Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 4408.90
4408 90 35: Tablillas para la fabricación de lápices
Chapas de madera para chapado (no coníferas)
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 4408 Hojas para chapado (incluidas las obtenidas por cortado de madera estratificada), para contrachapado o para maderas estratificadas similares y demás maderas aserradas longitudinalmente, cortadas o desenrolladas, incluso cepilladas, lijadas, unidas longitudinalmente o por los extremos, de espesor inferior o igual a 6 mm:
- 4408 90 Las demás:
- Las demás:
- 4408 90 35 Tablillas para la fabricación de lápices
Lo que paga
Importación: UE
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 4
- Destino finalDerecho no preferencial en régimen de destino final Exento
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Acto jurídico
- Regulation 1549/06
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- hasta el 31 de octubre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 2108/26
- Documentos
- Y126 Goods sold in distance sales
Requisitos de importación 10
- Prohibición o restricciónProhibición a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Bielorrusia, Corea del Norte
- Acto jurídico
- Regulation 0355/22, Regulation 0285/18
- Control de importaciónControl oficial - plantas
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Suiza
- Acto jurídico
- Regulation 2072/19
- Control de importaciónControl oficial - plantas
- Se aplica a mercancías originarias de
- Afganistán, Albania, Antigua y Barbuda, Arabia Saudí, Argentina, Armenia, Bahamas, Bangladés y 77 más
- Acto jurídico
- Regulation 2072/19
- Documentos
- C085 Documento Sanitario Común de Entrada para vegetales y productos vegetales (DSCE-PP) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección C, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
- Y146 Exención de los productos destinados a fines científicos de conformidad con el artículo 48, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/2031
- Y979 Exención de los controles oficiales en el caso de los vegetales, distintos de los vegetales para plantación, productos vegetales y otros objetos que formen parte del equipaje personal de los pasajeros y se destinen a su consumo o utilización personal [Reglamento (UE) 2019/2122, artículo 7 quinquies]
- Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
- Y122 Mercancías originarias de Rusia, de una región en la que no se solicita el DSCE-PP [parte A, anexo XI, del Reglamento (UE) 2019/2072]
- Control de importaciónRestricción del despacho a libre práctica
- Se aplica a mercancías originarias de
- Irak, Siria
- Acto jurídico
- Regulation 1210/03, Regulation 1332/13
- Control de importaciónControl a la importación – CITES
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Acto jurídico
- Regulation 0966/23
- Control de importaciónControl de las importaciones de madera y de productos de la madera objeto del sistema de licencias FLEGT
- Se aplica a mercancías originarias de
- Indonesia
- Acto jurídico
- Decision 0284/14
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0692/14
- Documentos
- Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Rusia
- Vigencia
- hasta el 31 de diciembre de 2027
- Acto jurídico
- Regulation 0833/14
- Documentos
- L142 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- Y874 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).
- L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0263/22
- Documentos
- Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- Control de importaciónControl de las importaciones de madera y de productos de la madera objeto del sistema de licencias FLEGT-Ghana
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ghana
- Acto jurídico
- Decision 0151/10
Medidas de exportación 3
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
| Medidas de exportación | Destino | Acto jurídico | Validez |
|---|---|---|---|
| Restricción a la exportaciónRégimen de sanciones: Iraq | All third countries | Regulation 1210/03 | 1 de enero de 2007 |
| Autorización de exportaciónRégimen de sanciones: Syria | All third countries | Regulation 1332/13 | 15 de diciembre de 2013 |
| Control a la exportación – CITES | All third countries | Regulation 0966/23 | 20 de mayo de 2023 |
Datos TARIC a 26 de octubre de 2026
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
-
Alemania 19 %
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Austria 20 %
-
Bélgica 21 %
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Bulgaria 20 %
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Chequia 21 %
-
Chipre 19 %
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Croacia 25 %
-
Dinamarca 25 %
-
Eslovaquia 23 %
-
Eslovenia 22 %
-
España 21 %
-
Estonia 24 %
-
Finlandia 25,5 %
-
Francia 20 %
-
Grecia 24 %
-
Hungría 27 %
-
Irlanda 23 %
-
Italia 22 %
-
Letonia 21 %
-
Lituania 21 %
-
Luxemburgo 17 %
-
Malta 18 %
-
Países Bajos 21 %
-
Polonia 23 %
-
Portugal 23 %
-
Rumanía 21 %
-
Suecia 25 %
TEDB · 26 de octubre de 2026
Notas a pie de página
La inclusión en esta subpartida se subordinará a las condiciones previstas en las disposiciones de la Unión Europea dictadas en la materia [véase el artículo 254 del Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 269 de 10.10.2013, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/952/oj)].
UE: importaciones mensuales · HS 4408.90
Principales proveedores, últimos 12 meses
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 231 M € | 59,8 % | +18,4 % | |
| 85,7 M € | 22,2 % | +1,6 % | |
| 25,6 M € | 6,6 % | -17,6 % | |
| 11,1 M € | 2,9 % | +16 % | |
| 10,4 M € | 2,7 % | +25,6 % | |
| 6,9 M € | 1,8 % | +14,9 % | |
| 6,3 M € | 1,6 % | -32,1 % | |
| 2,1 M € | 0,5 % | +22,8 % |
La misma subpartida en otros aranceles
4408.90 Hojas para chapado: las demás
Líneas arancelarias (UE): 4408.90
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N359629 U.S. CBP
The classification of wood veneers from Germany
- N358917 U.S. CBP
The classification and country of origin of wood veneers
- N343597 U.S. CBP
The tariff classification engineered wood veneer sheets with fleece backing from China
- N320041 U.S. CBP
The tariff classification of bamboo core boards, bamboo veneers, and cork sheet from China
Notas legales
Reglamento de la UE sobre deforestación (EUDR)
Los productos de estas materias primas solo pueden introducirse en el mercado de la UE o exportarse si están libres de deforestación, se han producido legalmente y están amparados por una declaración de diligencia debida.
- Madera aplicable desde el 30 de diciembre de 2026
Sheets for veneering (including those obtained by slicing laminated wood), for plywood or for other similar laminated wood and other wood, sawn lengthwise, sliced or peeled, whether or not planed, sanded, spliced or end-jointed, of a thickness not exceeding 6 mm
Reglamento (UE) 2023/1115, anexo I (texto consolidado)
Esta subpartida en años anteriores
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | Tablillas para la fabricación de lápices | Exento | m3 |
| 2025 | sin cambios | Exento | m3 |
| 2024 | sin cambios | Exento | m3 |
| 2023 | sin cambios | Exento | m3 |
| 2022 | sin cambios | Exento | m3 |
| 2021 | sin cambios | Exento | m3 |
| 2020 | sin cambios | Exento | m3 |
| 2019 | Small boards for the manufacture of pencils | Exento | m3 |
El código NC 4408 90 35 es una línea de la nomenclatura combinada de la UE dentro de la subpartida SA 4408.90 (hojas para chapado: las demás).
El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en m3.
En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 4408.90 en la UE sumaron 386,4 M € (+7 % respecto a los 12 meses anteriores); Ucrania aportó el 60 %, por delante de Estados Unidos.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 0 % al 4 %, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil va del 5,4 % al 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 5,4 % al 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 5 % al 6 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 0 % al 8,5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 4408.90 por valor de 1270 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Ucrania.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 4408 90 35?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es m3. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 4408.90, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Ucrania (184 M US$), por delante de Estados Unidos.