Arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) · código AEC · HS 9206.00
9206.00.00.00: Percussion musical instruments (for example, drums, xylophones, cymbals..).
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria), en vigor desde el 7 de septiembre de 2023 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: Nigeria
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39);
b) los micrófonos, amplificadores, altavoces (altoparlantes), auriculares, interruptores, estroboscopios y demás instrumentos, aparatos y equipos accesorios utilizados con los artículos de este Capítulo, que no estén incorporados en ellos ni alojados en la misma envoltura (Capítulos 85 o 90);
c) los instrumentos y aparatos que presenten el carácter de juguete (partida 9503);
d) las escobillas y demás artículos de cepillería para limpieza de instrumentos musicales (partida 9603), y los monopies, bípodes, trípodes y artículos similares (partida 9620);
e) los instrumentos y aparatos que presenten el carácter de objetos de colección o antigüedades (partidas 9705 o 9706).
2. Los arcos, palillos y artículos similares para instrumentos musicales de las partidas 9202 o 9206, que se presenten en número correspondiente a los instrumentos a los cuales se destinen, se clasifican con ellos.
Las tarjetas, discos y rollos de la partida 9209 se clasifican en esta partida, aunque se presenten con los instrumentos o aparatos a los que estén destinados.
El código AEC 9206.00.00.00 es la única línea del arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) en la subpartida SA 9206.00 (instrumentos musicales de percusión).
El derecho de importación es del 10 %, y las cantidades se declaran en U.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 3,2 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 3,2 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 5,3 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá va del 0 % al 6 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 10 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 6,8 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo y el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 9 %.
Nigeria importó mercancías de la subpartida 9206.00 por valor de 3 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código AEC 9206.00.00.00?
El derecho de importación en el arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) es del 10 %; la unidad suplementaria es U. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa Nigeria estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 9206.00, el mayor proveedor en 2024 fue China (3 M US$).