Subpartida · Capítulo 72 · Partida 7219
7219.21: De espesor superior a 10 mm
Chapa inoxidable laminada en caliente > 10 mm
La subpartida SA 7219.21 —chapa inoxidable laminada en caliente > 10 mm— pertenece a la partida 7219, en el capítulo 72.
Lo que paga
Importación: UE
Tipos por línea nacional · Nomenclatura combinada de la UE
Líneas arancelarias (UE) →- 7219 21 De espesor superior a 10 mm:
- 7219 21 10 Con un contenido de níquel superior o igual al 2,5 % en peso Exento—
- 7219 21 90 Con un contenido de níquel inferior al 2,5 % en peso Exento—
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 5
- Medida de salvaguardiaDerechos adicionales 50 %
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Islandia, Liechtenstein, Noruega
- Acto jurídico
- Regulation 1457/26
- Suspensión arancelariaSuspensión - productos destinados a ciertas clases de buques y de plataformas de perforación o de explotación Exento
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Acto jurídico
- Regulation 2658/87
- Documentos
- C990 Autorización de destino final buques y plataformas (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)
- Contingente arancelarioContingente arancelario no preferencial Exento
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto China, India, Islandia, Corea del Sur, Liechtenstein, Noruega, Sudáfrica
- Acto jurídico
- Regulation 1457/26
- Contingente arancelarioContingente arancelario no preferencial Exento
- Se aplica a mercancías originarias de
- Albania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argelia, Argentina, Bahamas, Barbados, Belice y 72 más
- Acto jurídico
- Regulation 1457/26
- Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 2108/26
- Documentos
- Y126 Goods sold in distance sales
Requisitos de importación 13
- Prohibición o restricciónProhibición a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Bielorrusia
- Acto jurídico
- Regulation 0355/22
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Corea del Norte
- Acto jurídico
- Regulation 1509/17
- Documentos
- Y971 Bienes distintos de los descritos en las notas a pie de página «MG» que acompañan la medida (anexo II, parte VIII, del Reglamento (UE) 2017/1509)
- Control de importaciónControl de la importación de mercancías y tecnologías restringidas
- Se aplica a mercancías originarias de
- Corea del Norte
- Acto jurídico
- Regulation 1509/17
- Documentos
- Y920 Mercancías distintas a las descritas en las notas a pie de página asociadas a la medida.
- Líneas arancelarias
- en 1 de 2 líneas
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Irán
- Acto jurídico
- Regulation 0267/12
- Documentos
- Líneas arancelarias
- en 1 de 2 líneas
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Irán
- Acto jurídico
- Regulation 0267/12
- Documentos
- Y949 Mercancías distintas de las descritas en las notas a pie de página vinculadas a la medida (R267/2012)
- Líneas arancelarias
- en 1 de 2 líneas
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Irán
- Acto jurídico
- Regulation 0267/12
- Documentos
- Y750 Las mercancías declaradas no están sujetas al Reglamento (CE) no 267/2012 del Consejo, Anexo II
- Líneas arancelarias
- en 1 de 2 líneas
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0692/14
- Documentos
- Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0263/22
- Documentos
- Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Rusia
- Vigencia
- hasta el 31 de diciembre de 2027
- Acto jurídico
- Regulation 0833/14
- Documentos
- L139 Autorización de importación en virtud del artículo 3 octies, apartado 7, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- Y824 Prueba del país de origen de los insumos siderúrgicos utilizados para la transformación del producto en un tercer país
