Arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) · código AEC · HS 8407.33
8407.33.00.00: Motores de gasolina de 250 a 1000 cm³: Recip.. piston engine, for veh. of Chapter 87, capacity>250<1000cc
Motores de gasolina de 250 a 1000 cm³
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria), en vigor desde el 7 de septiembre de 2023 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: Nigeria
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
8407.33 De cilindrada superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 1000 cm3
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
Notas legales
Notas complementarias
1. Solo se consideran motores para la aviación de las subpartidas 840710 y 840910 los concebidos para recibir una hélice o un rotor.
2. La subpartida 84717030 comprende también los lectores de CD-ROM que constituyen unidades de memoria para máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, los cuales consisten en unidades concebidas para la lectura de los datos contenidos en los CD-ROM, los CD-audio y los CD-foto, equipados con toma para auriculares, control del volumen o mando de arranque/parada.
El código AEC 8407.33.00.00 es la única línea del arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) en la subpartida SA 8407.33 (de cilindrada superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 1000 cm3).
El derecho de importación es del 10 %, y las cantidades se declaran en U.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 2,7 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 2,7 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 2,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 2 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil va del 16,2 % al 18 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 8 % al 11,5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo y el derecho NMF en Macedonia del Norte va del 10 % al 15 %.
Nigeria importó mercancías de la subpartida 8407.33 por valor de 2 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Japón.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código AEC 8407.33.00.00?
El derecho de importación en el arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) es del 10 %; la unidad suplementaria es U. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa Nigeria estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 8407.33, el mayor proveedor en 2024 fue Japón (1 M US$).