Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 8432.21

8432 21 00

8432 21 00: Gradas (rastras) de discos

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 8432 Máquinas, aparatos y artefactos agrícolas, hortícolas o silvícolas, para la preparación o el trabajo del suelo o para el cultivo; rodillos para césped o terrenos de deporte:
  2. Gradas (rastras), escarificadores, cultivadores, extirpadores, azadas, rotativas (rotocultores), escardadoras y binadoras:
  3. 8432 21 00 Gradas (rastras) de discos

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana Exento derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 1 medida adicional Requisitos de importación: 5
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 1

  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 5

  • Prohibición o restricciónProhibición a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Corea del Norte
    Acto jurídico
    Regulation 0285/18
  • Control de importaciónControl oficial - plantas
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Suiza
    Acto jurídico
    Regulation 2072/19
  • Control de importaciónControl de las importaciones de gases fluorados de efecto invernadero
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0573/24
    Documentos
    • Y152 Exención de la prohibición de importación concedida para su reparación o revisión, de conformidad con el artículo 11, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y986 Excepción a la prohibición de importación de conformidad con el artículo 11, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y160 Mercancías distintas de las sujetas a las disposiciones pertinentes del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y169 Productos y aparatos, incluidas las piezas, que contengan gases fluorados o cuyo funcionamiento dependa de gases fluorados no sujetos a una prohibición impuesta por el artículo 11.1. (excluidas las exenciones militares y de reparación) y el anexo IV [Reglamento (UE) 2024/573]
    • Y123 Empresa registrada en el portal de gases fluorados de conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) 2024/573
    • C057 Copia de la declaración de conformidad - Opción A, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, y en el anexo del Reglamento (UE) 2025/2155
    • C079 Copia de la declaración de conformidad - Opción B, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, y en el anexo del Reglamento (UE) 2025/2155
    • C082 Copia de la declaración de conformidad - Opción C, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, y en el anexo del Reglamento (UE) 2025/2155
    • Y120 Empresas que importen menos de 10 toneladas equivalentes de CO₂ de hidrofluorocarburos al año contenidas en productos o aparatos exentos de lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento (UE) 2024/573 [artículo 19, apartado 6, del Reglamento (UE) 2024/573]
    • Y179 Productos o aparatos precargados con gases fluorados de efecto invernadero a los que no se aplica el artículo 19 del Reglamento (CE) n.º 2024/573 (por ejemplo, porque no contienen HFC)
    • Y054 Mercancías etiquetadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y163 Masa neta de los gases fluorados de efecto invernadero cargados en productos y aparatos
    • Y121 Toneladas equivalentes de CO₂ de los gases a granel y de los gases contenidos en los productos o aparatos, y en sus partes
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

Medidas de exportación 4

Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.

Medidas de exportaciónDestinoActo jurídicoValidez
Prohibición a la exportaciónRégimen de sanciones: North Korea Corea del Norte Regulation 0285/18 28 de febrero de 2018
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Crimea and Sevastopol Ucrania Regulation 0692/14 25 de febrero de 2025
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Non-government-controlled areas of Ukraine Ucrania Regulation 0263/22 25 de agosto de 2022
Control a la exportación de gases fluorados de efecto invernadero All third countries Regulation 0573/24 12 de marzo de 2025

Datos TARIC a 2 de noviembre de 2026

IVA a la importación en los Estados miembros

El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.

