Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 1605.57
1605.57.01.00: Abulones u orejas de mar.
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 1605 Crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, preparados o conservados.
- 1605.57 Abulones u orejas de mar.
- 1605.57.01 Abulones u orejas de mar.
- 1605.57.01.00 Abulones u orejas de mar.
Lo que paga
Importación: México
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
1605.57 Abulones u orejas de mar
Notas legales
Notas de subpartida
1. En la subpartida 160210, se entiende por preparaciones homogeneizadas, las preparaciones de carne, despojos, sangre o de insectos, finamente homogeneizadas, acondicionadas para la venta al por menor como alimento para lactantes o niños de corta edad o para uso dietético en recipientes con un contenido de peso neto inferior o igual a 250 g. Para la aplicación de esta definición se hará abstracción, en su caso, de los diversos ingredientes añadidos a la preparación en pequeña cantidad para sazonar, conservar u otros fines. Estas preparaciones pueden contener pequeñas cantidades de fragmentos visibles de carne, despojos o de insectos. La subpartida 160210 tendrá prioridad sobre las demás subpartidas de la partida 1602.
2. Los pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos citados en las subpartidas de las partidas 1604 y 1605 solo con los nombres vulgares corresponden a las mismas especies mencionadas en el Capítulo 3 con el mismo nombre.
La fracción arancelaria 1605.57.01.00 es la única línea de la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) en la subpartida SA 1605.57 (abulones u orejas de mar).
El impuesto general de importación (IGI) es del 20 %, y las cantidades se declaran en Kg.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 20 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 54 %, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 20 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es del 4 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 14,4 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 16 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón va del 6,7 % al 9,6 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 9 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
México importó mercancías de la subpartida 1605.57 por valor de 53 mil US$ en 2024.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 1605.57.01.00?
El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es del 20 %; la unidad suplementaria es Kg. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.