Capítulo
Capítulo 28: Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos
50 partidas forman el capítulo 28, que pertenece a la sección VI, productos de las industrias químicas o de las industrias conexas.
Comparación de aranceles
Partidas 50
- 2801Flúor, cloro, bromo y yodo
- 2802Azufre sublimado o precipitado; azufre coloidal
- 2803Carbono (negros de humo y otras formas de carbono no expresadas ni comprendidas en otra parte)
- 2804Hidrógeno, gases nobles y demás elementos no metálicos
- 2805Metales alcalinos o alcalinotérreos; metales de las tierras raras, escandio e itrio, incluso mezclados o aleados entre sí; mercurio
- 2806Cloruro de hidrógeno (ácido clorhídrico); ácido clorosulfúrico
- 2807Ácido sulfúrico; óleum
- 2808Ácido nítrico; ácidos sulfonítricos
- 2809Pentóxido de difósforo; ácido fosfórico; ácidos polifosfóricos, aunque no sean de constitución química definida
- 2810Óxidos de boro; ácidos bóricos
- 2811Los demás ácidos inorgánicos y los demás compuestos oxigenados inorgánicos de los elementos no metálicos
- 2812Halogenuros y oxihalogenuros de los elementos no metálicos
- 2813Sulfuros de los elementos no metálicos; trisulfuro de fósforo comercial
- 2814Amoníaco anhidro o en disolución acuosa
- 2815Hidróxido de sodio (sosa o soda cáustica); hidróxido de potasio (potasa cáustica); peróxidos de sodio o de potasio
- 2816Hidróxido y peróxido de magnesio; óxidos, hidróxidos y peróxidos, de estroncio o de bario
- 2817Óxido de cinc; peróxido de cinc
- 2818Corindón artificial, aunque no sea de constitución química definida; óxido de aluminio; hidróxido de aluminio
- 2819Óxidos e hidróxidos de cromo
- 2820Óxidos de manganeso
- 2821Óxidos e hidróxidos de hierro; tierras colorantes con un contenido de hierro combinado, expresado en Fe2O3, superior o igual al 70 % en peso
- 2822Óxidos e hidróxidos de cobalto; óxidos de cobalto comerciales
- 2823Óxidos de titanio
- 2824Óxidos de plomo; minio y minio anaranjado
- 2825Hidrazina e hidroxilamina y sus sales inorgánicas; las demás bases inorgánicas; los demás óxidos, hidróxidos y peróxidos de metales
- 2826Fluoruros; fluorosilicatos, fluoroaluminatos y demás sales complejas de flúor
- 2827Cloruros, oxicloruros e hidroxicloruros; bromuros y oxibromuros; yoduros y oxiyoduros
- 2828Hipocloritos; hipoclorito de calcio comercial; cloritos; hipobromitos
- 2829Cloratos y percloratos; bromatos y perbromatos; yodatos y peryodatos
- 2830Sulfuros; polisulfuros, aunque no sean de constitución química definida
- 2831Ditionitos y sulfoxilatos
- 2832Sulfitos; tiosulfatos
- 2833Sulfatos; alumbres; peroxosulfatos (persulfatos)
- 2834Nitritos; nitratos
- 2835Fosfinatos (hipofosfitos), fosfonatos (fosfitos) y fosfatos; polifosfatos, aunque no sean de constitución química definida
- 2836Carbonatos; peroxocarbonatos (percarbonatos); carbonato de amonio comercial que contenga carbamato de amonio
- 2837Cianuros, oxicianuros y cianuros complejos
- 2839Silicatos; silicatos comerciales de los metales alcalinos
- 2840Boratos; peroxoboratos (perboratos)
- 2841Sales de los ácidos oxometálicos o peroxometálicos
- 2842Las demás sales de los ácidos o peroxoácidos inorgánicos (incluidos los aluminosilicatos, aunque no sean de constitución química definida), excepto los aziduros (azidas)
- 2843Metal precioso en estado coloidal; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, aunque no sean de constitución química definida; amalgamas de metal precioso
- 2844Elementos químicos radiactivos e isótopos radiactivos (incluidos los elementos químicos e isótopos fisionables o fértiles) y sus compuestos; mezclas y residuos que contengan estos productos
- 2845Isótopos, excepto los de la partida 2844; sus compuestos inorgánicos u orgánicos, aunque no sean de constitución química definida
- 2846Compuestos inorgánicos u orgánicos, de metales de las tierras raras, del itrio, del escandio o de las mezclas de estos metales
