Arancel de Brasil (NCM/AEC) · código NCM · HS 1106.20
1106.20.00: De sagu ou das raízes ou tubérculos, da posição 07.14
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel de Brasil (NCM/AEC), en vigor desde el 24 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
- 1106 Farinhas, sêmolas e pós, dos legumes de vagem, secos, da posição 07.13, de sagu ou das raízes ou tubérculos da posição 07.14 e dos produtos do Capítulo 8.
- 1106.20.00 De sagu ou das raízes ou tubérculos, da posição 07.14
Lo que paga
Importación: Brasil
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
1106.20 De sagú o de las raíces o tubérculos de la partida 0714
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N312676 U.S. CBP
The tariff classification of konjac powder from Indonesia
- N303239 U.S. CBP
The tariff classification, country of origin, marking, and application of a trade program or trade agreement of food products from Zambia
- 600013854 HMRC
Yam powder used in the food industry. This is made by washing peeling and cutting the yams into small pieces .The item is steamed or boiled to soften the yam. The product then undergoes mashing or pureeing, followed by a dehydration process before finally milling and sieving to ensure consistent…
- 600010317 HMRC
Cassava flour Use: for baking Packaging: zip lock plastic, weight 1 kg (possible 25 and 50kg)
Notas legales
Notas complementarias
1. Los derechos aplicables a las mezclas contempladas en el presente Capítulo serán los siguientes:
a) en las mezclas en las que uno de los componentes represente al menos un 90 % del peso, se aplicará el tipo correspondiente a dicho componente;
b) en los demás casos, el derecho aplicable será el que corresponda al componente sometido al gravamen más elevado.
2. En la partida 1106, se considerarán «harina», «sémola» y «polvo» los productos, distintos al coco rallado y desecado, obtenidos mediante molienda o por otro procedimiento de fragmentación de las legumbres secas de la partida 0713, de sagú, de las raíces o tubérculos de la partida 0714 o de los productos pertenecientes al Capítulo 8 y que cumplen las condiciones siguientes:
a) las hortalizas secas, el sagú, las raíces, los tubérculos y los productos pertenecientes al Capítulo 8 (con excepción de los frutos de cáscara de las partidas 0801 y 0802) deberán pasar por un tamiz de tela metálica con una abertura de malla de 2 mm en un porcentaje superior o igual al 95 % en peso;
b) los frutos de cáscara de las partidas 0801 y 0802 deberán pasar por un tamiz de tela metálica con una abertura de malla de 2,5 mm en un porcentaje superior o igual al 50 % en peso.
El código NCM 1106.20.00 es la única línea del arancel de Brasil (NCM/AEC) en la subpartida SA 1106.20 (de sagú o de las raíces o tubérculos de la partida 0714).
El tipo de la TEC es del 9 %.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 30 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 8,3 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 10 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 0 % al 21,3 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 6 % al 20 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Brasil importó mercancías de la subpartida 1106.20 por valor de 2 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Perú.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NCM 1106.20.00?
El tipo de la TEC en el arancel de Brasil (NCM/AEC) es del 9 %. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa Brasil estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 1106.20, el mayor proveedor en 2024 fue Perú (2 M US$).