4104 · Cueros y pieles curtidos o crust, de bovino, incluido el búfalo, o de equino, depilados, incluso divididos pero sin otra preparación
Véanse las notas 2 A) y 2 B) de este capítulo
Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 4104.19
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Importación: UE
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
| Medidas de exportación | Destino | Acto jurídico | Validez |
|---|---|---|---|
| Control a la exportación – CITES | All third countries | Regulation 0966/23 | 20 de mayo de 2023 |
Datos TARIC a 26 de octubre de 2026
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
TEDB · 26 de octubre de 2026
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 12,6 M € | 25,4 % | +10,1 % | |
| 6,4 M € | 13 % | +57,8 % | |
| 6,1 M € | 12,4 % | +2,4 % | |
| 5,9 M € | 11,9 % | +49,8 % | |
| 2,8 M € | 5,6 % | +353,7 % | |
| 2,3 M € | 4,7 % | -30 % | |
| 2,3 M € | 4,7 % | +51,4 % | |
| 1,8 M € | 3,7 % | -28,8 % |
4104.19 En estado húmedo, incluido el wet-blue: los demás
1. Este Capítulo no comprende:
a) los recortes y desperdicios similares de cueros y pieles en bruto (partida 0511);
b) las pieles y partes de pieles de ave, con sus plumas o plumón (partidas 0505 o 6701, según los casos);
c) los cueros y pieles en bruto, curtidos o adobados, sin depilar, de animales de pelo (Capítulo 43). Sin embargo, se clasifican en este Capítulo las pieles en bruto sin depilar de bovino (incluidas las de búfalo), de equino, ovino (excepto las de cordero llamadas astracán, «Breitschwanz», «caracul», «persa» o similares y las pieles de cordero de Indias, de China, de Mongolia o del Tíbet), de caprino (excepto las de cabra, cabritilla o cabrito del Yemen, de Mongolia o del Tíbet), de porcino (incluidas las de pecarí), de gamuza, gacela, camello, dromedario, reno, alce, ciervo, corzo o perro.
2.
A) Las partidas 4104 a 4106 no comprenden los cueros y pieles que hayan sufrido un proceso de curtido (incluido el precurtido) reversible (partidas 4101 a 4103, según el caso).
B) En las partidas 4104 a 4106 la expresión crust incluye cueros y pieles que han sido recurtidos, coloreados o engrasados en baño, previo al secado.
3. En la nomenclatura, la expresión cuero regenerado se refiere a las materias comprendidas en la partida 4115.
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
Véanse las notas 2 A) y 2 B) de este capítulo
Los cueros y pieles simplemente curtidos son reconocibles sobre todo del lado de la carne en el que se pueden apreciar, especialmente en los bordes, un número más o menos grande de fibras de origen subcutáneo. Por esta razón, el lado de la carne presenta una superficie fibrosa y rugosa. Los cueros y pieles parcialmente curtidos (precurtidos) se asimilan a los cueros y pieles simplemente curtidos.
Las operaciones destinadas al acabado del curtido propiamente dicho y durante las cuales se separan los productos utilizados para el curtido y el agua que aún contienen (por ejemplo: lavado, escurrido, prensado, secado y estirado), no modifican la clasificación de estos cueros y pieles. Esto es válido también para el simple dividido de cueros y pieles simplemente curtidos.
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | Cueros y pieles enteros, con una superficie por unidad superior a 2,6 m2 (28 pies cuadrados) | Exento | p/st |
| 2025 | sin cambios | Exento | p/st |
| 2024 | sin cambios | Exento | p/st |
| 2023 | sin cambios | Exento | p/st |
| 2022 | sin cambios | Exento | p/st |
| 2021 | sin cambios | Exento | p/st |
| 2020 | sin cambios | Exento | p/st |
| 2019 | Whole hides and skins, of a unit surface area exceeding 28 square feet (2,6 m2) | Exento | p/st |
El código NC 4104 19 51 es una línea de la nomenclatura combinada de la UE dentro de la subpartida SA 4104.19 (en estado húmedo, incluido el wet-blue: los demás).
El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en p/st.
En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 4104.19 en la UE sumaron 49,5 M € (+18 % respecto a los 12 meses anteriores); Brasil aportó el 25 %, por delante de Argentina.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 0 % al 5,5 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil va del 3,6 % al 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 3,6 % al 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 0 % al 30 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 5 % y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 4104.19 por valor de 188 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Brasil.
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es p/st. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
Para el conjunto de la subpartida 4104.19, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Brasil (12,4 M US$), por delante de Estados Unidos.