Capítulo
Capítulo 84: Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
86 partidas forman el capítulo 84, que pertenece a la sección XVI, máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.
Comparación de aranceles
Partidas 86
- 8401Reactores nucleares; elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar para reactores nucleares; máquinas y aparatos para la separación isotópica
- 8402Calderas de vapor (generadores de vapor) (excepto las de calefacción central diseñadas para producir agua caliente y también vapor a baja presión); calderas denominadas «de agua sobrecalentada»
- 8403Calderas para calefacción central (excepto las de la partida 8402)
- 8404Aparatos auxiliares para las calderas de las partidas 8402 u 8403 (por ejemplo: economizadores, recalentadores, deshollinadores o recuperadores de gas); condensadores para máquinas de vapor
- 8405Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por vía húmeda, incluso con sus depuradores
- 8406Turbinas de vapor
- 8407Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión)
- 8408Motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores diésel o semi-diésel)
- 8409Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas 8407 u 8408
- 8410Turbinas hidráulicas, ruedas hidráulicas y sus reguladores
- 8411Turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas
- 8412Los demás motores y máquinas motrices
- 8413Bombas para líquidos, incluso con dispositivo medidor incorporado; elevadores de líquidos
- 8414Bombas de aire o de vacío, compresores de aire u otros gases y ventiladores; campanas aspirantes para extracción o reciclado, con ventilador incorporado, incluso con filtro; recintos de seguridad biológica herméticos a gases, incluso con filtro
- 8415Máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire que comprenden un ventilador con motor y los dispositivos adecuados para modificar la temperatura y la humedad, aunque no regulen separadamente el grado higrométrico
- 8416Quemadores para la alimentación de hogares, de combustibles líquidos o sólidos pulverizados o de gases; alimentadores mecánicos de hogares, parrillas mecánicas, descargadores mecánicos de cenizas y demás dispositivos mecánicos auxiliares empleados en hogares
- 8417Hornos industriales o de laboratorio, incluidos los incineradores, que no sean eléctricos
- 8418Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para producción de frío, aunque no sean eléctricos; bombas de calor (excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 8415)
- 8419Aparatos, dispositivos o equipos de laboratorio, aunque se calienten eléctricamente (excepto los hornos y demás aparatos de la partida 8514), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento (excepto los aparatos domésticos); calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación (excepto los eléctricos)
- 8420Calandrias y laminadores (excepto para metal o vidrio), y cilindros para estas máquinas
- 8421Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases
- 8422Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretráctil); máquinas y aparatos para gasear bebidas
- 8423Aparatos e instrumentos de pesar, incluidas las básculas y balanzas para comprobar o contar piezas fabricadas (excepto las balanzas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg); pesas para toda clase de básculas o balanzas
- 8424Aparatos mecánicos, incluso manuales, para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares
- 8425Polipastos; tornos y cabrestantes; gatos
- 8426Grúas y aparatos de elevación sobre cable aéreo; puentes rodantes, pórticos de descarga o manipulación, puentes grúa, carretillas puente y carretillas grúa
- 8427Carretillas apiladoras; las demás carretillas de manipulación con dispositivo de elevación incorporado
- 8428Las demás máquinas y aparatos de elevación, carga, descarga o manipulación (por ejemplo: ascensores, escaleras mecánicas, transportadores, teleféricos)
- 8429Topadoras frontales (bulldozers), topadoras angulares (angledozers), niveladoras, traíllas (scrapers), palas mecánicas, excavadoras, cargadoras, palas cargadoras, compactadoras y apisonadoras (aplanadoras), autopropulsadas
- 8430Las demás máquinas y aparatos para explanar, nivelar, traillar (scraping), excavar, compactar, apisonar (aplanar), extraer o perforar tierra o minerales; martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares; quitanieves
- 8431Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 8425 a 8430
- 8432Máquinas, aparatos y artefactos agrícolas, hortícolas o silvícolas, para la preparación o el trabajo del suelo o para el cultivo; rodillos para césped o terrenos de deporte
- 8433Máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de césped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas (excepto las de la partida 8437)
- 8434Máquinas de ordeñar y máquinas y aparatos para la industria lechera
- 8435Prensas, estrujadoras y máquinas y aparatos análogos para la producción de vino, sidra, jugos de frutos o bebidas similares
- 8436Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas
