Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 4103.90

4103 90 00

4103 90 00: Los demás cueros y pieles, en bruto: los demás

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 4103 Los demás cueros y pieles, en bruto (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, excepto los excluidos por las Notas 1 b) o 1 c) de este Capítulo:
  2. 4103 90 00 Los demás

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana Exento derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 4 medidas adicionales Requisitos de importación: 7
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 6

  • Derecho adicionalDerechos adicionales 50 % con el documento Y-155 (Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia) · en otro caso exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 1227/25
    Documentos
    • Y155 Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia
  • Derecho adicionalDerechos adicionales 50 %
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 1227/25
  • Suspensión arancelariaSuspensión - productos destinados a ciertas clases de buques y de plataformas de perforación o de explotación Exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 2658/87
    Documentos
    • C990 Autorización de destino final buques y plataformas (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 8

  • Control de importaciónControl veterinario
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Andorra, Suiza, Islas Feroe, Groenlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega, San Marino
    Acto jurídico
    Regulation 0632/21
    Documentos
    • N853 Documento Sanitario Común de Entrada para productos (DSCE-P) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección B, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
    • Y058 Exención en virtud del artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2019/2122 de la Comisión (Mercancías que forman parte del equipaje personal de los pasajeros y están destinadas a su consumo o uso personal) o del artículo 10 (pequeños envíos de bienes enviados a personas físicas que no están destinados a ser comercializados) del Reglamento Delegado 2019/2122 de la Comisión
    • Y170 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Andorra, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y174 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Islandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y175 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Liechtenstein, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y177 Mercancías de origen de terceros países procedentes de San Marino, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y930 Los productos declarados no están referidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632 de la Comisión
    • C084 Exención en virtud de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Reglamento 2019/2122 (animales destinados a fines científicos, muestras para diagnóstico e investigación, y muestras destinadas al análisis de los productos y a ensayos de calidad)
  • Control de importaciónControl veterinario
    Se aplica a mercancías originarias de
    Groenlandia, Islas Feroe
    Acto jurídico
    Regulation 0632/21
    Documentos
    • N853 Documento Sanitario Común de Entrada para productos (DSCE-P) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección B, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
    • Y058 Exención en virtud del artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2019/2122 de la Comisión (Mercancías que forman parte del equipaje personal de los pasajeros y están destinadas a su consumo o uso personal) o del artículo 10 (pequeños envíos de bienes enviados a personas físicas que no están destinados a ser comercializados) del Reglamento Delegado 2019/2122 de la Comisión
    • Y170 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Andorra, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y174 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Islandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y175 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Liechtenstein, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y177 Mercancías de origen de terceros países procedentes de San Marino, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y930 Los productos declarados no están referidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632 de la Comisión
    • C084 Exención en virtud de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Reglamento 2019/2122 (animales destinados a fines científicos, muestras para diagnóstico e investigación, y muestras destinadas al análisis de los productos y a ensayos de calidad)
  • Control de importaciónRestricción del despacho a libre práctica
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 3254/91
  • Control de importaciónControl a la importación – CITES
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0966/23
    Documentos
    • C400 Presentación del certificado "CITES" requerida
    • Y900 Los bienes declarados no están comprendidos en la Convención de Washington (CITES)
  • Control de importaciónControl a la importación de pieles de gatos y perros
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 1523/07
    Documentos
    • Y922 Excepto las pieles de perro y de gato mencionadas en el Reglamento (CE) nº 1523/2007 (DO L 343).
  • Control de importaciónControl a la importación de productos derivados de la foca
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 1850/15
    Documentos
    • C679 Certificado (productos derivados de la foca), emitido por un organismo reconocido de conformidad con el Reglamento (UE) no 737/2010 antes del 18 de octubre de 2015
    • C680 Notificación escrita de importación y un documento que pruebe el lugar de adquisición de los productos (productos derivados de la foca)
    • C683 Unión Europea - Certificado para la comercialización en el mercado de la Unión de productos derivados de la foca procedentes de actividades de caza de los Inuit u otras comunidades indígenas, de conformidad con el Artículo 3, Apartado 1, del Reglamento (CE) nº 1007/2009, sobre el comercio de productos derivados de la foca
    • Y032 Otros productos distintos a los productos derivados de la foca mencionados en el Reglamento (UE) 2015/1850, DO L 271
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

Medidas de exportación 2

Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.

