FTA".—
U-178Prueba de origen incluyendo la siguiente declaración en Inglés:" Origin quotas – Product originating in accordance with Annex ORIG-2A".—
U-190Prueba de origen establecida de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (UE) 2026/1455—
Y-001Obtenido integramente en Libano y transportado directamente de ese país a la Comunidad.—
Y-003Obtenido integramente en Túnez y transportado directamente de ese país a la Comunidad.—
Y-006Sello (Al comienzo/final de cada pieza) y directamente trasportadi—
Y-007Precinto (sobre cada pieza) y directamente trasportadi—
Y-008Transportado directamente de la Turquía a la Unión Europea—
Y-015Diamantes en bruto transportados en contenedores inviolables y los sellos aplicados en la exportación por el participante (Kimberley process) estén intactos3
Y-017Obtenido integramente en Jordania y transportado directamente de ese país a la Comunidad—
Y-019Solicitud de trato preferencial para Islandia—
Y-020Solicitud de trato preferencial para Noruega—
Y-021Solicitud de trato preferencial para el EEE—
Y-032Otros productos distintos a los productos derivados de la foca mencionados en el Reglamento (UE) 2015/1850, DO L 271402
Y-033Excepción a la prohibición de importación en virtud del artículo 4, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1509 del Consejo11
Y-036Las mercancías declaradas están exentas de la presentación de la licencia correspondiente, en virtud del artículo 3 (1) los puntos a, b, d y e, y (2) del Reglamento de la Comisión Delegada (UE) 2016/1237 (DO L 206)38
Y-038Excepción a la prohibición de importación en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (UE) 2017/1509 del Consejo26
Y-043Reimportación de productos textiles tras una operación de perfeccionamiento passivo, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 32/2000 - ANEXO II—
Y-046Mercancías que no entran en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) nº 284/20111
Y-054Mercancías etiquetadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/573677
Y-057Mercancías que no requieren la presentación de una licencia FLEGT de importación de madera334
Y-058Exención en virtud del artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2019/2122 de la Comisión (Mercancías que forman parte del equipaje personal de los pasajeros y están destinadas a su consumo o uso personal) o del artículo 10 (pequeños envíos de bienes enviados a personas físicas que no están destinados a ser comercializados) del Reglamento Delegado 2019/2122 de la Comisión1463
Y-062Productos que no contengan arroz, no estén compuestos de arroz ni estén producidos a partir de arroz (Decisión de Ejecución de la Comisión 2011/884/UE)17
Y-063Productos que no procedan de China65
Y-069Mercancías no expedidas desde Irán619
Y-070Exención del requisito de presentación de una licencia FLEGT en virtud del artículo 4, apartado 3, del Reglamento del Consejo (CE) n.º 2173/2005150
Y-071Los productos declarados no se exportan directa ni indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia—
Y-072Bienes con origen UE de regreso de Andorra, de conformidad con la legislación comunitaria pertinente—
Y-073Bienes con origen UE de regreso de Suiza, de conformidad con la legislación comunitaria pertinente—
Y-074Bienes con origen UE de regreso de las Islas Faroe, de conformidad con la legislación comunitaria pertinente—
Y-075Bienes con origen UE de regreso de Groenlandia, de conformidad con la legislación comunitaria pertinente—
Y-076Bienes con origen UE de regreso de Islandia, de conformidad con la legislación comunitaria pertinente—
Y-077Bienes con origen UE de regreso de Lichtenstein, de conformidad con la legislación comunitaria pertinente—
Y-078Bienes con origen UE de regreso de Noruega, de conformidad con la legislación comunitaria pertinente—
Y-079Bienes con origen UE de regreso de San Marino, de conformidad con la legislación comunitaria pertinente—
Y-081No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado8783
Y-084Excepción a la prohibición de importación en virtud del artículo 16 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1509 del Consejo1144
Y-085Goods imported in framework of " medidas comerciales autónomas"2
Y-086Solicitud de trato preferencial para Albania—
Y-087Solicitud de trato preferencial para Bosnia y Herzegovina—
Y-088Solicitud de trato preferencial para Montenegro—
Y-089Solicitud de trato preferencial para la Macedonia del Norte—
Y-090Solicitud de trato preferencial para Territorio aduanero de Kosovo—
Y-091Solicitud de trato preferencial para Serbia—
Y-100Mención especial al certificado de importación AGRIM—
Y-104Mercancías importadas de países exentos de autorización previa, tal como se establece en la Decisión de Ejecución (UE) 2026/335 de la Comisión2
Y-105Exención genérica de autorización de REACH [artículo 56 del Reglamento (CE) n.º 1907/2006]33
Y-106Cumplimiento de las restricciones de REACH definidas en la columna 2 del anexo XVII del Reglamento n.º 1907/2006700
