Arancel aduanero común del CCG · código SA · HS 8211.94
8211.94.00.00.00: Blades for knives serrated or not other than knives of heading 82.08.
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel aduanero común del CCG, en vigor desde el 1 de enero de 2025 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: CCG
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
8211.94 Cuchillos con hoja cortante o dentada, incluidas: los demás, hojas
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N319175 U.S. CBP
The tariff classification and marking of a knife blade from Russia.
- N305296 U.S. CBP
The tariff classification of a 24 Piece All Purpose Home Tool Set from Taiwan. Correction to Ruling Number N304663.
- 600016237 HMRC
20pk utility knife blades For the use with retractable and fixed knives Plastic storage case included Blade size- 60 mm Package in cardboard with a clear front and a hanging tag
Notas legales
Notas
1. Independientemente de las lámparas de soldar, de las fraguas portátiles, de las muelas con bastidor y de los juegos de manicura o pedicura, así como de los artículos de la partida 8209, este Capítulo comprende solamente los artículos provistos de una hoja u otra parte operante:
a) de metal común;
b) de carburo metálico o de cermet;
c) de piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), con soporte de metal común, de carburo metálico o de cermet;
d) de abrasivos con soporte de metal común, siempre que se trate de útiles cuyos dientes, aristas u otras partes cortantes no hayan perdido su función propia por la presencia de polvo abrasivo.
2. Las partes de metal común de los artículos de este Capítulo se clasifican con los mismos, excepto las partes especialmente citadas y los portaútiles para herramientas de mano de la partida 8466. Sin embargo, siempre se excluyen de este Capítulo las partes o accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de esta Sección.
Se excluyen de este Capítulo, las cabezas, peines, contrapeines, hojas y cuchillas de afeitadoras, cortadoras de pelo o esquiladoras, eléctricas (partida 8510).
3. Los surtidos formados por uno o varios cuchillos de la partida 8211 y un número, por lo menos igual, de artículos de la partida 8215, se clasifican en esta última partida.
El código SA 8211.94.00.00.00 es la única línea del arancel aduanero común del CCG en la subpartida SA 8211.94 (cuchillos con hoja cortante o dentada, incluidas: los demás, hojas).
El derecho de aduana es del 5 %, y las cantidades se declaran en Kilograms.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 6,7 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 6,7 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 6 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá va del 0 % al 3,5 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón es del 3,1 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 10 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Los países del CCG importaron mercancías de la subpartida 8211.94 por valor de 5 M US$ en 2024.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código SA 8211.94.00.00.00?
El derecho de aduana en el arancel aduanero común del CCG es del 5 %; la unidad suplementaria es Kilograms. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.