Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 7110.49

7110 49 00

7110 49 00: Iridio, osmio y rutenio: los demás

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 7110 Platino en bruto, semilabrado o en polvo:
  2. Iridio, osmio y rutenio:
  3. 7110 49 00 Los demás

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana Exento derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 2 medidas adicionales Requisitos de importación: 7
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 3

  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 9

  • Prohibición o restricciónProhibición a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Corea del Norte
    Acto jurídico
    Regulation 1509/17
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Irán
    Acto jurídico
    Regulation 0267/12
    Documentos
    • Y949 Mercancías distintas de las descritas en las notas a pie de página vinculadas a la medida (R267/2012)
    • C067 Autorización de importación de bienes y tecnologías restringidos [Reglamento (UE) n.º 267/2012 del Consejo]
    • Y069 Mercancías no expedidas desde Irán
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Irán
    Acto jurídico
    Regulation 0267/12
    Documentos
    • Y949 Mercancías distintas de las descritas en las notas a pie de página vinculadas a la medida (R267/2012)
  • Control de importaciónControl a la importación de artículos de lujo
    Se aplica a mercancías originarias de
    Corea del Norte
    Acto jurídico
    Regulation 2062/17
    Documentos
    • Y945 Bienes sin carácter comercial, para uso personal de los viajeros, contenidos en sus equipajes (artículo 10, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1509)
    • Y946 Bienes que sean necesarios a fines oficiales de las misiones diplomáticas o consulares de los Estados miembros en la RPDC o de organizaciones internacionales que gocen de inmunidades con arreglo al Derecho internacional, o a los efectos personales de su personal (artículo 10, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1509)
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Irán
    Acto jurídico
    Regulation 0267/12
    Documentos
    • Y257 Mercancías importadas de cualquier entidad o persona no enumerada en el artículo 15, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 267/2012
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Irán
    Acto jurídico
    Regulation 0267/12
    Documentos
    • Y750 Las mercancías declaradas no están sujetas al Reglamento (CE) no 267/2012 del Consejo, Anexo II
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia, Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0765/06, Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y727 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 3).
    • Y728 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 4).
    • L152 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
    • Y870 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Rusia
    Vigencia
    hasta el 31 de diciembre de 2027
    Acto jurídico
    Regulation 0833/14
    Documentos
    • L142 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
    • Y874 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).
    • L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
    • Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

Medidas de exportación 12

Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.

Medidas de exportaciónDestinoActo jurídicoValidez
Prohibición a la exportaciónRégimen de sanciones: North Korea Corea del Norte Regulation 1509/17 28 de junio de 2018
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Crimea and Sevastopol Ucrania Regulation 0692/14 25 de febrero de 2025
Control a la exportacion de artículos de lujoRégimen de sanciones: Russia Rusia Regulation 0833/14 24 de junio de 2023
Control a la exportacion de artículos de lujoRégimen de sanciones: North Korea Corea del Norte Regulation 2062/17 28 de junio de 2018
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Iran Irán Regulation 0267/12 30 de septiembre de 2025
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: North Korea Corea del Norte Regulation 1509/17 11 de abril de 2025
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Iran Irán Regulation 0267/12 30 de septiembre de 2025
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Non-government-controlled areas of Ukraine Ucrania Regulation 0263/22 25 de agosto de 2022
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Russia Rusia Regulation 0833/14 24 de junio de 2023
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Belarus Bielorrusia Regulation 0765/06 25 de febrero de 2025
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Iran Irán Regulation 0267/12 30 de septiembre de 2025
Autorización a la exportación (Doble uso) All third countries Regulation 2003/25 15 de noviembre de 2025

Datos TARIC a 26 de octubre de 2026

IVA a la importación en los Estados miembros

El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.

  • Alemania 19 %
  • Austria 20 %
  • Bélgica 21 %
  • Bulgaria 20 %
  • Chequia 21 %
  • Chipre 19 %
  • Croacia 25 %
  • Dinamarca 25 %
  • Eslovaquia 23 %
  • Eslovenia 22 %
  • España 21 %
  • Estonia 24 %
  • Finlandia 25,5 %
  • Francia 20 %
  • Grecia 24 %
  • Hungría 27 %
  • Irlanda 23 %
  • Italia 22 %
  • Letonia 21 %
  • Lituania 21 %
  • Luxemburgo 17 %
  • Malta 18 %
  • Países Bajos 21 %
  • Polonia 23 %
  • Portugal 23 %
  • Rumanía 21 %
  • Suecia 25 %

TEDB · 26 de octubre de 2026

UE: importaciones mensuales · HS 7110.49

últimos 12 meses58,5 M €+63,7 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación60.338,45 € por kg
Tipo preferencial0 %
ene 2024: 2,2 M €feb 2024: 5 M €mar 2024: 4,2 M €abr 2024: 2,7 M €may 2024: 7,6 M €jun 2024: 1,8 M €jul 2024: 4,4 M €ago 2024: 2,4 M €sept 2024: 2,5 M €oct 2024: 3,6 M €nov 2024: 3,9 M €dic 2024: 2,9 M €ene 2025: 4,5 M €feb 2025: 2 M €mar 2025: 4,2 M €abr 2025: 2,3 M €may 2025: 1,8 M €jun 2025: 2,8 M €jul 2025: 2,5 M €ago 2025: 2,8 M €sept 2025: 2,8 M €oct 2025: 4,1 M €nov 2025: 5 M €dic 2025: 1,3 M €ene 2026: 5,4 M €feb 2026: 3,7 M €mar 2026: 8,3 M €abr 2026: 5,7 M €may 2026: 4,9 M €jun 2026: 4,7 M €jul 2026: 6,1 M €ago 2026: 6,4 M € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
Japón 42,4 M € 72,5 % +101,5 %
Estados Unidos 8,8 M € 15 % +1,7 %
Reino Unido 5 M € 8,5 % +67,6 %
Suiza 988 mil € 1,7 % -6,7 %
China 775 mil € 1,3 % +273,8 %
Singapur 539 mil € 0,9 % —
India 32 mil € 0,1 % +602,7 %
Chile 18 mil € 0 % —

La misma subpartida en otros aranceles

7110.49 Iridio, osmio y rutenio: los demás

Notas legales

Notas de subpartida

Notas de capítulo: Capítulo 71 →

Notas explicativas de la NC

Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.

7110 · Platino en bruto, semilabrado o en polvo

Para la clasificación de las aleaciones en las subpartidas de esta partida, véase la nota de subpartida 3 de este capítulo.

Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union

Esta subpartida en años anteriores

La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.

AñoDesignaciónDerecho de terceros paísesUnidad suplementaria
2026 Los demás Exento g
2025 sin cambios Exento g
2024 sin cambios Exento g
2023 sin cambios Exento g
2022 sin cambios Exento g
2021 sin cambios Exento g
2020 sin cambios Exento g
2019 Other Exento g

El código NC 7110 49 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 7110.49 (iridio, osmio y rutenio: los demás).

El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en g.

Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 7110.49 por valor de 58,5 M € (+64 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 60.338,45 € por kilo; Japón aportó el 73 %, por delante de Estados Unidos.

Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 10,8 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 10,8 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es nulo, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 7 % y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.

Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 7110.49 por valor de 68 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Japón.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código NC 7110 49 00?

El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es g. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Se aplica este derecho en España?

Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.

¿De dónde importa la UE estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 7110.49, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Japón (21 M US$), por delante del Reino Unido.

Descargar en CSV Seguir cambios (RSS)