Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 4414.10
4414 10 10: De las maderas tropicales citadas en la Nota complementaria 2 de este Capítulo
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 4414 Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares:
- 4414 10 De maderas tropicales:
- 4414 10 10 De las maderas tropicales citadas en la Nota complementaria 2 de este Capítulo
Lo que paga
Importación: UE
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 4
- Suspensión arancelariaSuspensión - productos destinados a ciertas clases de buques y de plataformas de perforación o de explotación Exento
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Acto jurídico
- Regulation 2658/87
- Documentos
- C990 Autorización de destino final buques y plataformas (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- hasta el 31 de octubre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 2108/26
- Documentos
- Y126 Goods sold in distance sales
Requisitos de importación 7
- Prohibición o restricciónProhibición a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Bielorrusia, Corea del Norte
- Acto jurídico
- Regulation 0355/22, Regulation 0285/18
- Control de importaciónRestricción del despacho a libre práctica
- Se aplica a mercancías originarias de
- Irak, Siria
- Acto jurídico
- Regulation 1210/03, Regulation 1332/13
- Control de importaciónControl a la importación – CITES
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Acto jurídico
- Regulation 0966/23
- Control de importaciónControl de las importaciones de madera y de productos de la madera objeto del sistema de licencias FLEGT
- Se aplica a mercancías originarias de
- Indonesia
- Acto jurídico
- Decision 0284/14
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0692/14
- Documentos
- Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Rusia
- Vigencia
- hasta el 31 de diciembre de 2027
- Acto jurídico
- Regulation 0833/14
- Documentos
- L142 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- Y874 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).
- L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0263/22
- Documentos
- Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Medidas de exportación 4
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
| Medidas de exportación | Destino | Acto jurídico | Validez |
|---|---|---|---|
| Restricción a la exportaciónRégimen de sanciones: Iraq | All third countries | Regulation 1210/03 | 1 de enero de 2007 |
| Autorización de exportaciónRégimen de sanciones: Syria | All third countries | Regulation 1332/13 | 15 de diciembre de 2013 |
| Control a la exportación – CITES | All third countries | Regulation 0966/23 | 20 de mayo de 2023 |
| Control de las exportaciones de bienes culturales | All third countries | Regulation 0116/09 | 2 de marzo de 2009 |
Datos TARIC a 24 de octubre de 2026
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
-
Alemania 19 %
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Austria 20 %
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Bélgica 21 %
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Bulgaria 20 %
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Chequia 21 %
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Chipre 19 %
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Croacia 25 %
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Dinamarca 25 %
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Eslovaquia 23 %
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Eslovenia 22 %
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España 21 %
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Estonia 24 %
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Finlandia 25,5 %
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Francia 20 %
-
Grecia 24 %
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Hungría 27 %
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Irlanda 23 %
-
Italia 22 %
-
Letonia 21 %
-
Lituania 21 %
-
Luxemburgo 17 %
-
Malta 18 %
-
Países Bajos 21 %
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Polonia 23 %
-
Portugal 23 %
-
Rumanía 21 %
-
Suecia 25 %
TEDB · 24 de octubre de 2026
Tipos preferenciales por país
| Acuerdo o régimen | Países | Tipo |
|---|---|---|
| derecho de terceros países (sin acuerdo) | — | 5,1 % |
| GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) | Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 másAfganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia | Exento |
| CARIFORUM | Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 másAntigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago | Exento |
| PTU (Países y territorios de ultramar) | Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 másAntártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna | Exento |
| SPG - Régimen general | Congo, India, Islas Cook, Kenia y 6 másCongo, India, Islas Cook, Kenia, Micronesia, Nigeria, Niue, Siria, Tayikistán, Vanuatu | Exento |
| GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza) | Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 másBolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán | Exento |
| América Central | Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá | Exento |
| SADC EPA | Botsuana, Esuatini, Namibia | Exento |
| Espacio Económico Europeo | Islandia, Liechtenstein, Noruega | Exento |
| Estados de África Oriental y Meridional | Mauricio, Seychelles, Zimbabue | Exento |
| unión aduanera UE–Andorra | Andorra | Exento |
| acuerdo UE–Albania | Albania | Exento |
| acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina | Bosnia y Herzegovina | Exento |
| acuerdo UE–Canadá | Canadá | Exento |
| acuerdo UE–Suiza | Suiza | Exento |
| acuerdo UE–Côte d’Ivoire | Côte d’Ivoire | Exento |
| acuerdo UE–Chile | Chile | Exento |
| acuerdo UE–Camerún | Camerún | Exento |
| acuerdo UE–Colombia | Colombia | Exento |
| acuerdo UE–Argelia | Argelia | Exento |
| acuerdo UE–Ecuador | Ecuador | Exento |
| acuerdo UE–Egipto | Egipto | Exento |
| Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. | Sáhara Occidental | Exento |
| acuerdo UE–Fiyi | Fiyi | Exento |
| acuerdo UE–Islas Feroe | Islas Feroe | Exento |
| acuerdo UE–Reino Unido | Reino Unido | Exento |
| acuerdo UE–Georgia | Georgia | Exento |
| acuerdo UE–Ghana | Ghana | Exento |
| acuerdo UE–Israel | Israel | Exento |
| acuerdo UE–Jordania | Jordania | Exento |
| acuerdo UE–Japón | Japón | Exento |
| acuerdo UE–Corea del Sur | Corea del Sur | Exento |
| acuerdo UE–Líbano | Líbano | Exento |
| acuerdo UE–Marruecos | Marruecos | Exento |
| acuerdo UE–Moldavia | Moldavia | Exento |
| acuerdo UE–Montenegro | Montenegro | Exento |
| acuerdo UE–Macedonia del Norte | Macedonia del Norte | Exento |
| acuerdo UE–México | México | Exento |
| acuerdo UE–Nueva Zelanda | Nueva Zelanda | Exento |
| acuerdo UE–Perú | Perú | Exento |
| acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea | Papúa Nueva Guinea | Exento |
| acuerdo UE–Territorios Palestinos | Territorios Palestinos | Exento |
| acuerdo UE–Serbia | Serbia | Exento |
| acuerdo UE–Singapur | Singapur | Exento |
| unión aduanera UE–San Marino | San Marino | Exento |
| acuerdo UE–Túnez | Túnez | Exento |
| unión aduanera UE–Turquía | Turquía | Exento |
| acuerdo UE–Ucrania | Ucrania | Exento |
| acuerdo UE–Estados Unidos | Estados Unidos | Exento |
| acuerdo UE–Vietnam | Vietnam | Exento |
| acuerdo UE–Samoa | Samoa | Exento |
| acuerdo UE–Kosovo | Kosovo | Exento |
| acuerdo UE–Sudáfrica | Sudáfrica | Exento |
| Mercosur | Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay | 2 % |
Notas a pie de página
Derecho de aduana autónomo: 2,5.
UE: importaciones mensuales · HS 4414.10
Principales proveedores, últimos 12 meses
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 2,3 M € | 42,1 % | -25,5 % | |
| 1,2 M € | 21,7 % | +3 % | |
| 1 M € | 18,8 % | -21,7 % | |
| 544 mil € | 10,1 % | -27,6 % | |
| 99 mil € | 1,9 % | +30,9 % | |
| 49 mil € | 0,9 % | +15,4 % | |
| 26 mil € | 0,5 % | +314,8 % | |
| 25 mil € | 0,5 % | +46,5 % |
La misma subpartida en otros aranceles
4414.10 Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos: de maderas tropicales
Líneas arancelarias (UE): 4414.10
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) las virutas y astillas de madera ni la madera triturada, molida o pulverizada, de las especies utilizadas principalmente en perfumería, en medicina o para usos insecticidas, parasiticidas o similares (partida 1211);
b) el bambú ni demás materias de naturaleza leñosa de las especies utilizadas principalmente en cestería o espartería, en bruto, incluso hendidos, aserrados longitudinalmente o cortados en longitudes determinadas (partida 1401);
c) las virutas y astillas de madera ni la madera molida o pulverizada, de las especies utilizadas principalmente como tintóreas o curtientes (partida 1404);
d) el carbón activado (partida 3802);
e) los artículos de la partida 4202;
f) las manufacturas del Capítulo 46;
g) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
h) los artículos del Capítulo 66 (por ejemplo: paraguas, bastones y sus partes);
ij) las manufacturas de la partida 6808;
k) la bisutería de la partida 7117;
l) los artículos de las secciones XVI o XVII (por ejemplo: partes de máquinas, cajas, cubiertas o armarios para máquinas y aparatos y partes de carretería);
m) los artículos de la Sección XVIII (por ejemplo: cajas y envolturas similares de aparatos de relojería y los instrumentos musicales y sus partes);
n) las partes de armas (partida 9305);
o) los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, luminarias y aparatos de alumbrado, construcciones prefabricadas);
p) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);
q) los artículos del Capítulo 96 (por ejemplo: pipas y sus partes, botones, lápices y monopies, bípodes, trípodes y artículos similares) excepto los mangos y monturas, de madera, para artículos de la partida 9603;
r) los artículos del Capítulo 97 (por ejemplo: objetos de arte).
