Subpartida · Capítulo 38 · Partida 3827

3827.62

3827.62: Las demás, no comprendidas en subpartidas anteriores, con un contenido de pentafluoroetano (HFC-125) superior o igual al 55 % en masa, pero que no contengan derivados fluorados de los hidrocarburos acíclicos no saturados (HFO)

3827.62 es una subpartida de seis dígitos de la partida 3827, mezclas que contengan derivados halogenados de metano, etano o propano, capítulo 38.

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana 6,5 % derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 4 medidas adicionales Requisitos de importación: 4
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Tipos por línea nacional · Nomenclatura combinada de la UE

Líneas arancelarias (UE) →
  1. 3827 62 00 Las demás, no comprendidas en subpartidas anteriores, con un contenido de pentafluoroetano (HFC-125) superior o igual al 55 % en masa, pero que no contengan derivados fluorados de los hidrocarburos acíclicos no saturados (HFO) 6,5 %—

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 5

  • Suspensión arancelariaSuspensión - productos destinados a ciertas clases de buques y de plataformas de perforación o de explotación Exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 2658/87
    Documentos
    • C990 Autorización de destino final buques y plataformas (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)
  • Suspensión arancelariaSuspensión arancelaria de aeronavegabilidad Exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 1517/18
    Documentos
    • C119 Certificado de aptitud para el servicio — formulario EASA 1 (apéndice I del anexo I del Reglamento (UE) n.º 748/2012), o certificado equivalente
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 8

