Subpartida · Capítulo 38 · Partida 3822

3822.11

3822.11: Para la malaria (paludismo)

La subpartida 3822.11 pertenece a la partida 3822 (reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivos…), en el capítulo 38.

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana Exento derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 2 medidas adicionales Requisitos de importación: 7
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Tipos por línea nacional · Nomenclatura combinada de la UE

Líneas arancelarias (UE) →
  1. 3822 11 00 Para la malaria (paludismo) Exento—

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 3

  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 8

  • Control de importaciónControl veterinario
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Andorra, Suiza, Islas Feroe, Groenlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega, San Marino
    Acto jurídico
    Regulation 0632/21
    Documentos
    • N853 Documento Sanitario Común de Entrada para productos (DSCE-P) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección B, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
    • Y058 Exención en virtud del artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2019/2122 de la Comisión (Mercancías que forman parte del equipaje personal de los pasajeros y están destinadas a su consumo o uso personal) o del artículo 10 (pequeños envíos de bienes enviados a personas físicas que no están destinados a ser comercializados) del Reglamento Delegado 2019/2122 de la Comisión
    • Y170 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Andorra, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y174 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Islandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y175 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Liechtenstein, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y177 Mercancías de origen de terceros países procedentes de San Marino, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y930 Los productos declarados no están referidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632 de la Comisión
    • C084 Exención en virtud de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Reglamento 2019/2122 (animales destinados a fines científicos, muestras para diagnóstico e investigación, y muestras destinadas al análisis de los productos y a ensayos de calidad)
  • Control de importaciónControl veterinario
    Se aplica a mercancías originarias de
    Groenlandia, Islas Feroe
    Acto jurídico
    Regulation 0632/21
    Documentos
    • N853 Documento Sanitario Común de Entrada para productos (DSCE-P) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección B, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
    • Y058 Exención en virtud del artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2019/2122 de la Comisión (Mercancías que forman parte del equipaje personal de los pasajeros y están destinadas a su consumo o uso personal) o del artículo 10 (pequeños envíos de bienes enviados a personas físicas que no están destinados a ser comercializados) del Reglamento Delegado 2019/2122 de la Comisión
    • Y170 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Andorra, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y174 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Islandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y175 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Liechtenstein, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y177 Mercancías de origen de terceros países procedentes de San Marino, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y930 Los productos declarados no están referidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632 de la Comisión
    • C084 Exención en virtud de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Reglamento 2019/2122 (animales destinados a fines científicos, muestras para diagnóstico e investigación, y muestras destinadas al análisis de los productos y a ensayos de calidad)
  • Control de importaciónControl de las importaciones de sustancias que agotan la capa de ozono
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0590/24
    Documentos
    • L100 Licencia de importación " sustancias reguladas" (ozono), expedida por la Comisión
    • Y792 Sustancias, productos y aparatos distintos de los incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2024/590
    • Y791 Exención de la prohibición de sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a ser usadas para los usos esenciales de laboratorio y análisis [véanse el artículo 8 y el artículo 13, apartado 1, letra c) (importación), y el artículo 14, apartado 1, letra a) (exportación, del Reglamento (UE) 2024/590], y de productos y aparatos [véanse el artículo 11, apartado 1, y el artículo 13, apartado 1, letra j) (importación), y el art. 14, apdo. 1, letra g) (exportación), del Reglamento (UE) 2024/590]
    • Y789 Exención de la prohibición de productos y aparatos que contengan halones o cuyo funcionamiento dependa de ellos [véanse el artículo 13, apartado 1, letra h) (importación), y el artículo 14, apartado 1, letra f) (exportación, del Reglamento (UE) 2024/590]
    • Y790 Exención de la prohibición de sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a la destrucción o a la regeneración [véanse el artículo 12 y el artículo 13, apartado 1, letras d) y e) (importación), del Reglamento (UE) 2024/590], y de productos y aparatos [véanse el artículo 12 y el artículo 13, apartado 1, letra i) (importación)]
    • Y797 Número de identificación del registro en el sistema de licencias establecido en el artículo 17, apartado 3, letra a), del Reglamento (UE) 2024/590
    • Y798 Declaración de la masa neta de las sustancias que agotan la capa de ozono, cuando estén incluidas en productos y aparatos
    • Y799 Masa neta de las sustancias que agotan la capa de ozono multiplicada por el PAO de estas, también cuando estén incluidas en productos y aparatos
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia
    Acto jurídico
    Regulation 0765/06
    Documentos
    • Y759 Bienes distintos de los descritos en la Lista Común Militar de la Unión Europea
    • Y757 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1bis bis.1 del Reglamento (EC) 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1bis bis.2a)
    • Y758 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 bis bis del Reglamento (CE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 1 bis bis, apartado 2b)
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Irán
    Acto jurídico
    Regulation 0267/12
    Documentos
    • Y750 Las mercancías declaradas no están sujetas al Reglamento (CE) no 267/2012 del Consejo, Anexo II
  • Control de importaciónRestricciones a la importación o exportación de productos de la LCM
    Se aplica a mercancías originarias de
    Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 0833/14
    Documentos
    • Y759 Bienes distintos de los descritos en la Lista Común Militar de la Unión Europea
    • Y692 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 4, apartado 2)
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

