Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 9027.20
9027 20 00: Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis
Cromatógrafos y equipos de electroforesis
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 9027 Instrumentos y aparatos para análisis físicos o químicos (por ejemplo: polarímetros, refractómetros, espectrómetros, analizadores de gases o de humos); instrumentos y aparatos para ensayos de viscosidad, porosidad, dilatación, tensión superficial o similares o para medidas calorimétricas, acústicas o fotométricas (incluidos los exposímetros); micrótomos:
- 9027 20 00 Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis
Lo que paga
Importación: UE
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 4
- Suspensión arancelariaSuspensión arancelaria de aeronavegabilidad Exento
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Acto jurídico
- Regulation 1517/18
- Documentos
- C119 Certificado de aptitud para el servicio — formulario EASA 1 (apéndice I del anexo I del Reglamento (UE) n.º 748/2012), o certificado equivalente
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- hasta el 31 de octubre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 2108/26
- Documentos
- Y126 Goods sold in distance sales
Requisitos de importación 10
- Control de importaciónRestricción del despacho a libre práctica
- Se aplica a mercancías originarias de
- Irak, Siria
- Acto jurídico
- Regulation 1210/03, Regulation 1332/13
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Corea del Norte
- Acto jurídico
- Regulation 1509/17
- Documentos
- Y971 Bienes distintos de los descritos en las notas a pie de página «MG» que acompañan la medida (anexo II, parte VIII, del Reglamento (UE) 2017/1509)
- Control de importaciónControl de la importación de mercancías y tecnologías restringidas
- Se aplica a mercancías originarias de
- Corea del Norte
- Acto jurídico
- Regulation 1509/17
- Documentos
- Y920 Mercancías distintas a las descritas en las notas a pie de página asociadas a la medida.
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Corea del Norte
- Acto jurídico
- Regulation 1509/17
- Documentos
- Y957 Bienes distintos de los descritos en las notas a pie de página «MG» que acompañan la medida (anexo II, parte V, del Reglamento (UE) 2017/1509)
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Bielorrusia
- Acto jurídico
- Regulation 0765/06
- Documentos
- Y759 Bienes distintos de los descritos en la Lista Común Militar de la Unión Europea
- Y757 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1bis bis.1 del Reglamento (EC) 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1bis bis.2a)
- Y758 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 bis bis del Reglamento (CE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 1 bis bis, apartado 2b)
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Irán
- Acto jurídico
- Regulation 0267/12
- Documentos
- Y750 Las mercancías declaradas no están sujetas al Reglamento (CE) no 267/2012 del Consejo, Anexo II
- Control de importaciónRestricciones a la importación o exportación de productos de la LCM
- Se aplica a mercancías originarias de
- Rusia
- Acto jurídico
- Regulation 0833/14
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Bielorrusia, Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0765/06, Regulation 0692/14
- Documentos
- Y727 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 3).
- Y728 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 4).
- L153 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 11, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
- L152 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
- Y870 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]
- Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Rusia
- Vigencia
- hasta el 31 de diciembre de 2027
- Acto jurídico
- Regulation 0833/14
- Documentos
- L142 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- Y874 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).
- L148 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater sexies, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- L156 Autorización de importación en virtud del artículo 3 septies, apartado 3 e, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0263/22
- Documentos
- Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Medidas de exportación 21
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
| Medidas de exportación | Destino | Acto jurídico | Validez |
|---|---|---|---|
| Restricción a la exportaciónRégimen de sanciones: Iraq | All third countries | Regulation 1210/03 | 1 de enero de 2007 |
| Restricción a la exportaciónRégimen de sanciones: Iran | Irán | Regulation 0267/12 | 30 de septiembre de 2025 |
| Autorización de exportaciónRégimen de sanciones: Syria | All third countries | Regulation 1332/13 | 15 de diciembre de 2013 |
| Restricción a la exportaciónRégimen de sanciones: North Korea | Corea del Norte | Regulation 1509/17 | 1 de julio de 2019 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: North Korea | Corea del Norte | Regulation 1509/17 | 1 de septiembre de 2017 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Russia | Rusia | Regulation 0833/14 | 25 de febrero de 2025 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Crimea and Sevastopol | Ucrania | Regulation 0692/14 | 25 de febrero de 2025 |
| Control de la exportación de mercancías y tecnologías restringidasRégimen de sanciones: North Korea | Corea del Norte | Regulation 1509/17 | 1 de septiembre de 2017 |
| Control de la exportación de mercancías y tecnologías restringidasRégimen de sanciones: Syria | Siria | Regulation 0509/12 | 17 de junio de 2012 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Zimbabwe | Zimbabue | Regulation 0384/26 | 19 de febrero de 2026 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Belarus | Bielorrusia | Regulation 0765/06 | 20 de julio de 2025 |