  • Control de importaciónControl a la importación – residuos
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 1157/24
    Documentos
    • C672 Información que debe acompañar a los traslados de resididuos conforme al Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 18 y anexo VII
    • C669 Documento de notificación conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 5 y anexo IA
    • Y923 Producto no sujeto a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157
    • C670 Documento de movimiento conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 5 y anexo IAB
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
  • Control de importaciónControl de las importaciones de gases fluorados de efecto invernadero
    Solo para
    3827 62 00 10 Containing only 1,1,1-trifluoroethane and pentafluoroethane
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0573/24
    Documentos
    • Y955 Mercancías distintas de las sujetas a las prohibiciones de importación establecidas en el artículo 4, apartado 6, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y054 Mercancías etiquetadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y125 Importación sujeta a lo dispuesto en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/57314 relativo a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos comercializados en la UE
    • Y951 Excepción a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letras a), b), d) y e), del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y972 Exenciones de la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y123 Empresa registrada en el portal de gases fluorados de conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y154 Exención de la prohibición de importación de recipientes no rellenables o sin carga de rellenado para gases fluorados de efecto invernadero vacíos o llenos total o parcialmente, para usos de laboratorio o análisis, de conformidad con el artículo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/573
    • C045 Declaración de conformidad que incluye la prueba de las disposiciones obligatorias para la devolución de los recipientes para su rellenado [artículo 11, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/573]
    • Y121 Toneladas equivalentes de CO₂ de los gases a granel y de los gases contenidos en los productos o aparatos, y en sus partes
  • Control de importaciónControl de las importaciones de gases fluorados de efecto invernadero
    Solo para
    3827 62 00 30 Containing only difluoromethane and pentafluoroethane
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0573/24
    Documentos
    • Y955 Mercancías distintas de las sujetas a las prohibiciones de importación establecidas en el artículo 4, apartado 6, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y054 Mercancías etiquetadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y125 Importación sujeta a lo dispuesto en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/57314 relativo a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos comercializados en la UE
    • Y951 Excepción a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letras a), b), d) y e), del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y972 Exenciones de la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y123 Empresa registrada en el portal de gases fluorados de conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y154 Exención de la prohibición de importación de recipientes no rellenables o sin carga de rellenado para gases fluorados de efecto invernadero vacíos o llenos total o parcialmente, para usos de laboratorio o análisis, de conformidad con el artículo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/573
    • C045 Declaración de conformidad que incluye la prueba de las disposiciones obligatorias para la devolución de los recipientes para su rellenado [artículo 11, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/573]
    • Y121 Toneladas equivalentes de CO₂ de los gases a granel y de los gases contenidos en los productos o aparatos, y en sus partes
  • Control de importaciónControl de las importaciones de gases fluorados de efecto invernadero
    Solo para
    3827 62 00 50 R422D (containing 65,1|% of pentafluoroethane (HFC-125), 31,5|% of 1,1,1,2-tetrafluoroethane (HFC-134a) and 3,4|% of isobutane)
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0573/24
    Documentos
    • Y955 Mercancías distintas de las sujetas a las prohibiciones de importación establecidas en el artículo 4, apartado 6, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y054 Mercancías etiquetadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y125 Importación sujeta a lo dispuesto en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/57314 relativo a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos comercializados en la UE
    • Y951 Excepción a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letras a), b), d) y e), del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y972 Exenciones de la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y123 Empresa registrada en el portal de gases fluorados de conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y154 Exención de la prohibición de importación de recipientes no rellenables o sin carga de rellenado para gases fluorados de efecto invernadero vacíos o llenos total o parcialmente, para usos de laboratorio o análisis, de conformidad con el artículo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/573
    • C045 Declaración de conformidad que incluye la prueba de las disposiciones obligatorias para la devolución de los recipientes para su rellenado [artículo 11, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/573]
    • Y121 Toneladas equivalentes de CO₂ de los gases a granel y de los gases contenidos en los productos o aparatos, y en sus partes
  • Control de importaciónControl de las importaciones de gases fluorados de efecto invernadero
    Solo para
    3827 62 00 60 R419A (containing 77|% of pentafluoroethane (HFC-125), 19|% of 1,1,1,2-tetrafluoroethane (HFC-134a), and 4|% of dimethyl ether (R-E170))
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0573/24
    Documentos
    • Y955 Mercancías distintas de las sujetas a las prohibiciones de importación establecidas en el artículo 4, apartado 6, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y054 Mercancías etiquetadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y125 Importación sujeta a lo dispuesto en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/57314 relativo a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos comercializados en la UE
    • Y951 Excepción a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letras a), b), d) y e), del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y972 Exenciones de la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y123 Empresa registrada en el portal de gases fluorados de conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y154 Exención de la prohibición de importación de recipientes no rellenables o sin carga de rellenado para gases fluorados de efecto invernadero vacíos o llenos total o parcialmente, para usos de laboratorio o análisis, de conformidad con el artículo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/573
    • C045 Declaración de conformidad que incluye la prueba de las disposiciones obligatorias para la devolución de los recipientes para su rellenado [artículo 11, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/573]
    • Y121 Toneladas equivalentes de CO₂ de los gases a granel y de los gases contenidos en los productos o aparatos, y en sus partes
  • Control de importaciónControl de las importaciones de gases fluorados de efecto invernadero
    Solo para
    3827 62 00 90 Other
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0573/24
    Documentos
    • Y955 Mercancías distintas de las sujetas a las prohibiciones de importación establecidas en el artículo 4, apartado 6, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y054 Mercancías etiquetadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y125 Importación sujeta a lo dispuesto en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/57314 relativo a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos comercializados en la UE
    • Y951 Excepción a la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letras a), b), d) y e), del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y972 Exenciones de la reducción de la cantidad de hidrofluorocarburos introducidos en el mercado en virtud del artículo 16, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y123 Empresa registrada en el portal de gases fluorados de conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y154 Exención de la prohibición de importación de recipientes no rellenables o sin carga de rellenado para gases fluorados de efecto invernadero vacíos o llenos total o parcialmente, para usos de laboratorio o análisis, de conformidad con el artículo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/573
    • C045 Declaración de conformidad que incluye la prueba de las disposiciones obligatorias para la devolución de los recipientes para su rellenado [artículo 11, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/573]
    • Y121 Toneladas equivalentes de CO₂ de los gases a granel y de los gases contenidos en los productos o aparatos, y en sus partes

Tipos preferenciales por país

Acuerdo o régimenPaísesTipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)—6,5 %
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 más

Afganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia

Exento
CARIFORUM
Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 más

Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago

Exento
PTU (Países y territorios de ultramar)
Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 más

Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna

Exento
SPG - Régimen general
Congo, India, Indonesia, Islas Cook y 7 más

Congo, India, Indonesia, Islas Cook, Kenia, Micronesia, Nigeria, Niue, Siria, Tayikistán, Vanuatu

Exento
GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza)
Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 más

Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán

Exento
América Central Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá Exento
SADC EPA Botsuana, Esuatini, Namibia Exento
Espacio Económico Europeo Islandia, Liechtenstein, Noruega Exento
Estados de África Oriental y Meridional Mauricio, Seychelles, Zimbabue Exento
unión aduanera UE–Andorra Andorra Exento
acuerdo UE–Albania Albania Exento
acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina Bosnia y Herzegovina Exento
acuerdo UE–Canadá Canadá Exento
acuerdo UE–Suiza Suiza Exento
acuerdo UE–Côte d’Ivoire Côte d’Ivoire Exento
acuerdo UE–Chile Chile Exento
acuerdo UE–Camerún Camerún Exento
acuerdo UE–Colombia Colombia Exento
acuerdo UE–Argelia Argelia Exento
acuerdo UE–Ecuador Ecuador Exento
acuerdo UE–Egipto Egipto Exento
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. Sáhara Occidental Exento
acuerdo UE–Fiyi Fiyi Exento
acuerdo UE–Islas Feroe Islas Feroe Exento
acuerdo UE–Reino Unido Reino Unido Exento
acuerdo UE–Georgia Georgia Exento
acuerdo UE–Ghana Ghana Exento
acuerdo UE–Israel Israel Exento
acuerdo UE–Jordania Jordania Exento
acuerdo UE–Japón Japón Exento
acuerdo UE–Corea del Sur Corea del Sur Exento
acuerdo UE–Líbano Líbano Exento
acuerdo UE–Marruecos Marruecos Exento
acuerdo UE–Moldavia Moldavia Exento
acuerdo UE–Montenegro Montenegro Exento
acuerdo UE–Macedonia del Norte Macedonia del Norte Exento
acuerdo UE–México México Exento
acuerdo UE–Nueva Zelanda Nueva Zelanda Exento
acuerdo UE–Perú Perú Exento
acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea Papúa Nueva Guinea Exento
acuerdo UE–Territorios Palestinos Territorios Palestinos Exento
acuerdo UE–Serbia Serbia Exento
acuerdo UE–Singapur Singapur Exento
unión aduanera UE–San Marino San Marino Exento
acuerdo UE–Túnez Túnez Exento
unión aduanera UE–Turquía Turquía Exento
acuerdo UE–Ucrania Ucrania Exento
acuerdo UE–Estados Unidos Estados Unidos Exento
acuerdo UE–Vietnam Vietnam Exento
acuerdo UE–Samoa Samoa Exento
acuerdo UE–Kosovo Kosovo Exento
acuerdo UE–Sudáfrica Sudáfrica Exento
Mercosur Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay 5,2 %

UE: importaciones mensuales

últimos 12 meses167 mil €+72.966,8 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación8,30 € por kg
Tipo preferencial1 %
mar 2025: 229 €sept 2025: 1 mil €oct 2025: 41 €nov 2025: 8 €dic 2025: 53 €ene 2026: 69 €feb 2026: 296 €mar 2026: 2 mil €abr 2026: 357 €may 2026: 39 €jun 2026: 2 mil €jul 2026: 160 mil €ago 2026: 1 mil € 2026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
China 162 mil € 96,7 % —
Reino Unido 5 mil € 3,3 % +2283,8 %

La misma subpartida en otros aranceles

Comercio mundial en 2024

3827.62 · 47 M US$

Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 265 mil US$265 mil US$+1 M US$+3 M US$+> 28 M US$

Exportaciones: 28
  1. China: 28 M US$
  2. Chequia: 5 M US$
  3. Países Bajos: 3 M US$
  4. Alemania: 2 M US$
  5. Francia: 2 M US$
  6. Finlandia: 1 M US$
  7. Estados Unidos: 1 M US$
  8. Hungría: 819 mil US$
  9. Lituania: 667 mil US$
  10. Grecia: 583 mil US$
  11. Suecia: 361 mil US$
  12. Reino Unido: 354 mil US$
  13. Estonia: 270 mil US$
  14. España: 265 mil US$
  15. Eslovenia: 185 mil US$
  16. Italia: 139 mil US$
  17. Eslovaquia: 125 mil US$
  18. Polonia: 107 mil US$
  19. Bélgica: 85 mil US$
  20. Marruecos: 76 mil US$
  21. RAE de Hong Kong (China): 64 mil US$
  22. Portugal: 24 mil US$
  23. Austria: 17 mil US$
  24. México: 11 mil US$
  25. Turquía: 10 mil US$
  26. Brasil: 7 mil US$
  27. Sudáfrica: 4 mil US$
  28. Croacia: 0 US$