Y-109Exención específica de autorización de REACH [categorías de uso exentas enumeradas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.º 1907/2006]33
Y-110Exención de las restricciones de REACH en virtud del artículo 67, apartados 1 y 2, del Reglamento n.º 1907/2006700
Y-111Cumplimiento de las exenciones a la prohibición, tal como se definen en el anexo I del Reglamento (UE) 2019/102135
Y-112Exención de la restricción en virtud del artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2019/102149
Y-113Sustancia/mezcla no sujeto a las disposiciones del Reglamento (UE) n º 1907/2006 (Anexo XVII)675
Y-115Exención del requisito de autorización definido en el título VII, en virtud del artículo 2, apartados 5 y 8, del Reglamento (CE) n.º 1907/2006 (REACH)33
Y-116Exención de lo dispuesto en el artículo 254 del Reglamento (UE) n.º 952/2013 en virtud del Reglamento anual de la nomenclatura combinada: PRIMERA PARTE - DISPOSICIONES PRELIMINARES - Título I - Reglas generales - C. Reglas generales comunes a la nomenclatura y a los derechos: 4. Tratamiento arancelario favorable que puede aplicarse a determinadas mercancías por motivo de su destino especial—
Y-120Empresas que importen menos de 10 toneladas equivalentes de CO₂ de hidrofluorocarburos al año contenidas en productos o aparatos exentos de lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento (UE) 2024/573 [artículo 19, apartado 6, del Reglamento (UE) 2024/573]402
Y-121Toneladas equivalentes de CO₂ de los gases a granel y de los gases contenidos en los productos o aparatos, y en sus partes683
Y-122Mercancías originarias de Rusia, de una región en la que no se solicita el DSCE-PP [parte A, anexo XI, del Reglamento (UE) 2019/2072]31
Y-123Empresa registrada en el portal de gases fluorados de conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) 2024/573708
Y-125Importación sujeta a lo dispuesto en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/57314 relativo a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos comercializados en la UE19
Y-126Goods sold in distance sales9483
Y-127Mercancías no expedidas desde Turquía9
Y-128número de cuenta MAFC572
Y-134Mercancías originarias de Büsingen, la isla de Helgoland o Livigno [artículo 2, apartado 4, del Reglamento (UE) 2023/956]572
Y-135Mercancías que vayan a circular o utilizarse en el contexto de actividades militares - Exención en virtud del artículo 2, apartado 3, del Reglamento (UE) 2023/956572
Y-136Exención en virtud del artículo 2, apartado 3 bis, del Reglamento (UE) 2023/9562
Y-137Exención de minimis - Exención en virtud del artículo 2 bis, del Reglamento (UE) 2023/956570
Y-138Exención de la presentación de los documentos necesarios para la importación de bienes culturales, tal y como se definen en el artículo 3.4.b) y c) del Reglamento (UE) 2019/880 (conservación e importación temporal)12
Y-146Exención de los productos destinados a fines científicos de conformidad con el artículo 48, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/2031169
Y-151Bienes con origen en la UE procedentes de regiones ultraperiféricas, de conformidad con la legislación pertinente de la UE—
Y-152Exención de la prohibición de importación concedida para su reparación o revisión, de conformidad con el artículo 11, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2024/573533
Y-154Exención de la prohibición de importación de recipientes no rellenables o sin carga de rellenado para gases fluorados de efecto invernadero vacíos o llenos total o parcialmente, para usos de laboratorio o análisis, de conformidad con el artículo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/57349
Y-155Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia1999
Y-160Mercancías distintas de las sujetas a las disposiciones pertinentes del Reglamento (UE) 2024/573704
Y-162Exención de la presentación de licencia válida a las autoridades aduaneras para la importación o exportación de productos y aparatos que sean efectos personales [artículo 22, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2024/573]31
Y-163Masa neta de los gases fluorados de efecto invernadero cargados en productos y aparatos652
Y-165Indicaciones especiales de la comunicación sobre el origen extendida por el exportador—
Y-166Etiquetado de los inhaladores dosificadores con arreglo a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento (UE) 2024/573, presentado a la aprobación especial de la Agencia Europea de Medicamentos o de las autoridades nacionales — Véase la nota a pie de página CD8077
Y-167Excepción a la prohibición de importación de conformidad con el artículo 11, apartados del Reglamento (UE) 2024/573 (mercancías descritas en la nota a pie de página correspondiente del TM)18
Y-169Productos y aparatos, incluidas las piezas, que contengan gases fluorados o cuyo funcionamiento dependa de gases fluorados no sujetos a una prohibición impuesta por el artículo 11.1. (excluidas las exenciones militares y de reparación) y el anexo IV [Reglamento (UE) 2024/573]638