UE: importaciones mensuales

últimos 12 meses11,9 M €-0,5 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación544,68 € por kg
Tipo preferencial0 %
ene 2024: 947 mil €feb 2024: 859 mil €mar 2024: 627 mil €abr 2024: 1,2 M €may 2024: 686 mil €jun 2024: 990 mil €jul 2024: 1,4 M €ago 2024: 799 mil €sept 2024: 800 mil €oct 2024: 1,5 M €nov 2024: 1,2 M €dic 2024: 1,4 M €ene 2025: 774 mil €feb 2025: 655 mil €mar 2025: 1,2 M €abr 2025: 1,1 M €may 2025: 850 mil €jun 2025: 1,1 M €jul 2025: 702 mil €ago 2025: 690 mil €sept 2025: 731 mil €oct 2025: 597 mil €nov 2025: 1,3 M €dic 2025: 1,2 M €ene 2026: 648 mil €feb 2026: 1 M €mar 2026: 1,1 M €abr 2026: 1,1 M €may 2026: 993 mil €jun 2026: 1,1 M €jul 2026: 728 mil €ago 2026: 1,3 M € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
Estados Unidos 10,7 M € 89,9 % -4,4 %
Reino Unido 524 mil € 4,4 % +63,9 %
China 192 mil € 1,6 % +3,6 %
Suiza 190 mil € 1,6 % +199,3 %
Japón 80 mil € 0,7 % +156,4 %
Corea del Sur 71 mil € 0,6 % +121,7 %
México 39 mil € 0,3 % —
Australia 31 mil € 0,3 % +150,6 %

La misma subpartida en otros aranceles

Comercio mundial en 2024

3822.11 · 309 M US$

Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 62 mil US$62 mil US$+2 M US$+7 M US$+> 34 M US$

Exportaciones: 96
  1. Estados Unidos: 73 M US$
  2. India: 69 M US$
  3. Corea del Sur: 34 M US$
  4. Reino Unido: 17 M US$
  5. Países Bajos: 15 M US$
  6. Alemania: 13 M US$
  7. Bélgica: 11 M US$
  8. Francia: 11 M US$
  9. China: 10 M US$
  10. Irlanda: 7 M US$
  11. España: 5 M US$
  12. Italia: 5 M US$
  13. Suecia: 4 M US$
  14. Sudáfrica: 3 M US$
  15. Australia: 3 M US$
  16. Dinamarca: 3 M US$
  17. Japón: 3 M US$
  18. Noruega: 2 M US$
  19. Canadá: 2 M US$
  20. Singapur: 2 M US$
  21. Austria: 2 M US$
  22. Estonia: 2 M US$
  23. Tailandia: 2 M US$
  24. Finlandia: 1 M US$
  25. Suiza: 1 M US$
  26. Egipto: 1 M US$
  27. Eslovenia: 941 mil US$
  28. Chequia: 860 mil US$
  29. RAE de Hong Kong (China): 748 mil US$
  30. Hungría: 629 mil US$
  31. Lituania: 477 mil US$
  32. Polonia: 462 mil US$
  33. Malasia: 345 mil US$
  34. Letonia: 283 mil US$
  35. Taiwán: 252 mil US$
  36. Etiopía: 226 mil US$
  37. Turquía: 180 mil US$
  38. Ecuador: 155 mil US$
  39. Kenia: 146 mil US$
  40. Luxemburgo: 143 mil US$
  41. Brasil: 122 mil US$
  42. Emiratos Árabes Unidos: 119 mil US$
  43. Portugal: 103 mil US$
  44. Jordania: 73 mil US$
  45. Corea del Norte: 63 mil US$
  46. Bulgaria: 62 mil US$
  47. Israel: 56 mil US$
  48. Rumanía: 49 mil US$
  49. Irán: 45 mil US$
  50. Croacia: 37 mil US$
  51. Nueva Zelanda: 33 mil US$
  52. Côte d’Ivoire: 33 mil US$
  53. Eslovaquia: 32 mil US$
  54. Grecia: 28 mil US$
  55. Níger: 21 mil US$
  56. Mauricio: 20 mil US$
  57. Indonesia: 20 mil US$
  58. Rusia: 17 mil US$
  59. Vietnam: 14 mil US$
  60. México: 13 mil US$

