Partida · Capítulo 59
5903: Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con plástico (excepto las de la partida 5902)
La partida 5903 se divide en 3 subpartidas de seis dígitos y pertenece al capítulo 59 (telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas).
Comparación de aranceles
Subpartidas 3
- 5903.10Con poli(cloruro de vinilo)Tejidos recubiertos de PVC
- 5903.20Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas: con poliuretanoTejidos recubiertos de poliuretano
- 5903.90Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas: las demásTelas recubiertas de plástico (no PVC ni PU)
UE: importaciones mensuales
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 448 mil US$448 mil US$+12 M US$+148 M US$+> 693 M US$
Exportaciones: 162
- China: 5463 M US$
- Alemania: 962 M US$
- Corea del Sur: 867 M US$
- Estados Unidos: 814 M US$
- Italia: 693 M US$
- Taiwán: 648 M US$
- Japón: 504 M US$
- India: 347 M US$
- Francia: 285 M US$
- Portugal: 231 M US$
- Polonia: 191 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 191 M US$
- España: 187 M US$
- Bélgica: 185 M US$
- Canadá: 184 M US$
- Turquía: 148 M US$
- Chequia: 146 M US$
- Países Bajos: 141 M US$
- Reino Unido: 137 M US$
- Vietnam: 130 M US$
- México: 82 M US$
- Suiza: 80 M US$
- Filipinas: 63 M US$
- Tailandia: 62 M US$
- Malasia: 56 M US$
- Austria: 52 M US$
- Rumanía: 49 M US$
- Eslovaquia: 47 M US$
- Indonesia: 38 M US$
- Suecia: 31 M US$
- Eslovenia: 28 M US$
- Hungría: 27 M US$
- Israel: 24 M US$
- Marruecos: 24 M US$
- Brasil: 22 M US$
- Colombia: 17 M US$
- Luxemburgo: 16 M US$
- Croacia: 12 M US$
- Dinamarca: 12 M US$
- Rusia: 11 M US$
- Sudáfrica: 11 M US$
- Pakistán: 10 M US$
- Costa Rica: 10 M US$
- Serbia: 8 M US$
- Bulgaria: 7 M US$
- Finlandia: 7 M US$
- Grecia: 6 M US$
- Australia: 6 M US$
- Egipto: 6 M US$
- Nueva Zelanda: 6 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 6 M US$
- Singapur: 5 M US$
- Túnez: 4 M US$
- Sri Lanka: 4 M US$
- Arabia Saudí: 4 M US$
- Paraguay: 4 M US$
- Lituania: 4 M US$
- Macedonia del Norte: 4 M US$
- Perú: 3 M US$
- Irlanda: 3 M US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 6 M US$6 M US$+44 M US$+166 M US$+> 380 M US$
Importaciones: 219
- Vietnam: 1899 M US$
- Estados Unidos: 1155 M US$
- México: 834 M US$
- China: 509 M US$
- Bangladés: 504 M US$
- Indonesia: 440 M US$
- India: 380 M US$
- Marruecos: 363 M US$
- Camboya: 349 M US$
- Polonia: 336 M US$
- Alemania: 329 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 313 M US$
- Rusia: 295 M US$
- Turquía: 286 M US$
- Rumanía: 259 M US$
- Italia: 234 M US$
- España: 180 M US$
- Francia: 179 M US$
- Myanmar (Birmania): 177 M US$
- Reino Unido: 171 M US$
- Chequia: 168 M US$
- Túnez: 166 M US$
- Canadá: 156 M US$
- Tailandia: 154 M US$
- Brasil: 149 M US$
- Serbia: 122 M US$
- Macedonia del Norte: 117 M US$
- Ucrania: 111 M US$
- Australia: 108 M US$
- Eslovaquia: 108 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 107 M US$
- Países Bajos: 106 M US$