Medidas de exportaciónDestinoActo jurídicoValidez
Control a la exportación – CITES All third countries Regulation 0966/23 20 de mayo de 2023
Control a la exportación de pieles de gatos y perros All third countries Regulation 1523/07 1 de enero de 2012

Datos TARIC a 26 de octubre de 2026

IVA a la importación en los Estados miembros

El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.

  • Alemania 19 %
  • Austria 20 %
  • Bélgica 21 %
  • Bulgaria 20 %
  • Chequia 21 %
  • Chipre 19 %
  • Croacia 25 %
  • Dinamarca 25 %
  • Eslovaquia 23 %
  • Eslovenia 22 %
  • España 21 %
  • Estonia 24 %
  • Finlandia 25,5 %
  • Francia 20 %
  • Grecia 24 %
  • Hungría 27 %
  • Irlanda 23 %
  • Italia 22 %
  • Letonia 21 %
  • Lituania 21 %
  • Luxemburgo 17 %
  • Malta 18 %
  • Países Bajos 21 %
  • Polonia 23 %
  • Portugal 23 %
  • Rumanía 21 %
  • Suecia 25 %

TEDB · 26 de octubre de 2026

UE: importaciones mensuales · HS 4103.90

últimos 12 meses3,8 M €-18,8 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación4,03 € por kg
Tipo preferencial0 %
ene 2024: 401 mil €feb 2024: 636 mil €mar 2024: 555 mil €abr 2024: 259 mil €may 2024: 527 mil €jun 2024: 345 mil €jul 2024: 688 mil €ago 2024: 287 mil €sept 2024: 598 mil €oct 2024: 478 mil €nov 2024: 574 mil €dic 2024: 438 mil €ene 2025: 202 mil €feb 2025: 178 mil €mar 2025: 178 mil €abr 2025: 566 mil €may 2025: 338 mil €jun 2025: 748 mil €jul 2025: 366 mil €ago 2025: 63 mil €sept 2025: 451 mil €oct 2025: 258 mil €nov 2025: 536 mil €dic 2025: 292 mil €ene 2026: 196 mil €feb 2026: 245 mil €mar 2026: 485 mil €abr 2026: 250 mil €may 2026: 365 mil €jun 2026: 343 mil €jul 2026: 54 mil €ago 2026: 364 mil € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
Nueva Zelanda 1,7 M € 43 % -13,5 %
Australia 583 mil € 15,2 % -59,2 %
Reino Unido 311 mil € 8,1 % +44,9 %
Sudáfrica 302 mil € 7,9 % +19 %
Noruega 238 mil € 6,2 % +5,8 %
Siria 138 mil € 3,6 % +6286,8 %
Suiza 109 mil € 2,8 % +182,3 %
Namibia 101 mil € 2,6 % +11,8 %

La misma subpartida en otros aranceles

4103.90 Los demás cueros y pieles, en bruto: los demás

Notas legales

Notas

Notas de capítulo: Capítulo 41 →

Esta subpartida en años anteriores

La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.

AñoDesignaciónDerecho de terceros paísesUnidad suplementaria
2026 Los demás Exento —
2025 sin cambios Exento —
2024 sin cambios Exento —
2023 sin cambios Exento —
2022 sin cambios Exento —
2021 sin cambios Exento —
2020 sin cambios Exento —
2019 Other Exento —

El código NC 4103 90 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 4103.90 (los demás cueros y pieles, en bruto: los demás).

El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en —.

En la UE, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 50 %.

En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 4103.90 en la UE sumaron 3,8 M € (−19 % respecto a los 12 meses anteriores); Nueva Zelanda aportó el 43 %, por delante de Australia.

Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 3,7 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es nulo, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es nulo, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.

Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 4103.90 por valor de 18,8 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Australia.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código NC 4103 90 00?

El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Se aplican derechos antidumping u otros derechos adicionales al código NC 4103 90 00?

Derecho adicional del 50 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.

¿Se aplica este derecho en España?

Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.

¿De dónde importa la UE estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 4103.90, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Australia (2,2 M US$), por delante de Malaui.

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