  • Alemania 19 %
  • Austria 20 %
  • Bélgica 21 %
  • Bulgaria 20 %
  • Chequia 21 %
  • Chipre 3 % / 5 % tipo reducido
  • Croacia 25 %
  • Dinamarca 25 %
  • Eslovaquia 23 %
  • Eslovenia 22 %
  • España 21 %
  • Estonia 24 %
  • Finlandia 25,5 %
  • Francia 20 %
  • Grecia 13 % tipo reducido
  • Hungría 27 %
  • Irlanda 23 %
  • Italia 22 %
  • Letonia 21 %
  • Lituania 21 %
  • Luxemburgo 17 %
  • Malta 18 %
  • Países Bajos 21 %
  • Polonia 23 %
  • Portugal 23 %
  • Rumanía 21 %
  • Suecia 25 %

TEDB · 2 de noviembre de 2026

UE: importaciones mensuales · HS 8432.21

últimos 12 meses7,8 M €+7,4 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación3,52 € por kg
Tipo preferencial0 %
ene 2024: 415 mil €feb 2024: 354 mil €mar 2024: 638 mil €abr 2024: 603 mil €may 2024: 336 mil €jun 2024: 338 mil €jul 2024: 457 mil €ago 2024: 568 mil €sept 2024: 715 mil €oct 2024: 510 mil €nov 2024: 815 mil €dic 2024: 441 mil €ene 2025: 316 mil €feb 2025: 388 mil €mar 2025: 644 mil €abr 2025: 357 mil €may 2025: 429 mil €jun 2025: 1,1 M €jul 2025: 720 mil €ago 2025: 834 mil €sept 2025: 943 mil €oct 2025: 1,3 M €nov 2025: 841 mil €dic 2025: 407 mil €ene 2026: 272 mil €feb 2026: 532 mil €mar 2026: 516 mil €abr 2026: 506 mil €may 2026: 490 mil €jun 2026: 627 mil €jul 2026: 499 mil €ago 2026: 890 mil € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
Turquía 3,5 M € 44,7 % +31,3 %
Reino Unido 1,1 M € 14,8 % -14,4 %
India 1 M € 13,3 % +110,4 %
China 506 mil € 6,5 % +14,4 %
Ucrania 440 mil € 5,7 % -56,5 %
Serbia 351 mil € 4,5 % -29,2 %
Canadá 280 mil € 3,6 % —
Estados Unidos 197 mil € 2,5 % +54,4 %

La misma subpartida en otros aranceles

8432.21 Gradas (rastras) de discos

Notas legales

Notas de capítulo: Capítulo 84 →

Notas explicativas de la NC

Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.

Consideraciones generales del capítulo

REACTORES NUCLEARES, CALDERAS, MÁQUINAS, APARATOS Y ARTEFACTOS MECÁNICOS; PARTES DE ESTAS MÁQUINAS O APARATOS

Consideraciones generales

A efectos de aplicación de las subpartidas 8407 34 10, 8407 90 50 y 8408 20 10, se entiende por «que se destinen a la industria del montaje» exclusivamente a la utilización en las factorías de montaje o de fabricación de vehículos automóviles (incluidas las empresas subcontratadas) para el montaje en serie de vehículos nuevos.

Estas subpartidas sólo pueden aplicarse a los motores efectivamente utilizados en el montaje de los vehículos nuevos que se citan en el propio texto de la subpartida. No comprende, pues, los motores similares que vayan a utilizarse como piezas de recambio.

Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union

Esta subpartida en años anteriores

La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.

AñoDesignaciónDerecho de terceros paísesUnidad suplementaria
2026 Gradas (rastras) de discos Exento p/st
2025 sin cambios Exento p/st
2024 sin cambios Exento p/st
2023 sin cambios Exento p/st
2022 sin cambios Exento p/st
2021 sin cambios Exento p/st
2020 sin cambios Exento p/st
2019 Disc harrows Exento p/st

El código NC 8432 21 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 8432.21 (gradas (rastras) de discos).

El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en p/st.

Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 8432.21 por valor de 7,8 M € (+7 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 3,52 € por kilo; Turquía aportó el 45 %, por delante del Reino Unido.

Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 20 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.

Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 8432.21 por valor de 210 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Australia.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código NC 8432 21 00?

El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es p/st. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Se aplica este derecho en España?

Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.

¿De dónde importa la UE estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 8432.21, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Australia (1 M US$).

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