- Y878 El producto se importa de un país socio para la importación de hierro y acero que figura en el anexo XXXVI del Reglamento (UE) n.º 833/2014
- Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
- L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Rusia
- Vigencia
- hasta el 31 de diciembre de 2027
- Acto jurídico
- Regulation 0833/14
- Documentos
- L139 Autorización de importación en virtud del artículo 3 octies, apartado 7, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- hasta el 30 de septiembre de 2027
- Acto jurídico
- Regulation 1963/26
- Documentos
- Y376 País de «fusión y colada» del acero importado: China
- Y377 País de «fusión y colada» del acero importado: India
- Y378 País de «fusión y colada» del acero importado: Indonesia
- Y379 País de «fusión y colada» del acero importado: Vietnamita
- Y380 País de «fusión y colada» del acero importado: Malasia
- Y381 País de «fusión y colada» del acero importado: Argelia
- Y382 País de «fusión y colada» del acero importado: Japón
- Y383 País de «fusión y colada» del acero importado: Corea del Sur
- Y384 País de «fusión y colada» del acero importado: Turquía
- Y385 País de «fusión y colada» del acero importado: Irán
- Y386 País de «fusión y colada» del acero importado: UE
- Y387 País de «fusión y colada» del acero importado: otros países
- Y388 País de «fusión y colada» del acero importado: orígenes múltiples
- C131 Certificado de ensayo de fábrica
- C132 Factura con información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada
- C133 Albarán de entrega con información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada
- C134 Certificado de calidad o cláusulas de órdenes de compra o contratos ejecutados que contengan información sobre el «fusión y colada» y el número de colada
- C135 Declaración a largo plazo del proveedor que contenga información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada
- C136 Documentos de contabilidad de costes o de producción que contengan información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada
- C137 Documento aduanero del país exportador que contiene información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada
- C138 Correspondencia comercial que contiene información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada
- C139 Descripciones de la producción que contienen información sobre el país de «fusión y colada» y el número de colada
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de octubre de 2027
- Acto jurídico
- Regulation 1963/26
- Documentos
- Y376 País de «fusión y colada» del acero importado: China
- Y377 País de «fusión y colada» del acero importado: India
- Y378 País de «fusión y colada» del acero importado: Indonesia
- Y379 País de «fusión y colada» del acero importado: Vietnamita
- Y380 País de «fusión y colada» del acero importado: Malasia
- Y381 País de «fusión y colada» del acero importado: Argelia
- Y382 País de «fusión y colada» del acero importado: Japón
- Y383 País de «fusión y colada» del acero importado: Corea del Sur
- Y384 País de «fusión y colada» del acero importado: Turquía
- Y385 País de «fusión y colada» del acero importado: Irán
- Y386 País de «fusión y colada» del acero importado: UE
- Y387 País de «fusión y colada» del acero importado: otros países
- Y388 País de «fusión y colada» del acero importado: orígenes múltiples
- C131 Certificado de ensayo de fábrica
- Control de importaciónMecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono - CBAM
