Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 9027.20

9027.20.01.00

9027.20.01.00: Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis.

Cromatógrafos y equipos de electroforesis

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 9027 Instrumentos y aparatos para análisis físicos o químicos (por ejemplo: polarímetros, refractómetros, espectrómetros, analizadores de gases o humos); instrumentos y aparatos para ensayos de viscosidad, porosidad, dilatación, tensión superficial o similares o para medidas calorimétricas, acústicas o fotométricas (incluidos los exposímetros); micrótomos.
  2. 9027.20 Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis.
  3. 9027.20.01 Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis.
  4. 9027.20.01.00 Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis.

Lo que paga

Importación: México

Derecho de aduana Exento derecho de terceros países depende del país de origen

Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.

La misma subpartida en otros aranceles

9027.20 Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis

Resoluciones vinculantes para mercancías similares

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • N349251 U.S. CBP 29 de mayo de 2025 · 9027.20.50.60

    The tariff classification of a liquid chromatography device from Japan

Notas legales

Notas complementarias

Notas de capítulo: Capítulo 90 →

La fracción arancelaria 9027.20.01.00 es la única línea de la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) en la subpartida SA 9027.20 (cromatógrafos e instrumentos de electroforesis).

El impuesto general de importación (IGI) es nulo (exento), y las cantidades se declaran en Pza.

Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es nulo, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el tipo de la TEC en Brasil va del 7,2 % al 20 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 0 % al 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es nulo, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.

México importó mercancías de la subpartida 9027.20 por valor de 28 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Estados Unidos.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 9027.20.01.00?

El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es nulo (exento); la unidad suplementaria es Pza. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.

¿De dónde importa México estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 9027.20, el mayor proveedor en 2024 fue Estados Unidos (12 M US$), por delante de los Países Bajos.

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