Y-170Mercancías de origen de terceros países procedentes de Andorra, de conformidad con la legislación pertinente de la UE1572
Y-171Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE1741
Y-172Mercancías de origen de terceros países procedentes de las Islas Feroe, de conformidad con la legislación pertinente de la UE712
Y-173Mercancías de origen de terceros países procedentes de Groenlandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE709
Y-174Mercancías de origen de terceros países procedentes de Islandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE1507
Y-175Mercancías de origen de terceros países procedentes de Liechtenstein, de conformidad con la legislación pertinente de la UE1572
Y-176Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE1755
Y-177Mercancías de origen de terceros países procedentes de San Marino, de conformidad con la legislación pertinente de la UE1572
Y-178Amalgama dental utilizada para necesidades médicas específicas1
Y-179Productos o aparatos precargados con gases fluorados de efecto invernadero a los que no se aplica el artículo 19 del Reglamento (CE) n.º 2024/573 (por ejemplo, porque no contienen HFC)389
Y-182Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 3(a), del Reglamento (UE) n.º 2016/44487
Y-185Bienes declarados en uno de los regímenes aduaneros a que se refiere el artículo 2, apartado 3, letra b), del Reglamento (UE) 2019/880 antes del 28 de junio de 2025 y exentas de la presentación de una licencia de importación o una declaración del importador12
Y-186Exención de la presentación de una licencia de importación o una declaración del importador de bienes culturales, de conformidad con el artículo 3, apartado 4, letra a), del Reglamento (UE) 2019/880 (bienes de retorno)12
Y-195Importador de electricidad considerado declarante autorizado a efectos del MAFC [artículo 5, apartado 4, del Reglamento (UE) 2023/956]1
Y-199Productos no cubiertos por el Reglamento (UE) 2019/880 relativo a la importación de bienes culturales9
Y-235Bienes culturales que hayan salido del territorio del país en el que se crearon o descubrieron en el pleno respeto de la ley, de conformidad con el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/88018
Y-237Mercancías originarias de la UE572
Y-238La solicitud para obtener la condición de declarante autorizado a efectos del MAFC fue presentada a más tardar el 31 de marzo de 2026572
Y-239Mercancías exentas de prohibición en virtud del artículo 12 del Reglamento (UE) n.º 267/201267
Y-240Mercancías exentas de prohibición en virtud del artículo 14 del Reglamento (UE) n.º 267/201276
Y-241Mercancías no cubiertas por las disposiciones del Reglamento (UE) n.º 267/20121
Y-242Mercancías exentas de prohibición en virtud del artículo 14, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 267/201213
Y-250Mercancías exentas de prohibición en virtud del artículo 6, letras a), b) y c) (anexo I - II del Reglamento (CE) no 267/2012)41
Y-251Excepciones a la prohibición en virtud del artículo 6. d) y e) [anexo I - II del Reglamento (CE) no 267/2012]41
Y-257Mercancías importadas de cualquier entidad o persona no enumerada en el artículo 15, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 267/201228
Y-320Solicitud de trato preferencial para GSP—
Y-321Solicitud de trato preferencial para otros países—
Y-376País de «fusión y colada» del acero importado: China302
Y-377País de «fusión y colada» del acero importado: India302
Y-378País de «fusión y colada» del acero importado: Indonesia302
Y-379País de «fusión y colada» del acero importado: Vietnamita302
Y-380País de «fusión y colada» del acero importado: Malasia302
Y-381País de «fusión y colada» del acero importado: Argelia302
Y-382País de «fusión y colada» del acero importado: Japón302
Y-383País de «fusión y colada» del acero importado: Corea del Sur302
Y-384País de «fusión y colada» del acero importado: Turquía302
Y-385País de «fusión y colada» del acero importado: Irán302
Y-386País de «fusión y colada» del acero importado: UE302
Y-387País de «fusión y colada» del acero importado: otros países302
Y-388País de «fusión y colada» del acero importado: orígenes múltiples302
Y-500Mercancías que ya se encontraban en camino hacia la Unión el 18/11/2025 y cuyo destino no puede modificarse—
Y-501Productos sin chapas ni núcleos de acero—
Y-681No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 ter octies).152
Y-682No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 ter septies).1
Y-683No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 decies).356
Y-685No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 3 decies, apartado 3 ter sexies).14
Y-687No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 3 novodecies bis, apartado.2)1
Y-692No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 4, apartado 2)457
Y-693Productos petrolíferos importados de terceros países que fueron exportadores netos de petróleo crudo en el año civil anterior, considerados obtenidos de petróleo crudo nacional y no de petróleo crudo originario de Rusia46
