Arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) · código AEC · HS 5801.36

5801.36.00.00

5801.36.00.00: Chenille fabrics

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria), en vigor desde el 7 de septiembre de 2023 · comprobados el 24 de octubre de 2026

Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.

Lo que paga

Importación: Nigeria

Derecho de aduana 20 % derecho de terceros países depende del país de origen

Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.

La misma subpartida en otros aranceles

5801.36 De fibras sintéticas o artificiales: tejidos de chenilla

Resoluciones vinculantes para mercancías similares

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • N358625 U.S. CBP 9 de marzo de 2026 · 5801.36.00.10

    The tariff classification of three upholstery fabrics from China

  • N349366 U.S. CBP 12 de junio de 2025 · 5801.36.00.20

    The tariff classification, country of origin, and eligibility of the United States-Mexico-Canada Agreement (USMCA) of a chenille fabric from Canada.

  • N341219 U.S. CBP 5 de agosto de 2024 · 5801.36.00.20

    The tariff classification of five woven upholstery fabrics from France

  • N333277 U.S. CBP 15 de marzo de 2024 · 5801.36.00.20

    The tariff classification of a bonded chenille multi-layer fabric from China

43 resoluciones en total para este código

Notas legales

Notas

Notas de capítulo: Capítulo 58 →

El código AEC 5801.36.00.00 es la única línea del arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) en la subpartida SA 5801.36 (de fibras sintéticas o artificiales: tejidos de chenilla).

El derecho de importación es del 20 %, y las cantidades se declaran en KG.

Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 8 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 8 %, el derecho general en Estados Unidos es del 9,8 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 8 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 10 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 26 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 0 % al 6,6 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 10 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo y el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 8 %.

Nigeria importó mercancías de la subpartida 5801.36 por valor de 56 mil US$ en 2024.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código AEC 5801.36.00.00?

El derecho de importación en el arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) es del 20 %; la unidad suplementaria es KG. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.

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