Arancel aduanero común del CCG · código SA · HS 7013.37

7013.37.00.00.00

7013.37.00.00.00: Otros vasos de vidrio (no cristal): Other drinking glasses, other than of glass ceramics

Otros vasos de vidrio (no cristal)

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel aduanero común del CCG, en vigor desde el 1 de enero de 2025 · comprobados el 24 de octubre de 2026

Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.

Lo que paga

Importación: CCG

Derecho de aduana 5 % derecho de terceros países depende del país de origen

Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.

La misma subpartida en otros aranceles

7013.37 Los demás recipientes para beber, excepto: los demás

Resoluciones vinculantes para mercancías similares

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • N345029 U.S. CBP 7 de febrero de 2025 · 7013.37.10.90

    The tariff classification of glass stemware, drinking glasses, and a glass bottle from China

  • N344909 U.S. CBP 31 de enero de 2025 · 7013.37.20.90

    The tariff classification of glassware from China

  • N343625 U.S. CBP 19 de noviembre de 2024 · 7013.37.20.90

    The tariff classification of glassware from China

  • N307765 U.S. CBP 30 de septiembre de 2020 · 7013.37.20.90

    The tariff classification of a drinking glass from China

8 resoluciones en total para este código

Notas legales

Nota de subpartida

Notas de capítulo: Capítulo 70 →

El código SA 7013.37.00.00.00 es la única línea del arancel aduanero común del CCG en la subpartida SA 7013.37 (los demás recipientes para beber, excepto: los demás).

El derecho de aduana es del 5 %, y las cantidades se declaran en Kilograms.

Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 11 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 11 %, el derecho general en Estados Unidos va del 5 % al 28,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 10 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 25 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 25 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es del 3,1 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 6,5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.

Los países del CCG importaron mercancías de la subpartida 7013.37 por valor de 132 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue China.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código SA 7013.37.00.00.00?

El derecho de aduana en el arancel aduanero común del CCG es del 5 %; la unidad suplementaria es Kilograms. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.

¿De dónde importan los países del CCG estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 7013.37, el mayor proveedor en 2024 fue China (110 M US$), por delante de Turquía.

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