0408 19 81 y 0408 19 89 · Las demás
La primera frase de la nota explicativa de la subpartida 0408 11 80 es aplicable mutatis mutandis.
Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 0408.19
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Importación: UE
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
| Número de orden | Origen | Derecho contingentario | Período | Volumen | Saldo | Validez |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 09.1877 | Mexico | 31 EUR / 100 kg · 33,1 EUR / 100 kg | 1 de julio de 2026 – 30 de junio de 2027 | — | — | No figura en el informe semanal |
| 09.4275 | Ukraine | Exento | 1 de enero de 2026 – 31 de diciembre de 2026 | — | — | Gestionado mediante certificados de importación |
| 09.4401 | ERGA OMNES, Argentina | 0 EUR / 100 kg · 176 EUR / t · 310 EUR / t · 331 EUR / t · 687 EUR / t · 711 EUR / t | 20 de julio de 2025 – | — | — | Gestionado mediante certificados de importación |
| 09.4403 | Chile | Exento | 1 de febrero de 2025 – | — | — | Gestionado mediante certificados de importación |
| 09.4950 | Mercosur, Argentina | Exento · 0 EUR / 100 kg | 1 de mayo de 2026 – | — | — | Gestionado mediante certificados de importación |
| 09.8200 | Viet Nam | Exento | 1 de enero de 2026 – 31 de diciembre de 2026 | 500.000 kg | 500.000 kg | Abierto |
Saldos según el informe semanal de contingentes de la Comisión con fecha 23 de octubre de 2026. Los contingentes gestionados mediante certificados se asignan a través de certificados de importación; su saldo no se publica en el informe semanal.
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
TEDB · 25 de octubre de 2026
| Acuerdo o régimen | Países | Tipo |
|---|---|---|
| derecho de terceros países (sin acuerdo) | — | 62 €/100 kg/net |
| GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) | Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 másAfganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia | Exento |
| CARIFORUM | Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 másAntigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago | Exento |
| PTU (Países y territorios de ultramar) | Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 másAntártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna | Exento |
| MercosurContingente | Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay | Exento |
| SADC EPA | Botsuana, Esuatini, Namibia | Exento |
| Estados de África Oriental y Meridional | Mauricio, Seychelles, Zimbabue | Exento |
| acuerdo UE–Andorra | Andorra | Exento |
| acuerdo UE–Albania | Albania | Exento |
| acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina | Bosnia y Herzegovina | Exento |
| acuerdo UE–Côte d’Ivoire | Côte d’Ivoire | Exento |
| acuerdo UE–ChileContingente | Chile | Exento |
| acuerdo UE–Camerún | Camerún | Exento |
| acuerdo UE–Egipto | Egipto | Exento |
| Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. | Sáhara Occidental | Exento |
| acuerdo UE–Fiyi | Fiyi | Exento |
| acuerdo UE–Reino Unido | Reino Unido | Exento |
| acuerdo UE–Georgia | Georgia | Exento |
| acuerdo UE–Ghana | Ghana | Exento |
| acuerdo UE–Israel | Israel | Exento |
| acuerdo UE–Jordania | Jordania | Exento |
| acuerdo UE–Japón | Japón | Exento |
| acuerdo UE–Kenia | Kenia | Exento |
| acuerdo UE–Corea del Sur | Corea del Sur | Exento |
| acuerdo UE–Líbano | Líbano | Exento |
| acuerdo UE–Marruecos | Marruecos | Exento |
| acuerdo UE–Moldavia | Moldavia | Exento |
| acuerdo UE–Montenegro | Montenegro | Exento |
| acuerdo UE–Macedonia del Norte | Macedonia del Norte | Exento |
| acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea | Papúa Nueva Guinea | Exento |
| acuerdo UE–Territorios Palestinos | Territorios Palestinos | Exento |
| acuerdo UE–Serbia | Serbia | Exento |
| acuerdo UE–Singapur | Singapur | Exento |
| unión aduanera UE–San Marino | San Marino | Exento |
| acuerdo UE–UcraniaContingente | Ucrania | Exento |
| acuerdo UE–VietnamContingente | Vietnam | Exento |
| acuerdo UE–Samoa | Samoa | Exento |
| acuerdo UE–Kosovo | Kosovo | Exento |
| acuerdo UE–Sudáfrica | Sudáfrica | Exento |
| acuerdo UE–MéxicoContingente | México | 31 EUR / 100 kg |
| acuerdo UE–Nueva Zelanda | Nueva Zelanda | 15,5 EUR / 100 kg |
Contingentes arancelarios OMC.
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 5,7 M € | 30,1 % | +28,6 % | |
| 5,5 M € | 28,9 % | +1.896.201 % | |
| 5,2 M € | 27,4 % | +3.397.058,8 % | |
| 2 M € | 10,3 % | +14 % | |
| 364 mil € | 1,9 % | +34,3 % | |
| 110 mil € | 0,6 % | +14,1 % | |
| 64 mil € | 0,3 % | — | |
| 59 mil € | 0,3 % | — |
0408.19 Huevos de ave sin cáscara: yemas de huevo, las demás
1. Los derechos aplicables a las mezclas contempladas en las partidas 0401 a 0406 serán los siguientes:
a) en las mezclas en las que uno de los componentes represente al menos un 90 % del peso, se aplicará el tipo correspondiente a dicho componente;
b) en los demás casos, el derecho aplicable será el que corresponda al componente sometido al gravamen más elevado.