Principales exportadores

PuestoPaísValorCuota
1 Estados Unidos 73 M US$ 23,7 %
2 India 69 M US$ 22,5 %
3 Corea del Sur 34 M US$ 10,9 %
4 Reino Unido 17 M US$ 5,4 %
5 Países Bajos 15 M US$ 5 %
6 Alemania 13 M US$ 4,1 %
7 Bélgica 11 M US$ 3,7 %
8 Francia 11 M US$ 3,6 %
9 China 10 M US$ 3,1 %
10 Irlanda 7 M US$ 2,2 %

Principales importadores

PuestoPaísValorCuota
1 Egipto 19 M US$ 6,3 %
2 México 18 M US$ 5,9 %
3 Francia 15 M US$ 4,7 %
4 Irlanda 13 M US$ 4,1 %
5 Tanzania 12 M US$ 3,7 %
6 Estados Unidos 11 M US$ 3,7 %
7 Filipinas 11 M US$ 3,7 %
8 Etiopía 11 M US$ 3,4 %
9 Países Bajos 10 M US$ 3,2 %
10 Alemania 10 M US$ 3,2 %

Aranceles de importación de este producto en el mundo 93

El arancel de nación más favorecida (NMF) que cada país aplica a las mercancías de esta subpartida del SA: la media de sus líneas arancelarias nacionales, con la línea más baja y la más alta cuando difieren. Las mercancías de países con un acuerdo comercial suelen pagar menos.

  • 0 %arancel mediano
  • 72número de países con arancel cero (NMF)
  • 25 %el más alto: Bermudas, Pakistán, Camerún

93

País importadorArancel NMFlíneas de – aaño de los datos
Albania 0 % 2023
Arabia Saudí 0 % 2023
Argelia 5 % 2023
Armenia 3 % 2023
Australia 1,7 % 0 % – 5 % 2023
Bahamas 0 % 2022
Baréin 0 % 2023
Belice 5 % 2023
Benín 0 % 2023
Bermudas 25 % 2023
Bosnia y Herzegovina 5 % 2022
Botsuana 0 % 2023
Burkina Faso 0 % 2023
Burundi 0 % 2023
Bután 0 % 2022
Camerún 10 % 2023
Canadá 0 % 2023
Catar 0 % 2023
Chad 10 % 2023
China 3 % 2023
Congo 10 % 2023
Corea del Sur 0 % 2023
Costa Rica 0 % 2023
El Salvador 0 % 2022
Emiratos Árabes Unidos 0 % 2023
Estados Unidos 0 % 2023
Esuatini 0 % 2023
Filipinas 2 % 2023
Fiyi 0 % 2023
Gabón 10 % 2023
Gambia 0 % 2023
Ghana 0 % 2023
Guatemala 0 % 2023
Guinea 0 % 2023
Guinea Ecuatorial 10 % 2023
Guinea-Bisáu 0 % 2023
Honduras 0 % 2023
India 10 % 2023
Indonesia 0 % 2023
Islandia 0 % 2023
Jamaica 0 % 2023
Japón 0 % 2023
Jordania 0 % 2023
Kazajistán 0 % 2023
Kenia 0 % 2023
Kuwait 0 % 2023
Lesoto 0 % 2023
Liberia 0 % 2023
Macedonia del Norte 0 % 2023
Madagascar 0 % 2023
Malasia 0 % 2023
Maldivas 0 % 2023
Mali 0 % 2023
Marruecos 5 % 2,5 % – 10 % 2023
Mauricio 0 % 2023
Mongolia 5 % 2023
Mozambique 0 % 2023
Namibia 0 % 2023
Nepal 5 % 2023
Nicaragua 0 % 2023
Níger 0 % 2023
Nigeria 0 % 2023
Noruega 0 % 2023
Nueva Zelanda 0 % 2023
Omán 0 % 2023
Pakistán 11 % 2023
Panamá 0 % 2023
Papúa Nueva Guinea 0 % 2023
Polinesia Francesa 8 % 2023
RAE de Hong Kong (China) 0 % 2023
RAE de Macao (China) 0 % 2023
Reino Unido 0 % 2023
República Centroafricana 10 % 2023
República Dominicana 0 % 2023
Ruanda 0 % 2023
San Cristóbal y Nieves 0 % 2023
San Vicente y las Granadinas 0 % 2023
Senegal 0 % 2023
Seychelles 0 % 2023
Sierra Leona 0 % 2023
Sri Lanka 0 % 2023
Sudáfrica 0 % 2023
Suiza 0 % 2023
Tailandia 0 % 2023
Tanzania 0 % 2023
Togo 0 % 2023
Turquía 0 % 2023
Uganda 0 % 2023
Unión Europea (27 países) 0 % 2023
Vanuatu 0 % 2023
Vietnam 0 % 2023
Zambia 0 % 2023
Zimbabue 0,1 % 2023