- Portugal: 104 M US$
- Filipinas: 100 M US$
- Japón: 98 M US$
- Corea del Sur: 97 M US$
- Pakistán: 82 M US$
- Egipto: 82 M US$
- Sudáfrica: 76 M US$
- Malasia: 71 M US$
- Bélgica: 71 M US$
- Hungría: 65 M US$
- Colombia: 64 M US$
- Perú: 61 M US$
- Nigeria: 61 M US$
- Irán: 55 M US$
- Austria: 52 M US$
- Arabia Saudí: 50 M US$
- Grecia: 50 M US$
- Bosnia y Herzegovina: 49 M US$
- Ghana: 48 M US$
- Albania: 47 M US$
- Taiwán: 47 M US$
- Sri Lanka: 45 M US$
- Armenia: 44 M US$
- Uzbekistán: 44 M US$
- Argelia: 41 M US$
- Croacia: 41 M US$
- Bulgaria: 38 M US$
- Suiza: 35 M US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 5463 M US$ | 40,9 % | |
| 2 | 962 M US$ | 7,2 % | |
| 3 | 867 M US$ | 6,5 % | |
| 4 | 814 M US$ | 6,1 % | |
| 5 | 693 M US$ | 5,2 % | |
| 6 | 648 M US$ | 4,9 % | |
| 7 | 504 M US$ | 3,8 % | |
| 8 | 347 M US$ | 2,6 % | |
| 9 | 285 M US$ | 2,1 % | |
| 10 | 231 M US$ | 1,7 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 1899 M US$ | 14,2 % | |
| 2 | 1155 M US$ | 8,7 % | |
| 3 | 834 M US$ | 6,2 % | |
| 4 | 509 M US$ | 3,8 % | |
| 5 | 504 M US$ | 3,8 % | |
| 6 | 440 M US$ | 3,3 % | |
| 7 | 380 M US$ | 2,8 % | |
| 8 | 363 M US$ | 2,7 % | |
| 9 | 349 M US$ | 2,6 % | |
| 10 | 336 M US$ | 2,5 % |
La nomenclatura combinada de la UE divide la partida 5903 en 7 líneas arancelarias; el derecho de terceros países es del 8 %.
En el arancel de aduanas de Turquía, la partida 5903 abarca 14 líneas arancelarias y el tipo legal (Ley 474) es del 8 %.
La partida 5903 se reparte en 18 líneas en el arancel armonizado de Estados Unidos; el derecho general va del 0 % al 14,1 %. 6 de ellas están exentas de derechos.
El arancel aduanero del Reino Unido divide la partida 5903 en 8 líneas arancelarias; el derecho de terceros países es del 8 %.
En el arancel de aduanas de Canadá, la partida 5903 abarca 6 líneas arancelarias y el tipo NMF (nación más favorecida) es nulo.
La partida 5903 se reparte en 9 líneas en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE); el impuesto general de importación (IGI) es del 25 %.
El arancel de Brasil (NCM/AEC) divide la partida 5903 en 4 líneas arancelarias; el tipo de la TEC es del 26 %.
En el arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM), la partida 5903 abarca 23 líneas arancelarias y el derecho de importación extrazona (AEC) es del 16 %.
La partida 5903 se reparte en 3 líneas en el arancel de Aduanas del Perú; el derecho ad valorem es del 11 %.
El arancel de aduanas de Nueva Zelanda divide la partida 5903 en 13 líneas arancelarias; el tipo normal (Normal Tariff) va del 0 % al 5 % (media del 4,6 %). Una de ellas está exenta de derechos.
En el arancel de aduanas de Japón, la partida 5903 abarca 3 líneas arancelarias y el tipo aplicado es del 3,5 %.
La partida 5903 se reparte en 12 líneas en el arancel de importación de Taiwán; el tipo de la columna 1 va del 5 % al 10 %.
El arancel aduanero común del CCG divide la partida 5903 en 3 líneas arancelarias; el derecho de aduana es del 5 %.