- 2847Peróxido de hidrógeno (agua oxigenada), incluso solidificado con urea
- 2849Carburos, aunque no sean de constitución química definida
- 2850Hidruros, nitruros, aziduros (azidas), siliciuros y boruros, aunque no sean de constitución química definida, excepto los compuestos que consistan igualmente en carburos de la partida 2849
- 2852Compuestos inorgánicos u orgánicos de mercurio, aunque no sean de constitución química definida, excepto las amalgamas
- 2853Fosfuros, aunque no sean de constitución química definida, excepto los ferrofósforos; los demás compuestos inorganicos (incluida el agua destilada, de conductividad o del mismo grado de pureza); aire líquido, aunque se le hayan eliminado los gases nobles; aire comprimido; amalgamas, excepto las de metal precioso
UE: importaciones mensuales
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 15 M US$15 M US$+474 M US$+2377 M US$+> 7426 M US$
Exportaciones: 202
- China: 27 mil M US$
- Estados Unidos: 15 mil M US$
- Alemania: 13 mil M US$
- Corea del Sur: 8071 M US$
- Australia: 7740 M US$
- Canadá: 7426 M US$
- Japón: 7029 M US$
- Francia: 5940 M US$
- Chile: 5858 M US$
- Kazajistán: 5828 M US$
- Países Bajos: 5763 M US$
- Rusia: 5382 M US$
- Brasil: 4969 M US$
- Bélgica: 3919 M US$
- India: 3612 M US$
- Indonesia: 3539 M US$
- Reino Unido: 3353 M US$
- Turquía: 3149 M US$
- Irlanda: 2563 M US$
- Marruecos: 2377 M US$
- Italia: 2310 M US$
- España: 2149 M US$
- Arabia Saudí: 1953 M US$
- Vietnam: 1750 M US$
- Taiwán: 1710 M US$
- Trinidad y Tobago: 1609 M US$
- Malasia: 1517 M US$
- México: 1460 M US$
- Catar: 1454 M US$
- Polonia: 1423 M US$
- Israel: 1356 M US$
- Sudáfrica: 1292 M US$
- Noruega: 1232 M US$
- Austria: 1068 M US$
- Jordania: 1042 M US$
- Argelia: 1040 M US$
- Tailandia: 1018 M US$
- Argentina: 967 M US$
- Finlandia: 905 M US$
- Suiza: 832 M US$
- Egipto: 820 M US$
- Myanmar (Birmania): 820 M US$
- Chequia: 798 M US$
- Singapur: 683 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 632 M US$
- Suecia: 589 M US$
- Omán: 588 M US$
- Hungría: 579 M US$
- Bulgaria: 559 M US$
- Perú: 474 M US$
- Senegal: 458 M US$
- Bosnia y Herzegovina: 453 M US$
- Jamaica: 408 M US$
- Laos: 390 M US$
- Túnez: 368 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 336 M US$
- Filipinas: 314 M US$
- Grecia: 304 M US$
- Dinamarca: 277 M US$
- Eslovaquia: 268 M US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 45 M US$45 M US$+432 M US$+2686 M US$+> 6846 M US$
Importaciones: 224
- Estados Unidos: 20 mil M US$
- China: 19 mil M US$
- Corea del Sur: 10 mil M US$
- India: 8841 M US$
- Alemania: 8160 M US$
- Japón: 7207 M US$
- Canadá: 6846 M US$
- Francia: 6118 M US$
- Países Bajos: 5662 M US$
- Rusia: 5032 M US$
- Reino Unido: 4549 M US$
- Polonia: 4282 M US$
- Malasia: 3400 M US$
- Bélgica: 3347 M US$
- Indonesia: 3217 M US$
- Vietnam: 3143 M US$
- Brasil: 3105 M US$
- Italia: 2997 M US$
- España: 2987 M US$
- Taiwán: 2864 M US$
- Suecia: 2835 M US$
- México: 2766 M US$
- Tailandia: 2686 M US$
- Turquía: 2387 M US$
- Noruega: 2296 M US$
- Marruecos: 2259 M US$
- Sudáfrica: 2151 M US$
- Australia: 2138 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 2069 M US$
- Baréin: 1442 M US$
- Chile: 1437 M US$
- Singapur: 1430 M US$
- Pakistán: 1324 M US$
- Chequia: 1315 M US$
- Hungría: 1193 M US$
- Austria: 1169 M US$
- Arabia Saudí: 1124 M US$
- Kazajistán: 1019 M US$
- Argentina: 894 M US$
- Suiza: 806 M US$
- Egipto: 802 M US$
- Islandia: 782 M US$
- Filipinas: 756 M US$
- Omán: 727 M US$
- Portugal: 709 M US$
- Finlandia: 673 M US$
- Rumanía: 672 M US$
- Irlanda: 653 M US$
- Dinamarca: 645 M US$
- Catar: 609 M US$
- Perú: 606 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 597 M US$
- Israel: 542 M US$
- Colombia: 484 M US$
- Nueva Zelanda: 440 M US$
- Bangladés: 432 M US$
- Eslovaquia: 425 M US$
