Arancel armonizado de Estados Unidos · código HTS · HS 1803.10
1803.10.00: Cocoa paste, whether or not defatted: not defatted
Pasta de cacao sin desgrasar
No declarable por sí solo: utilice una de sus 1 subdivisiones Datos: Arancel armonizado de Estados Unidos · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
- 1803 Cocoa paste, whether or not defatted:
- 1803.10.00 Not defatted
Lo que paga
Importación: EE. UU.
Se incluyen los derechos adicionales de EE. UU. del capítulo 99 del HTS vigentes el 22 de octubre de 2026 (secciones 301, 232, 338 y 201). Los derechos IEEPA ya no se cobran desde la sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2026. Las exenciones condicionales (contenido estadounidense, uso final, proporción de metal) no se calculan: véase la disposición.
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 1
- Derecho adicionalSection 301 — China — technology transfer, IP and innovation (2018 actions and 2024 four-year review) 7,5 %
- Se aplica a mercancías originarias de
- China
- Vigencia
- desde el 1 de septiembre de 2019
- Acto jurídico
- HTSUS 9903.88.15
La misma subpartida en otros aranceles
1803.10 Pasta de cacao, incluso desgrasada: sin desgrasar
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N279775 U.S. CBP
The tariff classification of “Unsweetened Chocolate Gems” from Belgium
Notas legales
El código HTS 1803.10.00 es la única línea del arancel armonizado de Estados Unidos en la subpartida SA 1803.10 (pasta de cacao, incluso desgrasada: sin desgrasar).
El derecho general es nulo (exento), y las cantidades se declaran en kg.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 9,6 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 9,6 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 8 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 10,8 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 10,8 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es del 5 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.
Estados Unidos importó mercancías de la subpartida 1803.10 por valor de 377 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Côte d’Ivoire, y España ocupó el puesto 6 con 6 M US$.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código HTS 1803.10.00?
El derecho general en el arancel armonizado de Estados Unidos es nulo (exento); la unidad suplementaria es kg. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿De dónde importa Estados Unidos estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 1803.10, el mayor proveedor en 2024 fue Côte d’Ivoire (188 M US$), por delante de Canadá.
¿Qué puesto ocupa España entre los proveedores?
Para la subpartida 1803.10, España ocupó en 2024 el puesto 6 entre los proveedores de Estados Unidos, con 6 M US$.