2. En este Capítulo, se entiende por madera densificada, la madera, incluso la chapada, que haya recibido un tratamiento químico o físico (en la madera chapada, éste debe ser más intenso que el necesario para asegurar la cohesión) de tal naturaleza que produzca un aumento sensible de la densidad o de la dureza, así como mayor resistencia a los efectos mecánicos, químicos o eléctricos.
3. En las partidas 4414 a 4421, los artículos de tableros de partículas o tableros similares, de tableros de fibra, de madera estratificada o de madera densificada, se asimilan a los artículos correspondientes de madera.
4. Los productos de las partidas 4410, 4411 o 4412 pueden estar trabajados para obtener los perfiles admitidos en la madera de la partida 4409, curvados, ondulados, perforados, cortados u obtenidos en forma distinta de la cuadrada o rectangular o trabajados de otro modo, siempre que estos trabajos no les confieran las características de artículos de otras partidas.
5. La partida 4417 no comprende las herramientas cuya hoja, cuchilla, superficie u otra parte operante esté constituida por alguna de las materias mencionadas en la Nota 1 del Capítulo 82.
6. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota 1 anterior y salvo disposición en contrario, cualquier referencia a madera en un texto de partida de este Capítulo se aplica también al bambú y demás materias de naturaleza leñosa.
Notas complementarias
1. Se entiende por «harina de madera», a los efectos de la partida 4405, el polvo de madera que pase por un tamiz con abertura de mallas de 0,63 mm con un desperdicio inferior o igual al 8 % en peso.
2. Para la aplicación de las subpartidas 44141010, 44182110, 44192010, 44201110 y 44209091, se entiende por «maderas tropicales» las maderas tropicales siguientes: Alan, Azobé, Balsa, Caoba Africana, Caoba Americana (Swietenia spp.), Dark Red Meranti, Dibétou, Ilomba, Imbuia, Iroko, Jelutong, Jongkong, Kapur, Kempas, Keruing, Light Red Meranti, Limba, Makoré, Mansonia, Meranti Bakau, Merbau, Obeche, Okoumé, Palissandre de Para, Palissandre de Rio, Palissandre de Rose, Ramin, Sapelli, Sipo, Teca, Tiama, Virola, White Lauan, White Meranti, White Seraya y Yellow Meranti.
Reglamento de la UE sobre deforestación (EUDR)
Los productos de estas materias primas solo pueden introducirse en el mercado de la UE o exportarse si están libres de deforestación, se han producido legalmente y están amparados por una declaración de diligencia debida.
- Madera aplicable desde el 30 de diciembre de 2026
Wooden frames for paintings, photographs, mirrors or similar objects (not including used products and second-hand products)
Reglamento (UE) 2023/1115, anexo I (texto consolidado)
Esta subpartida en años anteriores
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | De las maderas tropicales citadas en la Nota complementaria 2 de este Capítulo | 5,1 % | — |
| 2025 | sin cambios | 5,1 % | — |
| 2024 | sin cambios | 5,1 % | — |
| 2023 | sin cambios | 5,1 % | — |
| 2022 | Of tropical wood specified in additional note 2 to this chapter | 5,1 % | — |
| 2021 | no figura en la nomenclatura de ese año | — | — |
| 2020 | no figura en la nomenclatura de ese año | — | — |
| 2019 | no figura en la nomenclatura de ese año | — | — |
Historial del código
Desde 2022; antes, estas mercancías se clasificaban en 4414 00 10.
El código NC 4414 10 10 es una línea de la nomenclatura combinada de la UE dentro de la subpartida SA 4414.10 (marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos: de maderas tropicales).
El derecho de terceros países es del 5,1 %, y las cantidades se declaran en —.
148 países no pagan ningún derecho en la UE gracias a acuerdos comerciales y regímenes preferenciales como GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) y CARIFORUM, frente a un derecho de terceros países del 5,1 %.
En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 4414.10 en la UE sumaron 5,4 M € (−18 % respecto a los 12 meses anteriores); China aportó el 42 %, por delante de Indonesia.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 0 % al 2,5 %, el derecho general en Estados Unidos es del 3,9 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 0 % al 2 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es del 6 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón es del 3,2 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 4414.10 por valor de 29 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 4414 10 10?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 5,1 %; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 4414 10 10?
152 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 148 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 4414.10, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue China (2 M US$), por delante del Reino Unido.