2. A los fines de las subpartidas 040811 y 040819, es de aplicación lo siguiente:
La expresión «conservados de otro modo» también se aplica a las yemas de huevo con cantidades limitadas de sal (en general, una cantidad máxima de alrededor del 12 % en peso) o pequeñas cantidades de sustancias químicas que se añaden con fines de conservación, a condición de que se cumplan las dos condiciones siguientes:
i) que los productos mantengan el carácter de las yemas de huevo de las subpartidas 040811 y 040819;
ii) que la sal o los productos químicos no se añadan en una proporción superior a la necesaria con fines de conservación.
3. Entre los productos lácteos del capítulo 4 se incluyen los permeatos, que son productos lácteos caracterizados por un alto contenido de lactosa y que se obtienen extrayendo la grasa y las proteínas a partir de leche, lactosuero, nata o suero de mantequilla dulce, o de materias primas similares por ultrafiltración u otras técnicas de transformación.
4. A los fines de las subpartidas 040410 y 040490, es de aplicación lo siguiente:
El permeato de lactosuero y el permeato de leche pueden distinguirse analíticamente por la presencia de sustancias (por ejemplo, ácido láctico, lactatos y glicomacropéptidos) asociadas con la producción de lactosuero.
La subpartida 040410 incluye el «permeato de lactosuero», que es un producto con un olor ligeramente ácido, obtenido de suero o de mezclas de componentes naturales del lactosuero mediante ultrafiltración u otras técnicas de transformación.
La presencia de sustancias asociadas a la producción de lactosuero (por ejemplo, ácido láctico, lactatos y glicomacropéptidos) es una condición para la clasificación de los permeatos de lactosuero en dicha subpartida.
La subpartida 040490 incluye el «permeato de leche», que es un producto obtenido mediante ultrafiltración de leche, con un olor lechoso en general obtenido mediante ultrafiltración u otras técnicas de transformación. La clasificación de los permeatos de leche en la subpartida 040490 está condicionada a una cantidad limitada o ausencia de ácido láctico y lactatos (sea inferior a 0,100 % en peso, en permeato de leche en polvo, o sea inferior a 0,015 % en peso en permeato de leche en forma líquida), así como a la ausencia de glicomacropéptido.
El método que se utilizará para la detección de los lactatos será el ISO 8069:2005 y el método para la detección de suero de queso (es decir, la presencia de caseinomacropéptidos tales como los glicomacropéptidos) será el establecido en el apéndice II del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/150 de la Comisión.
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
La primera frase de la nota explicativa de la subpartida 0408 11 80 es aplicable mutatis mutandis.
Consideraciones generales
Los caseinatos obtenidos de caseína láctica se utilizan, por ejemplo, como emulsionantes (caseinato de sodio) o como aporte proteínico (caseinato de calcio). Los productos que contienen caseinatos en cantidad superior al 3 % en peso, calculada sobre materia seca, se excluyen de las partidas 0401 a 0404, al igual que aquellos caseinatos que no están presentes de forma natural en la leche a ese nivel (partida 1901, principalmente).
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | Líquidas | 62 €/100 kg/net | — |
| 2025 | sin cambios | 62 €/100 kg/net | — |
| 2024 | sin cambios | 62 €/100 kg/net | — |
| 2023 | sin cambios | 62 €/100 kg/net | — |
| 2022 | sin cambios | 62 €/100 kg/net | — |
| 2021 | sin cambios | 62 €/100 kg/net | — |
| 2020 | sin cambios | 62 €/100 kg/net | — |
| 2019 | Liquid | 62 €/100 kg/net | — |
El código NC 0408 19 81 es una línea de la nomenclatura combinada de la UE dentro de la subpartida SA 0408.19 (huevos de ave sin cáscara: yemas de huevo, las demás).
El derecho de terceros países es un derecho específico o compuesto: 62 €/100 kg/net.
114 países no pagan ningún derecho en la UE gracias a acuerdos comerciales y regímenes preferenciales como GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) y CARIFORUM, frente a un derecho de terceros países del 62 €/100 kg/net.
En la UE, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 50 %.
En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 0408.19 en la UE sumaron 19 M € (+182 % respecto a los 12 meses anteriores); el Reino Unido aportó el 30 %, por delante de Estados Unidos.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 53,1 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 20 % al 30 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 5 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 0408.19 por valor de 354 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue el Reino Unido.
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es de 62 €/100 kg/net; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
116 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 114 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
Derecho adicional del 50 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
Para el conjunto de la subpartida 0408.19, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue el Reino Unido (2 M US$), por delante de Ucrania.