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Suiza, Islandia, Liechtenstein, Noruega
- Vigencia
- hasta el 31 de diciembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0956/23
- Documentos
- Y128 número de cuenta MAFC
- Y134 Mercancías originarias de Büsingen, la isla de Helgoland o Livigno [artículo 2, apartado 4, del Reglamento (UE) 2023/956]
- Y135 Mercancías que vayan a circular o utilizarse en el contexto de actividades militares - Exención en virtud del artículo 2, apartado 3, del Reglamento (UE) 2023/956
- Y237 Mercancías originarias de la UE
- Y238 La solicitud para obtener la condición de declarante autorizado a efectos del MAFC fue presentada a más tardar el 31 de marzo de 2026
- Y137 Exención de minimis - Exención en virtud del artículo 2 bis, del Reglamento (UE) 2023/956
UE: importaciones mensuales
Principales proveedores, últimos 12 meses
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 25,4 M € | 48,4 % | -61,2 % | |
| 15 M € | 28,4 % | -22,8 % | |
| 4,4 M € | 8,5 % | -44,6 % | |
| 2,6 M € | 5 % | -47,7 % | |
| 2,2 M € | 4,2 % | -60,8 % | |
| 657 mil € | 1,3 % | -77,6 % | |
| 550 mil € | 1 % | -59,2 % | |
| 543 mil € | 1 % | -71,6 % |
La misma subpartida en otros aranceles
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 509 mil US$509 mil US$+6,6 M US$+101,7 M US$+> 291,5 M US$
Exportaciones: 78
- Bélgica: 317,1 M US$
- Eslovenia: 308,7 M US$
- China: 291,5 M US$
- Suecia: 268 M US$
- India: 121,4 M US$
- Alemania: 109,8 M US$
- Francia: 104,1 M US$
- Estados Unidos: 101,7 M US$
- Japón: 79,4 M US$
- Corea del Sur: 73 M US$
- Taiwán: 64,3 M US$
- Italia: 53,1 M US$
- España: 48,5 M US$
- Austria: 21,3 M US$
- Países Bajos: 12,8 M US$
- Sudáfrica: 11,6 M US$
- Noruega: 11 M US$
- Polonia: 8,7 M US$
- Dinamarca: 6,6 M US$
- Turquía: 6,5 M US$
- Rusia: 6,4 M US$
- Finlandia: 6,2 M US$
- Chequia: 5,6 M US$
- Irlanda: 5 M US$
- Indonesia: 4 M US$
- Singapur: 2,6 M US$
- Brasil: 2,5 M US$
- Canadá: 2,5 M US$
- Reino Unido: 2,4 M US$
- Suiza: 1,3 M US$
- Malasia: 1,2 M US$
- Luxemburgo: 1,1 M US$
- Eslovaquia: 1 M US$
- Baréin: 677,3 mil US$
- Tailandia: 672,9 mil US$
- Portugal: 549 mil US$
- Lituania: 512,5 mil US$
- Sierra Leona: 509 mil US$
- Emiratos Árabes Unidos: 477,5 mil US$
- Estonia: 449,3 mil US$
- RAE de Hong Kong (China): 410,2 mil US$
- Bulgaria: 302,1 mil US$
- Rumanía: 258 mil US$
- Nueva Zelanda: 252,5 mil US$
- Letonia: 200,6 mil US$
- Serbia: 164,9 mil US$
- Túnez: 164,1 mil US$
- Australia: 126,3 mil US$
- Guatemala: 119,8 mil US$
- Hungría: 116,1 mil US$
- México: 113,1 mil US$
- El Salvador: 98,8 mil US$
- Arabia Saudí: 86,5 mil US$
- Omán: 63,2 mil US$
- Panamá: 51,8 mil US$
- Chile: 50,6 mil US$
- Vietnam: 48,3 mil US$
- Bosnia y Herzegovina: 46,7 mil US$
- Macedonia del Norte: 39,7 mil US$
- Ucrania: 34 mil US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 493,2 mil US$493,2 mil US$+7,5 M US$+40,4 M US$+> 78,4 M US$
Importaciones: 156
- Alemania: 317,8 M US$
- Italia: 225,2 M US$
- Estados Unidos: 173,2 M US$
- Corea del Sur: 109,2 M US$
- Turquía: 78,4 M US$
- Polonia: 73,7 M US$
- Países Bajos: 60,3 M US$
- Canadá: 59,7 M US$
- Francia: 57,8 M US$
- Taiwán: 53,6 M US$
- España: 50,3 M US$
- India: 50 M US$
- Bélgica: 43,8 M US$
- Rusia: 43,8 M US$
- Reino Unido: 41,9 M US$
- Indonesia: 40,4 M US$
- Austria: 36,3 M US$
- Finlandia: 34 M US$
- Chequia: 33,4 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 32 M US$
- Brasil: 30,8 M US$
- Noruega: 26,8 M US$
- Suiza: 25,2 M US$
- México: 23,7 M US$
- Dinamarca: 21,9 M US$
- Arabia Saudí: 21,3 M US$
- China: 20,6 M US$
- Malasia: 20,2 M US$
- Tailandia: 18,4 M US$