- 8437Máquinas para limpieza, clasificación o cribado de semillas, granos u hortalizas de vaina secas; máquinas y aparatos para molienda o tratamiento de cereales u hortalizas de vaina secas (excepto las de tipo rural)
- 8438Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo, para la preparación o fabricación industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para extracción o preparación de aceites o grasas, vegetales o de origen microbiano, fijos o animales
- 8439Máquinas y aparatos para la fabricación de pasta de materias fibrosas celulósicas o para la fabricación o acabado de papel o cartón
- 8440Máquinas y aparatos para encuadernación, incluidas las máquinas para coser pliegos
- 8441Las demás máquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel, del papel o cartón, incluidas las cortadoras de cualquier tipo
- 8442Máquinas, aparatos y material (excepto las máquinas de las partidas 8456 a 8465) para preparar o fabricar clisés, planchas, cilindros o demás elementos impresores; clisés, planchas, cilindros y demás elementos impresores; piedras litográficas, planchas, placas y cilindros, preparados para la impresión (por ejemplo: aplanados, graneados, pulidos)
- 8443Máquinas y aparatos para imprimir mediante planchas, cilindros y demás elementos impresores de la partida 8442; las demás máquinas impresoras, copiadoras y de fax, incluso combinadas entre sí; partes y accesorios
- 8444Máquinas para extrudir, estirar, texturar o cortar materia textil sintética o artificial
- 8445Máquinas para la preparación de materia textil; máquinas para hilar, doblar o retorcer materia textil y demás máquinas y aparatos para la fabricación de hilados textiles; máquinas para bobinar (incluidas las canilleras), o devanar materia textil y máquinas para la preparación de hilados textiles para su utilización en las máquinas de las partidas 8446 u 8447
- 8446Telares
- 8447Máquinas de tricotar, de coser por cadeneta, de entorchar, de fabricar tul, encaje, bordados, pasamanería, trenzas, redes o de insertar mechones
- 8448Máquinas y aparatos auxiliares para las máquinas de las partidas 8444, 8445, 8446 u 8447 (por ejemplo: maquinitas para lizos, mecanismos Jacquard, paraurdidumbres y paratramas, mecanismos de cambio de lanzadera); partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de esta partida o de las partidas 8444, 8445, 8446 u 8447 (por ejemplo: husos, aletas, guarniciones de cardas, peines, barretas, hileras, lanzaderas, lizos y cuadros de lizos, agujas, platinas, ganchos)
- 8449Máquinas y aparatos para la fabricación o acabado del fieltro o tela sin tejer, en pieza o con forma, incluidas las máquinas y aparatos para la fabricación de sombreros de fieltro; hormas de sombrerería
- 8450Máquinas para lavar ropa, incluso con dispositivo de secado
- 8451Máquinas y aparatos (excepto las máquinas de la partida 8450) para lavar, limpiar, escurrir, secar, planchar, prensar (incluidas las prensas de fijar), blanquear, teñir, aprestar, acabar, recubrir o impregnar hilados, telas o manufacturas textiles y máquinas para el revestimiento de telas u otros soportes utilizados en la fabricación de cubresuelos, tales como linóleo; máquinas para enrollar, desenrollar, plegar, cortar o dentar telas
- 8452Máquinas de coser (excepto las de coser pliegos de la partida 8440); muebles, basamentos y tapas o cubiertas especialmente diseñados para máquinas de coser; agujas para máquinas de coser
- 8453Máquinas y aparatos para la preparación, curtido o trabajo de cuero o piel o para la fabricación o reparación de calzado u otras manufacturas de cuero o piel (excepto las máquinas de coser)
- 8454Convertidores, cucharas de colada, lingoteras y máquinas de colar (moldear), para metalurgia, acerías o fundiciones
- 8455Laminadores para metal y sus cilindros
- 8456Máquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia mediante láser u otros haces de luz o de fotones, por ultrasonido, electroerosión, procesos electroquímicos, haces de electrones, haces iónicos o chorro de plasma; máquinas para cortar por chorro de agua
- 8457Centros de mecanizado, máquinas de puesto fijo y máquinas de puestos múltiples, para trabajar metal
- 8458Tornos (incluidos los centros de torneado) que trabajen por arranque de metal
- 8459Máquinas herramienta (incluidas las unidades de mecanizado de correderas) de taladrar, escariar, fresar o roscar (incluso aterrajar), metal por arranque de material, excepto los tornos (incluidos los centros de torneado) de la partida 8458)
- 8460Máquinas herramienta de desbarbar, afilar, amolar, rectificar, lapear (bruñir), pulir o hacer otras operaciones de acabado, para metal o cermet, mediante muelas, abrasivos o productos para pulir (excepto las máquinas para tallar o acabar engranajes de la partida 8461)
- 8461Máquinas herramienta de cepillar, limar, mortajar, brochar, tallar o acabar engranajes, aserrar, trocear y demás máquinas herramienta que trabajen por arranque de metal o cermet, no expresadas ni comprendidas en otra parte
- 8462Máquinas herramienta (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón y otras máquinas de martillar, para trabajar metal (excepto los laminadores); máquinas herramienta (incluidas las prensas, las líneas de hendido y las líneas de corte longitudinal) de enrollar, curvar, plegar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar, entallar o mordiscar, metal (excepto los bancos de estirar); prensas para trabajar metal o carburos metálicos, no expresadas anteriormente
