Arancel de aduanas de Turquía

Arancel de aduanas de Turquía, capítulo 05: Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte

  • 36Líneas arancelarias
  • 0 %–20 %Tipo

Capítulo 05 → Comparación de aranceles

El capítulo 05 tiene 36 líneas en el arancel de aduanas de Turquía, repartidas en 9 partidas.

Los tipos van del 0 % al 20 %, con una media del 2,5 %; 29 líneas están exentas.

La partida más detallada es la 0511 (productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte), con 13 líneas.

El tipo más frecuente es la exención, en 29 líneas.

El tipo más alto, del 20 %, corresponde a la línea 0511.99.85.90.11 (hayvan kanı (kurutulmuş olsun olmasın)).

El arancel turco recoge el tipo legal fijado por la Ley 474 del Arancel de Aduanas. El tipo que se aplica a la importación se establece en la Decisión de Régimen de Importación y puede ser inferior o variar según el país de origen.

0501 Cabello en bruto, incluso lavado o desgrasado; desperdicios de cabello

0502 Cerdas de cerdo o de jabalí; pelo de tejón y demás pelos para cepillería; desperdicios de dichas cerdas o pelos

0504 Tripas, vejigas y estómagos de animales, excepto los de pescado, enteros o en trozos, frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados

0505 Pieles y demás partes de ave, con sus plumas o plumón, plumas y partes de plumas (incluso recortadas) y plumón, en bruto o simplemente limpiados, desinfectados o preparados para su conservación; polvo y desperdicios de plumas o de partes de plumas

0506 Huesos y núcleos córneos, en bruto, desgrasados, simplemente preparados (pero sin cortar en forma determinada), acidulados o desgelatinizados; polvo y desperdicios de estas materias

0507 Marfil, concha (caparazón) de tortuga, ballenas de mamíferos marinos (incluidas las barbas), cuernos, astas, cascos, pezuñas, uñas, garras y picos, en bruto o simplemente preparados, pero sin cortar en forma determinada; polvo y desperdicios de estas materias

0508 Coral y materias similares, en bruto o simplemente preparados, pero sin otro trabajo; valvas y caparazones de moluscos, crustáceos o equinodermos, y jibiones, en bruto o simplemente preparados, pero sin cortar en forma determinada, incluso en polvo y desperdicios

0510 Ámbar gris, castóreo, algalia y almizcle; cantáridas; bilis, incluso desecada; glándulas y demás sustancias de origen animal utilizadas para la preparación de productos farmacéuticos, frescas, refrigeradas, congeladas o conservadas provisionalmente de otra forma

0511 Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte; animales muertos de los Capítulos 1 o 3, impropios para la alimentación humana

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