Arancel de Aduanas del Perú · subpartida nacional · HS 7007.11

7007.11.00.00

7007.11.00.00: Vidrio templado para vehículos: De dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves, barcos u otros vehículos

Vidrio templado para vehículos

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel de Aduanas del Perú, en vigor desde el 1 de enero de 2022 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 7007 Vidrio de seguridad constituido por vidrio templado o contrachapado.
  2. 7007.11 De dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves, barcos u otros vehículos
  3. 7007.11.00.00 De dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves, barcos u otros vehículos

Lo que paga

Importación: Perú

Derecho de aduana 6 % derecho de terceros países depende del país de origen

Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.

La misma subpartida en otros aranceles

7007.11 De dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves, barcos u otros vehículos

Resoluciones vinculantes para mercancías similares

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • N338032 U.S. CBP 4 de marzo de 2024 · 7007.11.00.10

    The tariff classification of tempered automotive windows from Mexico

  • H315471 U.S. CBP 28 de junio de 2023 · 7007.11.10

    Tariff classification of automotive glass; Protest #180120100297

Notas legales

Notas de capítulo: Capítulo 70 →

La subpartida nacional 7007.11.00.00 es la única línea del arancel de Aduanas del Perú en la subpartida SA 7007.11 (de dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves…).

El derecho ad valorem es del 6 %, y las cantidades se declaran en U.

Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 3 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 3 %, el derecho general en Estados Unidos es del 5,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México va del 0 % al 35 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 10,8 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 10,8 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 10 %, el tipo aplicado en Japón va del 0 % al 3,5 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 8 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.

Perú importó mercancías de la subpartida 7007.11 por valor de 3 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue China.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene la subpartida nacional 7007.11.00.00?

El derecho ad valorem en el arancel de Aduanas del Perú es del 6 %; la unidad suplementaria es U. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.

¿De dónde importa Perú estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 7007.11, el mayor proveedor en 2024 fue China (2 M US$).

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