Principales exportadores

PuestoPaísValorCuota
1 China 28 M US$ 59,8 %
2 Chequia 5 M US$ 10,8 %
3 Países Bajos 3 M US$ 6,9 %
4 Alemania 2 M US$ 4,6 %
5 Francia 2 M US$ 3,2 %
6 Finlandia 1 M US$ 2,9 %
7 Estados Unidos 1 M US$ 2,8 %
8 Hungría 819 mil US$ 1,7 %
9 Lituania 667 mil US$ 1,4 %
10 Grecia 583 mil US$ 1,2 %

Principales importadores

PuestoPaísValorCuota
1 Estados Unidos 25 M US$ 53,2 %
2 Alemania 4 M US$ 9 %
3 Italia 4 M US$ 7,8 %
4 Suecia 2 M US$ 4,9 %
5 Austria 2 M US$ 3,7 %
6 Francia 1 M US$ 2,8 %
7 Canadá 1 M US$ 2,3 %
8 Polonia 969 mil US$ 2,1 %
9 Argentina 950 mil US$ 2 %
10 Israel 847 mil US$ 1,8 %

Aranceles de importación de este producto en el mundo 93

El arancel de nación más favorecida (NMF) que cada país aplica a las mercancías de esta subpartida del SA: la media de sus líneas arancelarias nacionales, con la línea más baja y la más alta cuando difieren. Las mercancías de países con un acuerdo comercial suelen pagar menos.

  • 5 %arancel mediano
  • 32número de países con arancel cero (NMF)
  • 45 %el más alto: Bahamas, Fiyi, Bermudas

93

País importadorArancel NMFlíneas de – aaño de los datos
Albania 0 % 2023
Arabia Saudí 5 % 2023
Argelia 15 % 2023
Armenia 5 % 2023
Australia 2,5 % 0 % – 5 % 2023
Bahamas 45 % 2022
Baréin 5 % 2023
Belice 5 % 2023
Benín 10 % 2023
Bermudas 25 % 2023
Bosnia y Herzegovina 0 % 2022
Botsuana 0 % 2023
Burkina Faso 10 % 2023
Burundi 0 % 2023
Bután 10 % 2022
Camerún 10 % 2023
Canadá 0 % 2023
Catar 5 % 2023
Chad 10 % 2023
China 6,5 % 2023
Congo 10 % 2023
Corea del Sur 6,5 % 2023
Costa Rica 0 % 2023
El Salvador 0 % 2022
Emiratos Árabes Unidos 5 % 2023
Estados Unidos 3,7 % 2023
Esuatini 0 % 2023
Filipinas 3 % 2023
Fiyi 32 % 2023
Gabón 10 % 2023
Gambia 10 % 2023
Ghana 10 % 2023
Guatemala 0 % 2023
Guinea 10 % 2023
Guinea Ecuatorial 10 % 2023
Guinea-Bisáu 10 % 2023
Honduras 0 % 2023
India 7,5 % 2023
Indonesia 5 % 2023
Islandia 0 % 2023
Jamaica 0 % 2023
Japón 1,3 % 2023
Jordania 0 % 2023
Kazajistán 5 % 2023
Kenia 0 % 2023
Kuwait 5 % 2023
Lesoto 0 % 2023
Liberia 10 % 2023
Macedonia del Norte 6 % 2023
Madagascar 10 % 2023
Malasia 0 % 2023
Maldivas 15 % 2023
Mali 10 % 2023
Marruecos 2,5 % 2023
Mauricio 0 % 2023
Mongolia 5 % 2023
Mozambique 7,5 % 2023
Namibia 0 % 2023
Nepal 10 % 2023
Nicaragua 0 % 2023
Níger 10 % 2023
Nigeria 10 % 2023
Noruega 0 % 2023
Nueva Zelanda 0 % 2023
Omán 5 % 2023
Pakistán 3 % 2023
Panamá 0 % 2023
Papúa Nueva Guinea 0 % 2023
Polinesia Francesa 8 % 2023
RAE de Hong Kong (China) 0 % 2023
RAE de Macao (China) 0 % 2023
Reino Unido 6 % 2023
República Centroafricana 10 % 2023
República Dominicana 3 % 2023
Ruanda 0 % 2023
San Cristóbal y Nieves 5 % 2023
San Vicente y las Granadinas 5 % 2023
Senegal 10 % 2023
Seychelles 0 % 2023
Sierra Leona 10 % 2023
Sri Lanka 0 % 2023
Sudáfrica 0 % 2023
Suiza 0,3 %* 2023
Tailandia 3 % 2023
Tanzania 0 % 2023
Togo 10 % 2023
Turquía 6,5 % 2023
Uganda 0 % 2023
Unión Europea (27 países) 6,5 % 2023
Vanuatu 5 % 2023
Vietnam 0 % 2023
Zambia 15 % 2023
Zimbabue 0,1 % 2023

