Arancel de aduanas de Turquía · código GTİP · HS 0710.40
0710.40.00.00.00: Sebzeler: tatlı mısır
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel de aduanas de Turquía, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
- 0710 Sebzeler (pişirilmemiş veya buharda veya suda kaynatılarak pişirilmiş) (dondurulmuş):
- 0710.40.00.00.00 Tatlı mısır
Lo que paga
Importación: Turquía
Para Turquía se muestran los derechos aplicados de la Decisión de Régimen de Importación 2026, en la versión consolidada del Ministerio de Comercio (modificaciones hasta agosto de 2026). El derecho adicional (İGV) y, para algunos productos agrícolas, la carga financiera adicional (EMY) se suman a ellos. Las notas a pie de página pueden reducir el tipo para determinados países o periodos: véase la página de la línea.
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 1
- Carga financiera adicional (EMY) 23,32 EUR / 100 kg
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Malasia, Venezuela, Kosovo
- Acto jurídico
- Karar 3350, Liste III–IV (EMY)
Tipos preferenciales por país
Notas a pie de página
- Şili Cumhuriyeti için AB'ye uygulanan gümrük vergisi ve ek mali yükümlülük uygulanır.
La misma subpartida en otros aranceles
0710.40 Hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas: maíz dulce
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende los productos forrajeros de la partida 1214.
2. En las partidas 0709, 0710, 0711 y 0712, la expresión hortalizas alcanza también a los hongos comestibles, trufas, aceitunas, alcaparras, calabacines (zapallitos), calabazas (zapallos), berenjenas, maíz dulce (Zea mays var. saccharata), frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, hinojo y plantas como el perejil, perifollo, estragón, berro y mejorana cultivada (Majorana hortensis u Origanum majorana).
3. La partida 0712 comprende todas las hortalizas secas de las especies clasificadas en las partidas 0701 a 0711, excepto:
a) las hortalizas de vaina secas desvainadas (partida 0713);
b) el maíz dulce en las formas especificadas en las partidas 1102 a 1104;
c) la harina, sémola, polvo, copos, gránulos y pellets, de patata (papa) (partida 1105);
d) la harina, sémola y polvo de hortalizas de vaina secas de la partida 0713 (partida 1106).
4. Los frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados, sin embargo se excluyen, sin embargo, de este capítulo (partida 0904).
5. La partida 0711 comprende las hortalizas que se hayan sometido a un tratamiento con el único fin de que sean conservadas provisionalmente durante el transporte y almacenamiento antes de su utilización (por ejemplo: con gas sulfuroso o con agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para asegurar provisionalmente dicha conservación), siempre que, en este estado, sean impropias para consumo inmediato.
El código GTİP 0710.40.00.00.00 es la única línea del arancel de aduanas de Turquía en la subpartida SA 0710.40 (hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas: maíz dulce).
El tipo legal (Ley 474) es del 5,1 %.
Para la misma subpartida, el derecho general en Estados Unidos es del 14 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón es del 10,6 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 20 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 10 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Turquía importó mercancías de la subpartida 0710.40 por valor de 1 M US$ en 2024.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código GTİP 0710.40.00.00.00?
El tipo legal (Ley 474) en el arancel de aduanas de Turquía es del 5,1 %. El tipo que se aplica realmente se fija en la Decisión de Régimen de Importación y puede variar según el país de origen.