Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 4301.10
4301.10.01.00: De visón, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 4301 Peletería en bruto (incluidas las cabezas, colas, patas y demás trozos utilizables en peletería), excepto las pieles en bruto de las partidas 41.01, 41.02 o 41.03.
- 4301.10 De visón, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.
- 4301.10.01 De visón, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.
- 4301.10.01.00 De visón, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.
Lo que paga
Importación: México
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
4301.10 De visón, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas
Notas legales
Notas
1. Independientemente de la peletería en bruto de la partida 4301, en la nomenclatura el término peletería abarca las pieles de todos los animales, curtidas o adobadas, sin depilar.
2. Este Capítulo no comprende:
a) las pieles y partes de pieles de ave con sus plumas o plumón (partidas 0505 o 6701, según los casos);
b) los cueros y pieles, en bruto, sin depilar, de la naturaleza de los clasificados en el Capítulo 41 en virtud de la Nota 1 c) de dicho Capítulo;
c) los guantes, mitones y manoplas, confeccionados a la vez con peletería natural o peletería facticia o artificial y con cuero (partida 4203);
d) los artículos del Capítulo 64;
e) los sombreros, demás tocados, y sus partes, del Capítulo 65;
f) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).
3. Se clasifican en la partida 4303, la peletería y partes de peletería, ensambladas con otras materias, y la peletería y partes de peletería, cosidas formando prendas, partes de prendas, complementos (accesorios), de vestir u otros artículos.
4. Se clasifican en las partidas 4303 o 4304, según los casos, las prendas y complementos (accesorios), de vestir, de cualquier clase (excepto los excluidos de este Capítulo por la Nota 2), forrados interiormente con peletería natural o con peletería facticia o artificial, así como las prendas y complementos (accesorios), de vestir, con partes exteriores de peletería natural o peletería facticia o artificial, cuando dichas partes no sean simples guarniciones.
5. En la nomenclatura, se consideran peletería facticia o artificial las imitaciones de peletería obtenidas con lana, pelo u otras fibras, aplicados por pegado o cosido, sobre cuero, tejido u otras materias, excepto las imitaciones obtenidas por tejido o por punto (partidas 5801 o 6001, generalmente).
La fracción arancelaria 4301.10.01.00 es la única línea de la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) en la subpartida SA 4301.10 (de visón, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas).
El impuesto general de importación (IGI) es nulo (exento), y las cantidades se declaran en Kg.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es nulo, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es del 3,5 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 3 % y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.
México importó mercancías de la subpartida 4301.10 por valor de 24 mil US$ en 2024.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 4301.10.01.00?
El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es nulo (exento); la unidad suplementaria es Kg. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.