Arancel aduanero común del CCG · código SA · HS 8906.10
8906.10.00.00.00: Warships.
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel aduanero común del CCG, en vigor desde el 1 de enero de 2025 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: CCG
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
8906.10 Los demás barcos, incluidos los navíos de guerra y barcos: navíos de guerra
Notas legales
Nota
1. Los barcos incompletos o sin terminar y los cascos de barcos, aunque se presenten desmontados o sin montar, así como los barcos completos desmontados o sin montar, se clasificarán en la partida 8906 en caso de duda respecto de la clase de barco a que pertenecen.
Notas complementarias
1. En las subpartidas 89011010, 89012010, 89013010, 89019010, 89020010, 89032210, 89032310, 89033210, 89033310, 89040091 o 89069010 solo se incluirán los barcos concebidos para navegar por alta mar y cuya mayor longitud exterior del casco (con exclusión de los apéndices) sea, por lo menos, igual a 12 m. Sin embargo, los barcos de pesca y los barcos de salvamento, cuando estén concebidos para navegar por alta mar, se considerarán siempre como barcos para la navegación marítima, sin que se tenga en cuenta su longitud.
2. En las subpartidas 89051010 y 89059010 se clasifican únicamente los barcos y los diques flotantes, concebidos para navegar por alta mar.
3. Para la aplicación de la partida 8908 en la expresión barcos y demás artefactos flotantes para desguace se entienden comprendidos igualmente los artículos que se expresan a continuación, cuando se presenten al despacho de aduanas con los mencionados barcos y siempre que hayan formado parte del equipo normal de los mismos:
piezas de recambio (tales como las hélices), incluso nuevas;
artículos amovibles (por ejemplo: muebles, artículos de cocina, vajilla, etc.) que presenten marcadas señales de haber sido usados.
El código SA 8906.10.00.00.00 es la única línea del arancel aduanero común del CCG en la subpartida SA 8906.10 (los demás barcos, incluidos los navíos de guerra y barcos: navíos de guerra).
El derecho de aduana es nulo (exento), y las cantidades se declaran en Pieces/Units.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es nulo, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es del 25 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 10 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 20 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 7 % y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.
Los países del CCG importaron mercancías de la subpartida 8906.10 por valor de 66 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Turquía.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código SA 8906.10.00.00.00?
El derecho de aduana en el arancel aduanero común del CCG es nulo (exento); la unidad suplementaria es Pieces/Units. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importan los países del CCG estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 8906.10, el mayor proveedor en 2024 fue Turquía (58 M US$), por delante de Italia.