En el arancel de aduanas de Suiza (Tares), la partida 5903 abarca 3 líneas arancelarias y el derecho del arancel normal es nulo.
La partida 5903 se reparte en 8 líneas en el arancel de aduanas de Noruega; el derecho ordinario es nulo.
El arancel de aduanas de Macedonia del Norte divide la partida 5903 en 7 líneas arancelarias; el derecho NMF es del 5 %.
En el arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria), la partida 5903 abarca 3 líneas arancelarias y el derecho de importación es del 20 %.
En 2024, las exportaciones mundiales de las mercancías de la partida 5903 sumaron 13 mil M US$ (+6,5 % interanual).
Encabezó las exportaciones China (5463 M US$), por delante de Alemania.
El principal comprador fue Vietnam, con importaciones por valor de 1899 M US$.
Con 187 M US$, España se situó en el puesto 13 de 162 exportadores.
España importó por valor de 180 M US$.
Notas legales
Notas
1. Salvo disposición en contrario, cuando se utilice en este Capítulo el término tela(s), se refiere a los tejidos de los Capítulos 50 a 55 y de las partidas 5803 y 5806, a las trenzas, artículos de pasamanería y artículos ornamentales análogos, en pieza, de la partida 5808 y a los tejidos de punto de las partidas 6002 a 6006.
2. La partida 5903 comprende:
a) las telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con plástico, cualquiera que sea el peso por metro cuadrado y la naturaleza del plástico (compacto o celular), excepto:
1) las telas cuya impregnación, recubrimiento o revestimiento no sea perceptible a simple vista (Capítulos 50 a 55, 58 o 60, generalmente); para la aplicación de esta disposición, se hará abstracción de los cambios de color producidos por estas operaciones;
2) los productos que no puedan enrollarse a mano, sin agrietarse, en un cilindro de 7 mm de diámetro a una temperatura comprendida entre 15 °C y 30 °C (Capítulo 39, generalmente);
3) los productos en los que la tela esté totalmente inmersa en plástico o totalmente recubierta o revestida por las dos caras con esta misma materia, siempre que el recubrimiento o revestimiento sea perceptible a simple vista, hecha abstracción para la aplicación de esta disposición de los cambios de color producidos por estas operaciones (Capítulo 39);
4) las telas recubiertas o revestidas parcialmente de plástico, que presenten dibujos producidos por estos tratamientos (Capítulos 50 a 55, 58 o 60, generalmente);
5) las placas, hojas o tiras de plástico celular, combinadas con la tela en las que ésta sea un simple soporte (Capítulo 39);
6) los productos textiles de la partida 5811;
b) las telas fabricadas con hilados, tiras o formas similares, impregnados, recubiertos, revestidos o enfundados con plástico, de la partida 5604.
3. En la partida 5903, se entiende por tejidos estratificados con plástico los productos obtenidos por montaje de una o varias capas de tejido con una o varias capas de hojas o láminas de plástico que se combinan mediante cualquier proceso que permita unir las capas, incluso si las capas de hojas o láminas de plástico son visibles a simple vista en sección transversal.
4. En la partida 5905, se entiende por revestimientos de materia textil para paredes los productos presentados en rollos de anchura superior o igual a 45 cm para decoración de paredes o techos, constituidos por una superficie textil con un soporte o, a falta de soporte, con un tratamiento en el envés (impregnación o recubrimiento que permita pegarlos).
Sin embargo, esta partida no comprende los revestimientos para paredes constituidos por tundizno o polvo de textiles fijado directamente a un soporte de papel (partida 4814) o de materia textil (partida 5907, generalmente).
5. En la partida 5906, se entiende por telas cauchutadas:
a) las telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con caucho:
de peso inferior o igual a 1500 g/m2, o
de peso superior a 1500 g/m2 y con un contenido de materia textil superior al 50 % en peso;
b) las telas fabricadas con hilados, tiras o formas similares, impregnados, recubiertos, revestidos o enfundados con caucho, de la partida 5604;
c) las napas de hilados textiles paralelizados y aglutinados entre sí con caucho.
