Arancel de aduanas de Turquía · código GTİP · HS 9606.10
9606.10.00.00.00: Çıtçıtlar ve bunların aksamı
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel de aduanas de Turquía, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
- 9606 Düğmeler, çıtçıtlar, düğme formları ve bunların diğer aksamı; düğme taslakları:
- 9606.10.00.00.00 Çıtçıtlar ve bunların aksamı
Lo que paga
Importación: Turquía
Para Turquía se muestran los derechos aplicados de la Decisión de Régimen de Importación 2026, en la versión consolidada del Ministerio de Comercio (modificaciones hasta agosto de 2026). El derecho adicional (İGV) y, para algunos productos agrícolas, la carga financiera adicional (EMY) se suman a ellos. Las notas a pie de página pueden reducir el tipo para determinados países o periodos: véase la página de la línea.
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 1
- Derecho adicional de Turquía (İGV) 10 %
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Chequia, Alemania, Dinamarca, Estonia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Croacia, Hungría, Irlanda, Italia, Lituania, Luxemburgo, Letonia, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Suecia, Eslovenia, Eslovaquia, Suiza, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Albania, Venezuela, Reino Unido, Bosnia y Herzegovina, Marruecos, Islas Feroe, Territorios Palestinos, Georgia, Corea del Sur, Israel, Montenegro, Kosovo, Macedonia del Norte, Malasia, Egipto, Mauricio, Moldavia, Serbia, Singapur, Chile, Túnez
- Acto jurídico
- Karar 3351 (İGV), 2026
Tipos preferenciales por país
La misma subpartida en otros aranceles
9606.10 Botones de presión y sus partes
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) los lápices de maquillaje o tocador (Capítulo 33);
b) los artículos del Capítulo 66 (por ejemplo: partes de paraguas o bastones);
c) la bisutería (partida 7117);
d) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y artículos similares de plástico (Capítulo 39);
e) los artículos del Capítulo 82 (útiles, artículos de cuchillería, cubiertos de mesa) con mangos o partes de materias para tallar o moldear. Cuando se presenten aisladamente, estos mangos y partes se clasifican en las partidas 9601 o 9602;
f) los artículos del Capítulo 90 [por ejemplo: monturas (armazones) de gafas (anteojos) (partida 9003), tiralíneas (partida 9017), artículos de cepillería de los tipos manifiestamente utilizados en medicina, cirugía, odontología o veterinaria (partida 9018)];
g) los artículos del Capítulo 91 (por ejemplo: cajas y envolturas similares de relojes o demás aparatos de relojería);
h) los instrumentos musicales, sus partes y accesorios (Capítulo 92);
ij) los artículos del Capítulo 93 (armas y sus partes);
k) los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, luminarias y aparatos de alumbrado);
l) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);
m) los artículos del Capítulo 97 (objetos de arte o colección y antigüedades).
2. En la partida 9602, se entiende por materias vegetales o minerales para tallar:
a) las semillas duras, pepitas, cáscaras, nueces y materias vegetales similares para tallar (por ejemplo: nuez de corozo, de palmera-dum);
b) el ámbar (succino) y la espuma de mar, naturales o reconstituidos, así como el azabache y materias minerales análogas al azabache.
3. En la partida 9603 se consideran cabezas preparadas los mechones de pelo, fibra vegetal u otra materia, sin montar, listos para su uso en la fabricación de brochas, pinceles o artículos análogos, sin dividirlos o que solo necesiten un complemento poco importante de mano de obra, tal como el igualado o acabado de puntas.
4. Los artículos de este Capítulo, excepto los de las partidas 9601 a 9606 o 9615, constituidos total o parcialmente por metal precioso, chapado de metal precioso (plaqué), piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), o que lleven perlas finas (naturales) o cultivadas, permanecen clasificados en este Capítulo. Sin embargo, también están comprendidos en este Capítulo los artículos de las partidas 9601 a 9606 o 9615 con simples guarniciones o accesorios de mínima importancia de metal precioso, chapado de metal precioso (plaqué), de perlas finas (naturales) o cultivadas o piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas).
El código GTİP 9606.10.00.00.00 es la única línea del arancel de aduanas de Turquía en la subpartida SA 9606.10 (botones de presión y sus partes).
El tipo legal (Ley 474) es del 3,7 %.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 3,7 %, el derecho general en Estados Unidos va del 2,7 % al 3,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es del 5,3 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte va del 3,7 % al 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Turquía importó mercancías de la subpartida 9606.10 por valor de 11 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código GTİP 9606.10.00.00.00?
El tipo legal (Ley 474) en el arancel de aduanas de Turquía es del 3,7 %. El tipo que se aplica realmente se fija en la Decisión de Régimen de Importación y puede variar según el país de origen.
¿De dónde importa Turquía estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 9606.10, el mayor proveedor en 2024 fue China (6 M US$), por delante de Alemania.