Aranceles e IVA a la importación en la UE en 2026: cálculo
Cómo calcula la UE los derechos de aduana y el IVA a la importación de mercancías procedentes de fuera de la Unión, incluidos los cambios en los envíos de escaso valor que empezaron el 1 de julio de 2026.
Comprobado el 22 de octubre de 2026 · 10 min de lectura
Los tres datos que necesita
Todo cálculo de importación en la UE se basa en tres datos: el código TARIC de la mercancía, el valor en aduana y el origen. El código da el tipo del derecho y las medidas, el valor da la base imponible y el origen decide si se aplica un tipo preferencial o una medida de defensa comercial.
El derecho de aduana es el mismo en todos los Estados miembros, porque la UE es una unión aduanera con un único arancel aduanero común. El IVA a la importación es nacional: se aplica al tipo del Estado miembro en el que las mercancías se despachan a libre práctica (o, en algunos casos, al que se expiden).
Valor en aduana
El método principal es el valor de transacción: el precio efectivamente pagado o por pagar por las mercancías cuando se venden para su exportación a la UE (artículos 69 a 76 del código aduanero de la Unión).
La UE valora las mercancías en condiciones CIF en el lugar de entrada en el territorio aduanero. Se suman los gastos de transporte y seguro hasta la frontera de la UE; los gastos posteriores a la entrada no forman parte del valor en aduana si figuran por separado.
- Sumar si no están incluidos en el precio: transporte y seguro hasta la frontera de la UE, comisiones de venta, embalaje, herramientas o moldes suministrados por el comprador (prestaciones), cánones y derechos de licencia que sean condición de venta.
- Restar si figuran por separado: transporte tras la llegada a la UE, comisiones de compra, derechos e impuestos de la UE, intereses de un acuerdo de financiación.
- La conversión de divisas utiliza el tipo de cambio publicado por el Estado miembro para el mes correspondiente.
Cómo influyen los Incoterms en el cálculo
Los Incoterms deciden quién paga cada tramo, no la regla del valor en aduana. Con EXW o FOB hay que sumar el flete y el seguro hasta la frontera de la UE. Con CIF o CIP a un puerto de la UE, el tramo principal ya está incluido. Con DAP o DDP a una dirección del interior, el precio incluye el transporte dentro de la UE, que puede restarse si figura por separado en la factura. DDP implica además que el vendedor paga los derechos, pero la declaración y los datos deben seguir siendo correctos.
Tipos de derechos de aduana
El TARIC muestra el derecho de terceros países (NMF) de cada código. Puede adoptar tres formas:
- Ad valorem: un porcentaje del valor en aduana, por ejemplo el 12 % para las camisetas de algodón del código NC 6109 10 00.
- Específico: un importe por unidad, como euros por 100 kg o por litro, habitual en productos agrícolas.
- Compuesto o mixto: un tipo ad valorem más un importe específico, a veces con un mínimo o un máximo, y elementos agrícolas para los alimentos transformados (tabla Meursing).
Medidas adicionales al derecho
El TARIC también muestra derechos antidumping, compensatorios y de salvaguardia, contingentes arancelarios, suspensiones, prohibiciones y licencias. Desde el 1 de julio de 2026, la salvaguardia del acero se ha sustituido por el Reglamento (UE) 2026/1384, con contingentes arancelarios y un derecho del 50 % fuera de contingente. Desde el 1 de enero de 2026 se aplica el régimen definitivo del MAFC (CBAM) a las importaciones de cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, hidrógeno y electricidad por encima de un umbral anual de 50 toneladas por importador.
Tipos preferenciales y prueba de origen
La UE concede derechos reducidos o nulos a las mercancías originarias de países socios: acuerdos de libre comercio (por ejemplo, con el Reino Unido, Japón, Corea, Canadá o Vietnam), el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG general, SPG+ y Todo Menos Armas) y la unión aduanera con Turquía, que para los productos industriales funciona por libre práctica y no por origen.
La preferencia nunca es automática. Las mercancías deben cumplir las normas de origen del acuerdo y usted debe disponer de una prueba válida: una comunicación sobre el origen, una declaración de origen en factura, un certificado EUR.1 o EUR-MED, o un A.TR para Turquía. El actual Reglamento SPG (UE) n.º 978/2012 se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2027. Consulte nuestra guía sobre la prueba de origen para más detalle.