| Restricciones a la importación o exportación de productos de la LCMRégimen de sanciones: Russia | Rusia | Regulation 0833/14 | 20 de julio de 2025 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Belarus | Bielorrusia | Regulation 0765/06 | 25 de febrero de 2025 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: North Korea | Corea del Norte | Regulation 1509/17 | 11 de abril de 2025 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Iran | Irán | Regulation 0267/12 | 30 de septiembre de 2025 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Iran (UAV and missiles) | Irán | Regulation 1529/23 | 31 de enero de 2026 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Non-government-controlled areas of Ukraine | Ucrania | Regulation 0263/22 | 25 de agosto de 2022 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Russia | Rusia | Regulation 0833/14 | 24 de junio de 2023 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Belarus | Bielorrusia | Regulation 0765/06 | 25 de febrero de 2025 |
| Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Iran | Irán | Regulation 0267/12 | 30 de septiembre de 2025 |
| Autorización a la exportación (Doble uso) | All third countries | Regulation 2003/25 | 15 de noviembre de 2025 |
Datos TARIC a 28 de octubre de 2026
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
-
Alemania 19 %
-
Austria 20 %
-
Bélgica 21 %
-
Bulgaria 20 %
-
Chequia 21 %
-
Chipre 3 % / 5 % tipo reducido
-
Croacia 25 %
-
Dinamarca 25 %
-
Eslovaquia 23 %
-
Eslovenia 9,5 % tipo reducido
-
España 21 %
-
Estonia 9 % tipo reducido
-
Finlandia 25,5 %
-
Francia 20 %
-
Grecia 24 %
-
Hungría 27 %
-
Irlanda 23 %
-
Italia 22 %
-
Letonia 21 %
-
Lituania 21 %
-
Luxemburgo 17 %
-
Malta 18 %
-
Países Bajos 21 %
-
Polonia 23 %
-
Portugal 23 %
-
Rumanía 21 %
-
Suecia 25 %
TEDB · 28 de octubre de 2026
UE: importaciones mensuales · HS 9027.20
Principales proveedores, últimos 12 meses
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 75,3 M € | 28,9 % | -29,4 % | |
| 63,9 M € | 24,5 % | -0,4 % | |
| 25,5 M € | 9,8 % | +11,8 % | |
| 24,8 M € | 9,5 % | -18,3 % | |
| 24 M € | 9,2 % | +21,1 % | |
| 17,8 M € | 6,8 % | +7,5 % | |
| 10,8 M € | 4,1 % | +283,4 % | |
| 7,1 M € | 2,7 % | +865,4 % |
La misma subpartida en otros aranceles
9027.20 Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N349251 U.S. CBP
The tariff classification of a liquid chromatography device from Japan
Notas legales
Notas complementarias
1. Para la aplicación de las subpartidas 90153010, 90258040, 90261021, 90261029, 90262020, 90268020, 90271010 y 90321020 se entiende por instrumentos y aparatos electrónicos los instrumentos y aparatos que lleven uno o varios de los artículos comprendidos en las partidas 8540, 8541 u 8542. No obstante, no se tendrán en cuenta, para la aplicación de la presente disposición, los artículos de las partidas 8540, 8541 u 8542 cuya única función sea la de rectificar la corriente o que solo se encuentren en la parte de estos instrumentos o aparatos que se destinen a la alimentación de los mismos.
2. Para la aplicación de la subpartida 90211010, se entiende por artículos y aparatos de ortopedia los artículos y aparatos especialmente diseñados para responder a una función ortopédica determinada, que los distinga de los productos que puedan utilizarse para varias funciones (por ejemplo, productos para articulaciones, ligamentos o tendones sobrecargados como resultado de actividades deportivas o de escritura mecanográfica, y productos que se limitan a aliviar el dolor de la parte del cuerpo defectuosa o incapacitada, por ejemplo, el causado por una inflamación).
Los artículos y aparatos de ortopedia deben impedir por completo un movimiento específico de la parte del cuerpo defectuosa o incapacitada (por ejemplo, articulaciones, ligamentos o tendones) a fin de evitar nuevas lesiones o deformidades corporales o un agravamiento de las mismas, a diferencia de otros productos que no pueden evitar movimientos específicos pero evitan los movimientos reflejos (es decir, los movimientos realizados de forma subconsciente) gracias a su relativa rigidez, lograda por ejemplo mediante tablillas o férulas flexibles, almohadillas de presión, materiales textiles no elásticos o correas de tipo “Velcro”.
Notas explicativas de la NC
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
Consideraciones generales del capítulo
INSTRUMENTOS Y APARATOS DE ÓPTICA, FOTOGRAFÍA O CINEMATOGRAFÍA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISIÓN; INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICOQUIRÚRGICOS; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS
Nota complementaria 2
Véase también la nota 6 del capítulo 90 y la sentencia en los asuntos acumulados C-260/00 a C-263/00, Lohmann GmbH & Co. KG y Medi Bayreuth Weihermüller & Voigtmann GmbH & Co. KG/Oberfinanzdirektion Koblenz, apartados 36, 37, 39, 40, 43 y 45 (ECLI:EU:C:2002:637).
Ejemplos de productos comprendidos en la subpartida 9021 10 10:
Ejemplos de productos incluidos en la sección XI:
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union
Esta subpartida en años anteriores
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis | Exento | — |
| 2025 | sin cambios | Exento | — |
| 2024 | sin cambios | Exento | — |
| 2023 | sin cambios | Exento | — |
| 2022 | sin cambios | Exento | — |
| 2021 | sin cambios | Exento | — |
| 2020 | sin cambios | Exento | — |
| 2019 | Chromatographs and electrophoresis instruments | Exento | — |
El código NC 9027 20 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 9027.20 (cromatógrafos e instrumentos de electroforesis).
El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en —.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 9027.20 por valor de 260,3 M € (−5 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 283,88 € por kilo; Estados Unidos aportó el 29 %, por delante de China.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil va del 7,2 % al 20 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 0 % al 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es nulo, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 9027.20 por valor de 553 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Estados Unidos.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 9027 20 00?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 9027.20, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Estados Unidos (126 M US$), por delante de China.