Y-694El producto se importa de un país socio para la importación de los productos petrolíferos enumerados en el anexo LI del Reglamento (UE) n.o 833/201446
Y-695Pruebas del país de origen del petróleo crudo utilizado para el refinado del producto en un tercer país46
Y-698Mercancías exportadas desde Rusia antes del 22 de julio de 2022 [artículo 3 sexdecies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 833/2014]7
Y-699Productos que se encontraban físicamente en un estado transformado o fabricado en un tercer país antes de la fecha de aplicabilidad de la prohibición correspondiente (artículo 3 septdecies, apartado 12, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo)17
Y-704No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 septdecies, apartado 1 - 4, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 septdecies, apartado 6)15
Y-705Diamantes con un peso inferior a 0.5 quilates o 0.1 gramos20
Y-709Prueba de la fecha de importación inicial en la Unión Europea20
Y-710Prueba de la fecha de importación inicial en el tercer país3
Y-711Prueba de la fecha final de transformación o fabricación en el tercer país17
Y-712No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 septdecies, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 septdecies, apartado 13)15
Y-715Mercancías exportadas de Ucrania antes del 1 de marzo de 201419
Y-727No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 3).2651
Y-728No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 4).2651
Y-729No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 6).28
Y-731No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 8).28
Y-732No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies ter, apartado 1-2-3, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies ter, apartado 5).13
Y-733No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies ter, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies ter, apartado 6).6
Y-734No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies quater, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies quater, apartado 4).20
Y-738Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies ter, apartado 1-2, del Reglamento (UE) n.º 765/20061
Y-739Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 1rb, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 765/20066
Y-740Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies quater, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/200615
Y-747Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/200643
Y-749No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 10, apartado 7, del Reglamento (UE) 2017/852 (véanse las exenciones en el artículo 10, apartado 2 bis).1
Y-750Las mercancías declaradas no están sujetas al Reglamento (CE) no 267/2012 del Consejo, Anexo II623
Y-757No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1bis bis.1 del Reglamento (EC) 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1bis bis.2a)480
Y-758No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 bis bis del Reglamento (CE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 1 bis bis, apartado 2b)480
Y-759Bienes distintos de los descritos en la Lista Común Militar de la Unión Europea458
Y-764No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 1 novodecies bis, apartado.9septies)108
Y-770No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 1 novodecies bis, apartado.9 sexies).97
Y-771No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 bis, punto 1, del Reglamento (CE) n.o 2023/2147 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 bis, punto 3).7
Y-784Recipientes distintos de los sujetos a las prohibiciones de importación o exportación definidas el Reglamento (UE) 2024/59021
Y-786Exención de la prohibición de usar sustancias que agotan la capa de ozono como materias primas [artículo 6 y artículo 13, apartado 1, letra a) (importación), y artículo 14, apartado 1, letra b) (exportación) del Reglamento (UE) 2024/590]24
Y-787Exención de la prohibición de usar sustancias que agotan la capa de ozono como agentes de transformación [artículo 7 y artículo 13, apartado 1, letra b) (importación), y artículo 14, apartado 1, letra c) (exportación) del Reglamento (UE) 2024/590]24
Y-788Exención de la prohibición de usar halones recuperados, reciclados o regenerados para usos críticos [véanse el artículo 9 y el artículo 13, apartado 1, letra g) (importación), y el artículo 14, apartado 1, letra e) (exportación) del Reglamento (UE) 2024/590], con la presentación del certificado exigido [artículo 17, apartado 7, del Reglamento (UE) 2024/590]4
Y-789Exención de la prohibición de productos y aparatos que contengan halones o cuyo funcionamiento dependa de ellos [véanse el artículo 13, apartado 1, letra h) (importación), y el artículo 14, apartado 1, letra f) (exportación, del Reglamento (UE) 2024/590]425
Y-790Exención de la prohibición de sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a la destrucción o a la regeneración [véanse el artículo 12 y el artículo 13, apartado 1, letras d) y e) (importación), del Reglamento (UE) 2024/590], y de productos y aparatos [véanse el artículo 12 y el artículo 13, apartado 1, letra i) (importación)]449