IVA a la importación por Estado miembro
La base imponible del IVA a la importación es el valor en aduana más el derecho de aduana y otros gravámenes (derecho antidumping, impuestos especiales), más los gastos accesorios, como el transporte hasta el primer lugar de destino en la UE, si se conoce en el momento de la importación (artículo 86 de la Directiva del IVA 2006/112/CE).
A continuación figuran los tipos generales de IVA de algunos Estados miembros a 22 de octubre de 2026. Algunas mercancías tributan a tipos reducidos; consulte la base de datos Taxes in Europe de la Comisión para su código.
- Alemania 19 %, Francia 20 %, Italia 22 %, España 21 %, Países Bajos 21 %, Bélgica 21 %.
- Polonia 23 %, Irlanda 23 %, Portugal 23 %, Eslovaquia 23 %, Austria 20 %, Chequia 21 %.
- Suecia 25 %, Dinamarca 25 %, Croacia 25 %, Finlandia 25,5 %, Hungría 27 % (el más alto).
- Rumanía 21 % (desde el 1 de agosto de 2025), Estonia 24 %, Grecia 24 %, Luxemburgo 17 % (el más bajo), Malta 18 %, Chipre 19 %.
Diferimiento e inversión del sujeto pasivo
Varios Estados miembros, entre ellos los Países Bajos (licencia del artículo 23), Bélgica, Francia y España, permiten a las empresas registradas liquidar el IVA a la importación en la declaración-liquidación del IVA en lugar de pagarlo en frontera. Las normas varían según el país, así que revíselas antes de elegir el lugar de importación.
Envíos de escaso valor en 2026
Este ámbito cambió de forma notable en 2026. Compruebe las fechas exactas que figuran a continuación antes de fijar el precio de los envíos de comercio electrónico.
El fin de la franquicia de 150 € (1 de julio de 2026)
Hasta el 30 de junio de 2026, las mercancías de envíos con un valor intrínseco de hasta 150 € estaban exentas de derechos de aduana. El Reglamento (UE) 2026/382 del Consejo, de 11 de febrero de 2026, suprimió esa franquicia a partir del 1 de julio de 2026. El IVA se devenga en todas las importaciones desde el 1 de julio de 2021, cuando terminó la exención de IVA de 22 €.
El derecho temporal de 3 € por artículo
Desde el 1 de julio de 2026 se aplica un derecho de aduana fijo de 3 € por artículo a las mercancías de envíos de hasta 150 € vendidas a consumidores en ventas a distancia, tanto si el IVA se paga mediante IOSS, el régimen especial o el procedimiento normal. Está previsto que se aplique hasta el 1 de julio de 2028, cuando debe comenzar el nuevo régimen de comercio electrónico basado en el Customs Data Hub.
Por artículo se entienden las mercancías del envío que comparten la misma clasificación arancelaria. Por limitaciones informáticas, la aduana cobra 3 € por partida de la declaración: en una declaración H7 las partidas van a nivel de SA de 6 dígitos, en la H6 a nivel de NC de 8 dígitos y en la H1 a nivel de TARIC de 10 dígitos. Un paquete con una camiseta y una funda de móvil (dos códigos distintos) paga 6 €. Las normas de desarrollo figuran en el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1200 de la Comisión.
La tasa de tramitación
El nuevo código aduanero de la Unión, Reglamento (UE) 2026/2108, se publicó el 19 de septiembre de 2026 y entró en vigor el 20 de septiembre de 2026; la mayor parte se aplica desde el 21 de septiembre de 2027 y las normas de comercio electrónico desde el 1 de julio de 2028. Prevé una tasa de tramitación para las mercancías de ventas a distancia despachadas a libre práctica. La Comisión adoptó el 21 de septiembre de 2026 un acto delegado que fija la tasa en 2 € por artículo; se espera que se aplique desde el 1 de noviembre de 2026, diez días después de su publicación en el Diario Oficial. Compruebe la fecha definitiva en el Diario Oficial antes de facturar a los clientes. Algunos Estados miembros cobran además sus propias tasas nacionales sobre los paquetes pequeños.