- Vietnam: 18,4 M US$
- Suecia: 17,8 M US$
- Japón: 16,1 M US$
- Kazajistán: 16 M US$
- Australia: 12,7 M US$
- Eslovaquia: 10 M US$
- Eslovenia: 8,4 M US$
- República Democrática del Congo: 7,9 M US$
- Uzbekistán: 7,6 M US$
- Rumanía: 7,5 M US$
- Perú: 7,4 M US$
- Irán: 6,8 M US$
- Singapur: 5,9 M US$
- Portugal: 5,9 M US$
- Hungría: 5,7 M US$
- Croacia: 5,7 M US$
- Egipto: 5,1 M US$
- Ucrania: 5,1 M US$
- Serbia: 4,8 M US$
- Luxemburgo: 4,6 M US$
- Marruecos: 4,5 M US$
- Estonia: 4,4 M US$
- Bulgaria: 4 M US$
- Lituania: 3,9 M US$
- Sudáfrica: 3,6 M US$
- Grecia: 2,9 M US$
- Pakistán: 2,9 M US$
- Nueva Zelanda: 2,8 M US$
- Irlanda: 2,7 M US$
- Israel: 2,6 M US$
- Argentina: 2,4 M US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 317,1 M US$ | 15,3 % | |
| 2 | 308,7 M US$ | 14,9 % | |
| 3 | 291,5 M US$ | 14,1 % | |
| 4 | 268 M US$ | 13 % | |
| 5 | 121,4 M US$ | 5,9 % | |
| 6 | 109,8 M US$ | 5,3 % | |
| 7 | 104,1 M US$ | 5 % | |
| 8 | 101,7 M US$ | 4,9 % | |
| 9 | 79,4 M US$ | 3,8 % | |
| 10 | 73 M US$ | 3,5 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 317,8 M US$ | 15,4 % | |
| 2 | 225,2 M US$ | 10,9 % | |
| 3 | 173,2 M US$ | 8,4 % | |
| 4 | 109,2 M US$ | 5,3 % | |
| 5 | 78,4 M US$ | 3,8 % | |
| 6 | 73,7 M US$ | 3,6 % | |
| 7 | 60,3 M US$ | 2,9 % | |
| 8 | 59,7 M US$ | 2,9 % | |
| 9 | 57,8 M US$ | 2,8 % | |
| 10 | 53,6 M US$ | 2,6 % |
Resoluciones vinculantes para mercancías similares 3
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
Cambios normativos recientes que citan este código
Actos cuyo texto cita este código o su partida. Compruebe el propio acto: un código puede citarse por motivos distintos de un cambio de su derecho.
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CELEX 32026R1457 · Fuente: eur-lex.europa.eu
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CELEX 32026R1384 · Fuente: eur-lex.europa.eu
En la nomenclatura combinada de la UE, la subpartida 7219.21 abarca 2 líneas arancelarias y el derecho de terceros países es nulo.
La subpartida 7219.21 se reparte en 4 líneas en el arancel de aduanas de Turquía; el tipo legal (Ley 474) es del 2 %.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 7219.21 por valor de 52,6 M € (−54 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 2,56 € por kilo; China aportó el 48 %, por delante de India.
El comercio mundial de estas mercancías alcanzó 2067,8 M US$ en 2024, un 11,8 % menos que en 2023.
El mayor exportador fue Bélgica, con el 15,3 % del total, por delante de Eslovenia.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «de espesor superior a 10 mm»?
Estas mercancías se clasifican en la subpartida 7219.21 del Sistema Armonizado (partida 7219), dentro de la sección XV. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «de espesor superior a 10 mm» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 7219.21 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «de espesor superior a 10 mm» en Turquía?
En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 7219.21 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan al 2 %. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «de espesor superior a 10 mm»?
Bélgica, con 317,1 M US$ en 2024 (el 15,3 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 48,5 M US$ (el 2,3 % del total mundial) y ocupó el puesto 13 entre 78 países exportadores.
¿Cuáles son los principales proveedores de la UE de «chapa inoxidable laminada en caliente > 10 mm»?
En los 12 meses hasta agosto de 2026, los mayores proveedores fueron China (48 %), India (28 %) y Estados Unidos (9 %), sobre unas importaciones totales de 52,6 M €.