Arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) · código AEC · HS 8477.20
8477.20.00.00: Extrusoras de plástico o caucho: Extruders
Extrusoras de plástico o caucho
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria), en vigor desde el 7 de septiembre de 2023 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: Nigeria
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
8477.20 Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para: extrusoras
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N277224 U.S. CBP
The tariff classification of an Extruder & Conical Screw from Germany
Notas legales
El código AEC 8477.20.00.00 es la única línea del arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) en la subpartida SA 8477.20 (máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para: extrusoras).
El derecho de importación es del 5 %, y las cantidades se declaran en U.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 1,7 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 1,7 %, el derecho general en Estados Unidos es del 3,1 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México va del 0 % al 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 20 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 3 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo y el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 5 %.
Nigeria importó mercancías de la subpartida 8477.20 por valor de 22,4 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código AEC 8477.20.00.00?
El derecho de importación en el arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) es del 5 %; la unidad suplementaria es U. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa Nigeria estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 8477.20, el mayor proveedor en 2024 fue China (12,2 M US$), por delante de India.