IOSS
La ventanilla única de importación (IOSS) permite a un vendedor o a un mercado en línea cobrar el IVA de la UE en el momento de la compra en envíos de hasta 150 € y declararlo mensualmente en un solo Estado miembro. Las mercancías se despachan entonces sin IVA a la importación. El derecho de 3 € sigue aplicándose. Desde el 1 de julio de 2026 la declaración debe indicar la vía del IVA con los códigos de documento F48 (IOSS), F49 (régimen especial) o F53 (procedimiento normal). Desde el 1 de noviembre de 2026, los identificadores de producto (códigos C127, C128, C129 o Y081) pasan a ser obligatorios en las ventas a distancia.
Ejemplo práctico: camisetas de algodón importadas en Alemania
Un minorista alemán compra a una fábrica china 2.000 camisetas de punto de algodón para hombre, NC 6109 10 00, en condiciones FOB Shanghái por 20.000 €. El flete marítimo hasta Hamburgo cuesta 1.800 € y el seguro 100 €. El transporte por carretera de Hamburgo al almacén del minorista en Múnich cuesta 400 € y se factura por separado.
Valor en aduana: 20.000 + 1.800 + 100 = 21.900 € (CIF Hamburgo). El tramo hasta Múnich queda excluido del valor en aduana.
Derecho de aduana: tipo NMF del 12 % sobre 21.900 € = 2.628 €.
Base del IVA a la importación: 21.900 + 2.628 + 400 (transporte hasta el primer destino, conocido en la importación) = 24.928 €.
IVA a la importación al 19 %: 4.736,32 €, que el minorista normalmente puede deducir como IVA soportado.
Total a pagar en la importación: 7.364,32 €, de los que 2.628 € son un coste real.
Las mismas mercancías fabricadas en Bangladés con una comunicación sobre el origen válida en el marco del SPG (Todo Menos Armas): derecho del 0 %, IVA del 19 % sobre 22.300 € = 4.237 €.
Las mismas mercancías en libre práctica en Turquía con un A.TR: derecho del 0 % por la unión aduanera, IVA como en el caso anterior.
Lista de comprobación
- Código TARIC confirmado para la fecha de importación, con todas las medidas revisadas.
- Valor en aduana calculado en CIF, con los ajustes al alza y a la baja documentados.
- Documentos de origen disponibles antes de la declaración si solicita la preferencia.
- Tipo de IVA y opciones de diferimiento del Estado miembro de importación comprobados.
- Para paquetes B2C: derecho de 3 € por artículo, número IOSS, identificadores de producto desde el 1 de noviembre de 2026 y situación de la tasa de tramitación.
- MAFC y medidas sobre el acero revisados para metales y demás mercancías afectadas.
Preguntas frecuentes
¿Sigue existiendo en la UE la franquicia de derechos de 150 €?
No. El Reglamento (UE) 2026/382 del Consejo la suprimió a partir del 1 de julio de 2026. Las ventas a distancia de escaso valor pagan ahora un derecho temporal de 3 € por artículo, y las demás mercancías de escaso valor pagan el derecho normal.
¿Se aplica el derecho de 3 € a los envíos B2B?
El derecho de 3 € se aplica a las mercancías de envíos de hasta 150 € vendidas a consumidores en ventas a distancia. Las importaciones empresariales pagan el derecho arancelario normal.
¿Es el IVA a la importación un coste para mi empresa?
Para las empresas registradas a efectos del IVA que realizan operaciones sujetas, el IVA a la importación es normalmente deducible. El derecho de aduana no es deducible y constituye un coste real.
¿Qué tipo de IVA se aplica si la mercancía entra por los Países Bajos pero va a Alemania?
Si la mercancía se despacha a libre práctica en los Países Bajos, se aplica el IVA a la importación neerlandés, salvo que se incluya en un régimen (como el régimen aduanero 42) que exime del IVA a la importación y traslada el IVA al Estado miembro de destino.
¿Puedo seguir usando IOSS después de julio de 2026?
Sí. IOSS continúa para los envíos de hasta 150 €. Desde el 1 de julio de 2026 estas mercancías soportan además el derecho de 3 € por artículo, y se espera que a ello se sume la tasa de tramitación.
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