Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 7103.10
7103.10.01.00: En bruto o simplemente aserradas o desbastadas.
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 7103 Piedras preciosas (excepto los diamantes) o semipreciosas, naturales, incluso trabajadas o clasificadas, sin ensartar, montar ni engarzar; piedras preciosas (excepto los diamantes) o semipreciosas, naturales, sin clasificar, ensartadas temporalmente para facilitar el transporte.
- 7103.10 En bruto o simplemente aserradas o desbastadas.
- 7103.10.01 En bruto o simplemente aserradas o desbastadas.
- 7103.10.01.00 En bruto o simplemente aserradas o desbastadas.
Lo que paga
Importación: México
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
7103.10 En bruto o simplemente aserradas o desbastadas
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N356876 U.S. CBP
The tariff classification, country of origin, marking, and USMCA eligibility of amethysts.
- H311301 U.S. CBP
Revocation of NY F86134, NY N004112, NY N004200, and NY N015557; Classification of Certain Mineral Stones
- N272335 U.S. CBP
The tariff classification of unworked emeralds from Columbia.
Notas legales
La fracción arancelaria 7103.10.01.00 es la única línea de la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) en la subpartida SA 7103.10 (en bruto o simplemente aserradas o desbastadas).
El impuesto general de importación (IGI) es nulo (exento), y las cantidades se declaran en Kg.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es nulo, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 10,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 7,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 7,2 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.
México importó mercancías de la subpartida 7103.10 por valor de 234 mil US$ en 2024.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 7103.10.01.00?
El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es nulo (exento); la unidad suplementaria es Kg. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.