- Mozambique: 422 M US$
- Eslovenia: 337 M US$
- Ucrania: 330 M US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 27 mil M US$ | 14,6 % | |
| 2 | 15 mil M US$ | 8,1 % | |
| 3 | 13 mil M US$ | 7,2 % | |
| 4 | 8071 M US$ | 4,4 % | |
| 5 | 7740 M US$ | 4,2 % | |
| 6 | 7426 M US$ | 4 % | |
| 7 | 7029 M US$ | 3,8 % | |
| 8 | 5940 M US$ | 3,2 % | |
| 9 | 5858 M US$ | 3,2 % | |
| 10 | 5828 M US$ | 3,1 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 20 mil M US$ | 10,6 % | |
| 2 | 19 mil M US$ | 10,2 % | |
| 3 | 10 mil M US$ | 5,5 % | |
| 4 | 8841 M US$ | 4,8 % | |
| 5 | 8160 M US$ | 4,4 % | |
| 6 | 7207 M US$ | 3,9 % | |
| 7 | 6846 M US$ | 3,7 % | |
| 8 | 6118 M US$ | 3,3 % | |
| 9 | 5662 M US$ | 3,1 % | |
| 10 | 5032 M US$ | 2,7 % |
En la nomenclatura combinada de la UE, el capítulo 28 abarca 266 líneas arancelarias y el derecho de terceros países va del 0 % al 5,5 %. 38 de ellas están exentas de derechos.
El capítulo 28 se reparte en 577 líneas en el arancel de aduanas de Turquía; el tipo legal (Ley 474) va del 0 % al 15 %. 55 de ellas están exentas de derechos.
El arancel armonizado de Estados Unidos divide el capítulo 28 en 274 líneas arancelarias; el derecho general va del 0 % al 5,5 % (media del 2,5 %). 80 de ellas están exentas de derechos.
El comercio mundial de las mercancías del capítulo 28 alcanzó 185 mil M US$ en 2024, un 4,7 % menos que en 2023.
El mayor exportador fue China, con el 14,6 % del total, por delante de Estados Unidos.
El mayor importador fue Estados Unidos (20 mil M US$).
Notas de capítulo
Notas
1. Salvo disposición en contrario, las partidas de este Capítulo comprenden solamente:
a) los elementos químicos aislados y los compuestos de constitución química definida presentados aisladamente, aunque contengan impurezas;
b) las disoluciones acuosas de los productos de la letra a) anterior;
c) las demás disoluciones de los productos de la letra a) anterior, siempre que constituyan un modo de acondicionamiento usual e indispensable, exclusivamente motivado por razones de seguridad o por necesidades del transporte y que el disolvente no haga al producto más apto para usos determinados que para uso general;
d) los productos de las letras a), b) o c) anteriores, con adición de un estabilizante (incluido un antiaglomerante) indispensable para su conservación o transporte;
e) los productos de las letras a), b), c) o d) anteriores, con adición de una sustancia antipolvo o de un colorante, para facilitar su identificación o por razones de seguridad, siempre que estas adiciones no hagan al producto más apto para usos determinados que para uso general.
2. Además de los ditionitos y sulfoxilatos, estabilizados con sustancias orgánicas (partida 2831), los carbonatos y peroxocarbonatos de bases inorgánicas (partida 2836), los cianuros, oxicianuros y cianuros complejos de bases inorgánicas (partida 2837), los fulminatos, cianatos y tiocianatos de bases inorgánicas (partida 2842), los productos orgánicos comprendidos en las partidas 2843 a 2846 y 2852, y los carburos (partida 2849), solamente se clasifican en este Capítulo los compuestos de carbono que se enumeran a continuación:
a) los óxidos de carbono, el cianuro de hidrógeno, los ácidos fulmínico, isociánico, tiociánico y demás ácidos cianogénicos simples o complejos (partida 2811);
b) los oxihalogenuros de carbono (partida 2812);
c) el disulfuro de carbono (partida 2813);
d) los tiocarbonatos, los seleniocarbonatos y telurocarbonatos, los seleniocianatos y telurocianatos, los tetratiocianodiaminocromatos (reinecatos) y demás cianatos complejos de bases inorgánicas (partida 2842);
e) el peróxido de hidrógeno solidificado con urea (partida 2847), el oxisulfuro de carbono, los halogenuros de tiocarbonilo, el cianógeno y sus halogenuros y la cianamida y sus derivados metálicos (partida 2853), excepto la cianamida cálcica, incluso pura (Capítulo 31).