Y-791Exención de la prohibición de sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a ser usadas para los usos esenciales de laboratorio y análisis [véanse el artículo 8 y el artículo 13, apartado 1, letra c) (importación), y el artículo 14, apartado 1, letra a) (exportación, del Reglamento (UE) 2024/590], y de productos y aparatos [véanse el artículo 11, apartado 1, y el artículo 13, apartado 1, letra j) (importación), y el art. 14, apdo. 1, letra g) (exportación), del Reglamento (UE) 2024/590]449
Y-792Sustancias, productos y aparatos distintos de los incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2024/590427
Y-793Productos y aparatos que contengan sustancias que agotan la capa de ozono o cuyo funcionamiento dependa de ellas, importados o exportados como efectos personales [Artículo 5, apartado 2, del Reglamento (UE) 2024/590]54
Y-795Mercancías importadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/590, relativo a la producción de trifluorometano como subproducto24
Y-796Recipientes etiquetados conforme al artículo 15, apartado 5, del Reglamento (UE) 2024/590 que contengan sustancias que agotan la capa de ozono para los usos a que se refieren los artículos 6, 7, 8 y 12 del Reglamento (UE) 2024/59024
Y-797Número de identificación del registro en el sistema de licencias establecido en el artículo 17, apartado 3, letra a), del Reglamento (UE) 2024/590449
Y-798Declaración de la masa neta de las sustancias que agotan la capa de ozono, cuando estén incluidas en productos y aparatos425
Y-799Masa neta de las sustancias que agotan la capa de ozono multiplicada por el PAO de estas, también cuando estén incluidas en productos y aparatos449
Y-824Prueba del país de origen de los insumos siderúrgicos utilizados para la transformación del producto en un tercer país532
Y-835Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/20144
Y-840No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 undecies, apartado.1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 3 undecies, apartado.3)1
Y-841No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 quaterdecies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo [véanse las exenciones en los artículos 3 quaterdecies apartado 3, letra d), y 3 quaterdecies apartado 4]48
Y-842No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 quaterdecies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo [véanse las exenciones en el artículo 3 quaterdecies apartado 9]47
Y-843No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 sexdecies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo [véanse las exenciones en el artículo 3 sexdecies apartado .5,6,7]13
Y-845Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 3 sexdecies del Reglamento (UE) n.º 833/201412
Y-854Las mercancías declaradas no se ven afectadas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1158 de la Comisión.149
Y-855Exención de las restricciones a la importación en virtud del artículo 1, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1158 de la Comisión (accidente de Chernóbil).149
Y-859Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]3564
Y-864La prueba de origen indica que la producción que confiere el carácter originario no se ha producido en un lugar situado en los territorios sometidos a la administración israelí desde junio de 1967.—
Y-870Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]2773
Y-872Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 3 septdecies apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/201415
Y-873Mercancías no transitadas por el territorio de Rusia20
Y-874No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).2977
Y-875No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis ter).28
Y-877No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis quater).28
Y-878El producto se importa de un país socio para la importación de hierro y acero que figura en el anexo XXXVI del Reglamento (UE) n.º 833/2014532
Y-879Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 3 ter vicies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/201419
Y-889Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 3 quaterdecies bis del Reglamento (UE) n.º 833/201446
Y-897Mercancías que no contienen oro originarias de Rusia enumeradas en el anexo XXVI del Reglamento (UE) n.o 833/20147
Y-900Los bienes declarados no están comprendidos en la Convención de Washington (CITES)927
Y-904Productos distintos de los descritos en las notas a pie de página «TR» asociadas a la medida69
Y-910Patudo capturado por cerqueros con jareta y embarcaciones de cebo vivo y destinado principalmente a su transformación posterior en las conserveras de atún18
Y-920Mercancías distintas a las descritas en las notas a pie de página asociadas a la medida.1698
Y-921Productos exentos de prohibición99
Y-922Excepto las pieles de perro y de gato mencionadas en el Reglamento (CE) nº 1523/2007 (DO L 343).444