Datos arancelarios de los años 2022–2023; los tipos pueden haber cambiado desde entonces. * equivalente ad valorem de los derechos específicos (estimación de la UNCTAD) · UNCTAD TRAINS, consultado a través de WITS (Banco Mundial)

Clasificaciones y correspondencias

Dónde se sitúa esta subpartida del SA en las clasificaciones estadísticas de las Naciones Unidas y qué códigos tenía en ediciones anteriores del Sistema Armonizado.

CUCI Rev. 4
59899 Other chemical products & preparations
Uso final (BEC Rev. 5)
Bienes intermedios · BEC 211210
Producto CCP 2.1
35499 Other chemical products n.e.c.
Actividad CIIU Rev. 4
2029 Fabricación de otros productos químicos n.c.p.

Ediciones anteriores del SA

HSCódigo
20173824.78modificado
20123824.78modificado
20073824.78modificado
20023824.90modificado
19963824.90modificado
19923823.90modificado

Tablas de correspondencia de la División de Estadística de las Naciones Unidas (UNSD)

Historial del código

Desde 2022; antes, estas mercancías se clasificaban en 3824.78.

La subpartida 3827.62 es una única línea en la nomenclatura combinada de la UE, donde el derecho de terceros países es del 6,5 %.

La subpartida 3827.62 se reparte en 7 líneas en el arancel de aduanas de Turquía; el tipo legal (Ley 474) es del 6,5 %.

Las mercancías originarias de 153 países pueden entrar en la UE con un tipo preferencial (por ejemplo, GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), CARIFORUM) en lugar del derecho de terceros países del 6,5 %; 149 de ellos están totalmente exentos.

Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 3827.62 por valor de 167,3 mil € (+72.967 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 8,30 € por kilo; China aportó el 97 %, por delante del Reino Unido.

El comercio mundial de estas mercancías alcanzó 47 M US$ en 2024, un 16,6 % menos que en 2023.

El mayor exportador fue China, con el 59,8 % del total, por delante de Chequia.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el código arancelario de «las demás, no comprendidas en subpartidas anteriores, con…»?

Estas mercancías se clasifican en la subpartida 3827.62 del Sistema Armonizado (partida 3827), dentro de la sección VI. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.

¿Qué arancel se aplica a «las demás, no comprendidas en subpartidas…» en España y en la UE?

En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 3827.62 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan al 6,5 %. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué arancel se aplica a «las demás, no comprendidas en subpartidas…» en Turquía?

En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 3827.62 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan al 6,5 %. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué país es el mayor exportador de «las demás, no comprendidas en subpartidas…»?

China, con 28 M US$ en 2024 (el 59,8 % de las exportaciones mundiales).

¿Qué puesto ocupa España como exportador?

En 2024, España exportó 265 mil US$ (el 0,6 % del total mundial) y ocupó el puesto 14 entre 28 países exportadores.

¿Qué países tienen acceso libre de derechos al mercado de la UE para la subpartida 3827.62?

149 países no pagan ningún derecho gracias a un acuerdo comercial o a un régimen preferencial, entre ellos GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), CARIFORUM y PTU. Las mercancías deben cumplir las normas de origen del acuerdo y el importador debe disponer de una prueba de origen; de lo contrario, se aplica el derecho de terceros países del 6,5 %. Elija un país más arriba para ver su tipo.

¿Cuáles son los principales proveedores de la UE de la subpartida 3827.62?

En los 12 meses hasta agosto de 2026, los mayores proveedores fueron China (97 %) y el Reino Unido (3 %), sobre unas importaciones totales de 167,3 mil €.

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