3. Salvo las disposiciones de la Nota 1 de la Sección VI, este Capítulo no comprende:
a) el cloruro de sodio y el óxido de magnesio, incluso puros, y los demás productos de la Sección V;
b) los compuestos órgano-inorgánicos, excepto los mencionados en la Nota 2 anterior;
c) los productos citados en las Notas 2, 3, 4 o 5 del Capítulo 31;
d) los productos inorgánicos de los tipos utilizados como luminóforos, de la partida 3206; frita de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, copos o escamillas, de la partida 3207;
e) el grafito artificial (partida 3801), los productos extintores presentados como cargas para aparatos extintores o en granadas o bombas extintoras de la partida 3813; los productos borradores de tinta acondicionados en envases para la venta al por menor, de la partida 3824; los cristales cultivados (excepto los elementos de óptica) de sales halogenadas de metales alcalinos o alcalinotérreos, de peso unitario superior o igual a 2,5 g, de la partida 3824;
f) las piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), el polvo de piedras preciosas o semipreciosas, naturales o sintéticas (partidas 7102 a 7105), así como los metales preciosos y sus aleaciones del Capítulo 71;
g) los metales, incluso puros, las aleaciones metálicas o los cermets, incluidos los carburos metálicos sinterizados (es decir, carburos metálicos sinterizados con un metal), de la Sección XV;
h) los elementos de óptica, por ejemplo, los de sales halogenadas de metales alcalinos o alcalinotérreos (partida 9001).
4. Los ácidos complejos de constitución química definida constituidos por un ácido de elementos no metálicos del Subcapítulo II y un ácido que contenga un elemento metálico del Subcapítulo IV, se clasifican en la partida 2811.
5. Las partidas 2826 a 2842 comprenden solamente las sales y peroxosales de metales y las de amonio.
Salvo disposición en contrario, las sales dobles o complejas se clasifican en la partida 2842.
6. La partida 2844 comprende solamente:
a) el tecnecio (número atómico 43), el promedio (número atómico 61), el polonio (número atómico 84) y todos los elementos de número atómico superior a 84;
b) los isótopos radiactivos naturales o artificiales (comprendidos los de metal precioso o de metal común de las secciones XIV y XV), incluso mezclados entre sí;
c) los compuestos inorgánicos u orgánicos de estos elementos o isótopos, aunque no sean de constitución química definida, incluso mezclados entre sí;
d) las aleaciones, dispersiones (incluidos los cermets), productos cerámicos y mezclas que contengan estos elementos o isótopos o sus compuestos inorgánicos u orgánicos y con una radiactividad específica superior a 74 Bq/g (0,002 μCi/g);
e) los elementos combustibles (cartuchos) agotados (irradiados) de reactores nucleares;
f) los productos radiactivos residuales aunque no sean utilizables.
En la presente Nota y en las partidas 2844 y 2845 se consideran isótopos:
los núclidos aislados, excepto los elementos que existen en la naturaleza en estado monoisotópico,
las mezclas de isótopos de un mismo elemento enriquecidas en uno o varios de sus isótopos, es decir, los elementos cuya composición isotópica natural se haya modificado artificialmente.
7. Se clasifican en la partida 2853 las combinaciones fósforo y cobre (cuprofósforos) con un contenido de fósforo superior al 15 % en peso.
8. Los elementos químicos, tales como el silicio y el selenio, dopados para su utilización en electrónica, se clasifican en este Capítulo, siempre que se presenten en la forma bruta en que se han obtenido, en cilindros o en barras. Cortados en discos, obleas (wafers) o formas análogas, se clasifican en la partida 3818.
Nota de subpartida
1. En la subpartida 285210, se entiende por de constitución química definida todos los compuestos orgánicos o inorgánicos de mercurio que cumplan las condiciones de las letras a) a e) de la Nota 1 del Capítulo 28 o de las letras a) a h) de la Nota 1 del Capítulo 29.
Nota complementaria
1. Salvo disposición en contrario, las sales mencionadas en una subpartida comprenden también las sales ácidas y las sales básicas.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «productos químicos inorgánicos»?
Estas mercancías se clasifican en el capítulo 28 del Sistema Armonizado, dentro de la sección VI. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «productos químicos inorgánicos» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 28 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 0 % y el 5,5 %, según la línea. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «productos químicos inorgánicos» en Turquía?
En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 28 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 0 % y el 15 %, según la línea. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «productos químicos inorgánicos»?
China, con 27 mil M US$ en 2024 (el 14,6 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 2149 M US$ (el 1,2 % del total mundial) y ocupó el puesto 22 entre 202 países exportadores.