Datos arancelarios de los años 2022–2023; los tipos pueden haber cambiado desde entonces. · UNCTAD TRAINS, consultado a través de WITS (Banco Mundial)

Clasificaciones y correspondencias

Dónde se sitúa esta subpartida del SA en las clasificaciones estadísticas de las Naciones Unidas y qué códigos tenía en ediciones anteriores del Sistema Armonizado.

CUCI Rev. 4
54163 Antisera & other blood fractions; vaccines
Uso final (BEC Rev. 5)
Bienes intermedios · BEC 711220
Producto CCP 2.1
35270 Other pharmaceutical products
Actividad CIIU Rev. 4
2100 Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de uso farmacéutico

Ediciones anteriores del SA

HSCódigo
20173002.11, 3002.13, 3002.14, 3002.15modificado
20123002.10modificado
20072925.29, 2933.29, 2934.99, 2937.90, 3002.10, 3002.20, 3002.90, 3907.20modificado
20022925.20, 2933.29, 2934.99, 2937.90, 3002.10, 3002.20, 3002.90, 3907.20modificado
19962925.20, 2933.29, 2933.90, 2934.90, 2937.99, 3002.10, 3002.20, 3002.90, 3907.20modificado
19922925.20, 2933.29, 2933.59, 2933.90, 2934.90, 2937.99, 3002.10, 3002.20, 3002.90, 3907.20modificado

Tablas de correspondencia de la División de Estadística de las Naciones Unidas (UNSD)

Historial del código

Desde 2022; antes, estas mercancías se clasificaban en 3002.11, 3002.13, 3002.14, 3002.15.

En la nomenclatura combinada de la UE, la subpartida 3822.11 corresponde a una sola línea arancelaria; el derecho de terceros países es nulo.

La subpartida 3822.11 es una única línea en el arancel de aduanas de Turquía, donde el tipo legal (Ley 474) es nulo.

En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 3822.11 en la UE sumaron 11,9 M € (−0 % respecto a los 12 meses anteriores); Estados Unidos aportó el 90 %, por delante del Reino Unido.

En 2024, las exportaciones mundiales de estas mercancías sumaron 309 M US$ (−12 % interanual).

Encabezó las exportaciones Estados Unidos (73 M US$), por delante de India.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el código arancelario de «para la malaria (paludismo)»?

Estas mercancías se clasifican en la subpartida 3822.11 del Sistema Armonizado (partida 3822), dentro de la sección VI. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.

¿Qué arancel se aplica a «para la malaria (paludismo)» en España y en la UE?

En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 3822.11 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué arancel se aplica a «para la malaria (paludismo)» en Turquía?

En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 3822.11 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué país es el mayor exportador de «para la malaria (paludismo)»?

Estados Unidos, con 73 M US$ en 2024 (el 23,7 % de las exportaciones mundiales).

¿Qué puesto ocupa España como exportador?

En 2024, España exportó 5 M US$ (el 1,5 % del total mundial) y ocupó el puesto 11 entre 96 países exportadores.

¿Cuáles son los principales proveedores de la UE de la subpartida 3822.11?

En los 12 meses hasta agosto de 2026, los mayores proveedores fueron Estados Unidos (90 %), el Reino Unido (4 %) y China (2 %), sobre unas importaciones totales de 11,9 M €.

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