Arancel aduanero común del CCG · código SA · HS 0804.30

0804.30.00.00.00

0804.30.00.00.00: Piñas (ananás): Pineapples, fresh, chilled or dried.

Piñas (ananás)

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel aduanero común del CCG, en vigor desde el 1 de enero de 2025 · comprobados el 24 de octubre de 2026

Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.

Lo que paga

Importación: CCG

Derecho de aduana Exento derecho de terceros países depende del país de origen

Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.

La misma subpartida en otros aranceles

0804.30 Dátiles, higos, piñas: piñas (ananás)

Resoluciones vinculantes para mercancías similares

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • N316565 U.S. CBP 14 de enero de 2021 · 0804.30.60.00

    The tariff classification and country of origin of freeze-dried fruit from multiple countries

  • N306259 U.S. CBP 4 de octubre de 2019 · 0804.30.40.00

    The tariff classification of fresh fruits from Canada

Notas legales

Notas de capítulo: Capítulo 08 →

El código SA 0804.30.00.00.00 es la única línea del arancel aduanero común del CCG en la subpartida SA 0804.30 (dátiles, higos, piñas: piñas (ananás)).

El derecho de aduana es nulo (exento), y las cantidades se declaran en Kilograms.

Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 5,8 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 58,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 4 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 20 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 7,2 % al 17 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 173 %, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 10 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.

Los países del CCG importaron mercancías de la subpartida 0804.30 por valor de 65 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Kenia.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código SA 0804.30.00.00.00?

El derecho de aduana en el arancel aduanero común del CCG es nulo (exento); la unidad suplementaria es Kilograms. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.

¿De dónde importan los países del CCG estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 0804.30, el mayor proveedor en 2024 fue Kenia (29 M US$), por delante de Filipinas.

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