Y-923Producto no sujeto a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/11571317
Y-924Productos no afectados por el Reglamento (UE) 2017/852115
Y-927A las mercancías declaradas no se les aplica el Reglamento (CE) nº 1005/2008 del Consejo454
Y-929Productos no afectados por el Reglamento (UE) n.º 2018/848 (productos ecológicos)2513
Y-930Los productos declarados no están referidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632 de la Comisión453
Y-931Productos que se benefician de una excepción a los controles veterinarios de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento Delegado (Ue) 2021/630 de la Comisión200
Y-937A las mercancías declaradas no se les aplica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1793 de la Comisión83
Y-942A las mercancías declaradas no se les aplica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141 de la Comisión23
Y-944Bienes distintos de los descritos en el anexo VI (Productos petrolíferos) del Reglamento (UE) 2017/150918
Y-945Bienes sin carácter comercial, para uso personal de los viajeros, contenidos en sus equipajes (artículo 10, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1509)1399
Y-946Bienes que sean necesarios a fines oficiales de las misiones diplomáticas o consulares de los Estados miembros en la RPDC o de organizaciones internacionales que gocen de inmunidades con arreglo al Derecho internacional, o a los efectos personales de su personal (artículo 10, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1509)1399
Y-948Bienes distintos de los descritos en el anexo VIII (Bienes de lujo) del Reglamento (UE) 2017/1509961
Y-949Mercancías distintas de las descritas en las notas a pie de página vinculadas a la medida (R267/2012)644
Y-951Excepción a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letras a), b), d) y e), del Reglamento (UE) 2024/57319
Y-955Mercancías distintas de las sujetas a las prohibiciones de importación establecidas en el artículo 4, apartado 6, del Reglamento (UE) 2024/57331
Y-957Bienes distintos de los descritos en las notas a pie de página «MG» que acompañan la medida (anexo II, parte V, del Reglamento (UE) 2017/1509)340
Y-958Bienes distintos de los descritos en el anexo IV (Oro, titanio, mineral de vanadio y minerales de tierras raras) del Reglamento (UE) 2017/150910
Y-959Bienes distintos de los descritos en el anexo V (Carbón, hierro y mineral de hierro) del Reglamento (UE) 2017/1509162
Y-960Bienes distintos de los descritos en el anexo VII (Cobre, níquel, plata y cinc) del Reglamento (UE) 2017/15098
Y-961Bienes distintos de los descritos en el anexo IX (Oro, metales preciosos y diamantes) del Reglamento (UE) 2017/15094
Y-962Artículos distintos de los descritos en el anexo X (Estatuas) del Reglamento (UE) 2017/150926
Y-963Bienes distintos de los descritos en las notas a pie de página «MG» que acompañan la medida (anexo II, parte IV, del Reglamento (UE) 2017/1509)276
Y-964Artículos distintos de los descritos en el anexo XIa (Productos pesqueros) del Reglamento (UE) 2017/15094
Y-965Artículos distintos de los descritos en el anexo XI ter (Plomo y mineral de plomo) del Reglamento (UE) 2017/15091
Y-966Bienes distintos de los descritos en las notas a pie de página «MG» que acompañan la medida (anexo III del Reglamento (UE) 267/2012)603
Y-969Productos con mercurio añadido esenciales para usos militares y protección civil; o destinados a la investigación, a la calibración de instrumentos o a ser utilizados como patrón de referencia [artículo 5, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/852]106
Y-970Bienes distintos de los descritos en las notas a pie de página «MG» que acompañan la medida (anexo II, parte VI, del Reglamento (UE) 2017/1509)278
Y-971Bienes distintos de los descritos en las notas a pie de página «MG» que acompañan la medida (anexo II, parte VIII, del Reglamento (UE) 2017/1509)410
Y-972Exenciones de la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) 2024/57319
Y-978Exención en virtud del artículo 1, apartado 3 del Reglamento (UE) 2019/1793221
Y-979Exención de los controles oficiales en el caso de los vegetales, distintos de los vegetales para plantación, productos vegetales y otros objetos que formen parte del equipaje personal de los pasajeros y se destinen a su consumo o utilización personal [Reglamento (UE) 2019/2122, artículo 7 quinquies]125
Y-980Productos que se benefician de una excepción a los controles veterinarios de acuerdo con el artículo 4 del REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2019/2126 DE LA COMISIÓN174
Y-984Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia9896
Y-986Excepción a la prohibición de importación de conformidad con el artículo 11, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2024/573533
Y-997Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]9896
Y-999Prueba de que los productos ya están en camino a la Unión en la fecha de entrada en vigor del Reglamento 2025/1206, siempre que no pueda cambiarse el destino de dichos productos—