Arancel de aduanas de Turquía · código GTİP · HS 5403.10
5403.10.00.00.00: Viskoz ipeğinden yüksek mukavemetli iplik
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel de aduanas de Turquía, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
- 5403 Suni filament iplikleri (dikiş ipliği hariç) (perakende olarak satılacak hale getirilmemiş) (67 desiteksten az olan suni monofilament dahil):
- 5403.10.00.00.00 Viskoz ipeğinden yüksek mukavemetli iplik
Lo que paga
Importación: Turquía
Para Turquía se muestran los derechos aplicados de la Decisión de Régimen de Importación 2026, en la versión consolidada del Ministerio de Comercio (modificaciones hasta agosto de 2026). El derecho adicional (İGV) y, para algunos productos agrícolas, la carga financiera adicional (EMY) se suman a ellos. Las notas a pie de página pueden reducir el tipo para determinados países o periodos: véase la página de la línea.
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Requisitos de importación 1
- Vigilancia de las importacioneskayda alma (kayıt belgesi); kıymet eşiği yok
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 25 de diciembre de 2020
- Acto jurídico
- Gözetim Tebliği 2020/9 (RG 25.12.2020, 31345); değişik: RG 09.03.2023, RG 17.07.2026
Tipos preferenciales por país
La misma subpartida en otros aranceles
5403.10 Hilados de alta tenacidad de rayón viscosa
Notas legales
Notas
1. En la Nomenclatura, las expresiones fibras sintéticas y fibras artificiales se refieren a las fibras discontinuas y a los filamentos de polímeros orgánicos obtenidos industrialmente:
a) por polimerización de monómeros orgánicos para obtener polímeros tales como poliamidas, poliésteres, poliolefinas o poliuretanos, o por modificación química de polímeros obtenidos por este procedimiento [por ejemplo, poli(alcohol vinílico) obtenido por hidrólisis del poli(acetato de vinilo)];
b) por disolución o tratamiento químico de polímeros orgánicos naturales (por ejemplo, celulosa) para obtener polímeros tales como rayón cuproamónico (cupro) o rayón viscosa, o por modificación química de polímeros orgánicos naturales (por ejemplo: celulosa, caseína y otras proteínas, o ácido algínico) para obtener polímeros tales como acetato de celulosa o alginatos.
Se consideran sintéticas las fibras definidas en a) y artificiales las definidas en b). Las tiras y formas similares de la partida 5404 o 5405 no se consideran fibras sintéticas o artificiales.
Los términos sintético y artificial se aplican también, con el mismo sentido, a la expresión materia textil.
2. Las partidas 5402 y 5403 no comprenden los cables de filamentos sintéticos o artificiales del Capítulo 55.
El código GTİP 5403.10.00.00.00 es la única línea del arancel de aduanas de Turquía en la subpartida SA 5403.10 (hilados de alta tenacidad de rayón viscosa).
El tipo legal (Ley 474) es del 4 %.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 4 %, el derecho general en Estados Unidos va del 9,1 % al 10 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 25 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 18 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 16 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 4 % al 5 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 4 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.
Turquía importó mercancías de la subpartida 5403.10 por valor de 1 M US$ en 2024.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código GTİP 5403.10.00.00.00?
El tipo legal (Ley 474) en el arancel de aduanas de Turquía es del 4 %. El tipo que se aplica realmente se fija en la Decisión de Régimen de Importación y puede variar según el país de origen.