Sin embargo, esta partida no comprende las placas, hojas o tiras de caucho celular, combinadas con tela en las que ésta sea un simple soporte (Capítulo 40), ni los productos textiles de la partida 5811.
6. La partida 5907 no comprende:
a) las telas cuya impregnación, recubrimiento o revestimiento no sea perceptible a simple vista (Capítulos 50 a 55, 58 o 60 generalmente); para la aplicación de esta disposición, se hará abstracción de los cambios de color producidos por estas operaciones;
b) las telas pintadas con dibujos (excepto los lienzos pintados para decoraciones de teatro, fondos de estudio o usos análogos);
c) las telas parcialmente recubiertas de tundizno, de polvo de corcho o de productos análogos, que presenten dibujos producidos por estos tratamientos; sin embargo, las imitaciones de terciopelo se clasifican en esta partida;
d) las telas que tengan los aprestos normales de acabado a base de materias amiláceas o de materias similares;
e) las hojas de madera para chapado con soporte de tela (partida 4408);
f) los abrasivos naturales o artificiales en polvo o en gránulos con soporte de tela (partida 6805);
g) la mica aglomerada o reconstituida con soporte de tela (partida 6814);
h) las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de tela (generalmente secciones XIV o XV).
7. La partida 5910 no comprende:
a) las correas de materia textil de espesor inferior a 3 mm, en pieza o cortadas en longitudes determinadas;
b) las correas de tela impregnada, recubierta, revestida o estratificada con caucho, así como las fabricadas con hilados o cordeles textiles impregnados, recubiertos, revestidos o enfundados con caucho (partida 4010).
8. La partida 5911 comprende los productos siguientes, que se consideran excluidos de las demás partidas de la Sección XI:
a) los productos textiles en pieza cortados en longitudes determinadas o simplemente cortados en forma cuadrada o rectangular, mencionados limitativamente a continuación (excepto los que tengan el carácter de productos de las partidas 5908 a 5910):
las telas, fieltro y tejidos forrados de fieltro, combinados con una o varias capas de caucho, cuero u otra materia, de los tipos utilizados para la fabricación de guarniciones de cardas y productos análogos para otros usos técnicos, incluidas las cintas de terciopelo impregnadas de caucho para forrar enjulios,
las gasas y telas para cerner,
las telas filtrantes, tejidos gruesos y capachos de los tipos utilizados en las prensas de aceite o para usos técnicos análogos, incluidos los de cabello,
los tejidos planos para usos técnicos, aunque estén afieltrados, incluso impregnados o recubiertos, con la urdimbre o la trama múltiples,
las telas reforzadas con metal de los tipos utilizados para usos técnicos,
los cordones lubricantes y las trenzas, cuerdas y productos textiles similares de relleno industrial, incluso impregnados, recubiertos o armados;
b) los artículos textiles (excepto los de las partidas 5908 a 5910) para usos técnicos [por ejemplo: telas y fieltros sin fin o con dispositivos de unión, de los tipos utilizados en las máquinas de fabricar papel o máquinas similares (por ejemplo: para pasta, para amiantocemento), discos para pulir, juntas o empaquetaduras, arandelas y demás partes de máquinas o aparatos].
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas…»?
Estas mercancías se clasifican en la partida 5903 del Sistema Armonizado (capítulo 59), dentro de la sección XI. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «telas impregnadas, recubiertas, revestidas o…» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 5903 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan al 8 %. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «telas impregnadas, recubiertas, revestidas o…» en Turquía?
En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 5903 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan al 8 %. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «telas impregnadas, recubiertas, revestidas o…»?
China, con 5463 M US$ en 2024 (el 40,9 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 187 M US$ (el 1,4 % del total mundial) y ocupó el puesto 13 entre 162 países exportadores.