- 8463Las demás máquinas herramienta para trabajar metal o cermet, que no trabajen por arranque de materia
- 8464Máquinas herramienta para trabajar piedra, cerámica, hormigón, amiantocemento o materias minerales similares, o para trabajar el vidrio en frío
- 8465Máquinas herramienta (incluidas las de clavar, grapar, encolar o ensamblar de otro modo) para trabajar madera, corcho, hueso, caucho endurecido, plástico rígido o materias duras similares
- 8466Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 8456 a 8465, incluidos los portapiezas y portaútiles, dispositivos de roscar de apertura automática, divisores y demás dispositivos especiales para montar en estas máquinas; portaútiles para herramientas de mano de cualquier tipo
- 8467Herramientas neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado, incluso eléctrico, de uso manual
- 8468Máquinas y aparatos para soldar, aunque puedan cortar (excepto los de la partida 8515); máquinas y aparatos de gas para temple superficial
- 8470Máquinas de calcular y máquinas de bolsillo registradoras, reproductoras y visualizadoras de datos, con función de cálculo; máquinas de contabilidad, de franquear, expedir boletos (tiques) y máquinas similares, con dispositivo de cálculo incorporado; cajas registradoras
- 8471Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, no expresadas ni comprendidas en otra parte
- 8472Las demás máquinas y aparatos de oficina (por ejemplo: copiadoras hectográficas, mimeógrafos, máquinas de imprimir direcciones, distribuidores automáticos de billetes de banco, máquinas de clasificar, contar o encartuchar monedas, sacapuntas, perforadoras, grapadoras)
- 8473Partes y accesorios (excepto los estuches, fundas y similares) identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 8470 a 8472
- 8474Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar o sobar tierra, piedra u otra materia mineral sólida (incluido el polvo y la pasta); máquinas de aglomerar, formar o moldear combustibles minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento, yeso o demás materias minerales en polvo o pasta; máquinas de hacer moldes de arena para fundición
- 8475Máquinas para montar lámparas, tubos o válvulas eléctricos o electrónicos o lámparas de destello, que tengan envoltura de vidrio; máquinas para fabricar o trabajar en caliente el vidrio o sus manufacturas
- 8476Máquinas automáticas para la venta de productos [por ejemplo: sellos (estampillas), cigarrillos, alimentos, bebidas], incluidas las máquinas de cambiar moneda
- 8477Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo
- 8478Máquinas y aparatos para preparar o elaborar tabaco, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo
- 8479Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo
- 8480Cajas de fundición; placas de fondo para moldes; modelos para moldes; moldes para metal (excepto las lingoteras), carburos metálicos, vidrio, materia mineral, caucho o plástico
- 8481Artículos de grifería y órganos similares para tuberías, calderas, depósitos, cubas o continentes similares, incluidas las válvulas reductoras de presión y las válvulas termostáticas
- 8482Rodamientos de bolas, de rodillos o de agujas
- 8483Árboles de transmisión (incluidos los de levas y los cigüeñales) y manivelas; cajas de cojinetes y cojinetes; engranajes y ruedas de fricción; husillos fileteados de bolas o rodillos; reductores, multiplicadores y variadores de velocidad, incluidos los convertidores de par; volantes y poleas, incluidos los motones; embragues y órganos de acoplamiento, incluidas las juntas de articulación
- 8484Juntas metaloplásticas; surtidos de juntas o empaquetaduras de distinta composición presentados en bolsitas, sobres o envases análogos; juntas mecánicas de estanqueidad
- 8485Máquinas para fabricación aditiva
- 8486Máquinas y aparatos utilizados, exclusiva o principalmente, para la fabricación de semiconductores en forma de monocristales periformes u obleas («wafers»), dispositivos semiconductores, circuitos electrónicos integrados o dispositivos de visualización («display») de pantalla plana; máquinas y aparatos descritos en la Nota 11 C) de este Capítulo; partes y accesorios
- 8487Partes de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte de este capítulo, sin conexiones eléctricas, partes aisladas eléctricamente, bobinados, contactos ni otras características eléctricas
UE: importaciones mensuales
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 38 M US$38 M US$+985 M US$+27 mil M US$+> 103 mil M US$
Exportaciones: 225
- China: 626 mil M US$
- Estados Unidos: 259 mil M US$
- Alemania: 257 mil M US$
- Japón: 144 mil M US$
- México: 129 mil M US$
- Italia: 111 mil M US$
- Taiwán: 103 mil M US$
- Corea del Sur: 84 mil M US$
- Reino Unido: 80 mil M US$
- Países Bajos: 80 mil M US$
- Vietnam: 78 mil M US$
- Francia: 73 mil M US$
- Tailandia: 61 mil M US$
- Polonia: 49 mil M US$
- Singapur: 48 mil M US$
- Malasia: 43 mil M US$
- Chequia: 42 mil M US$
- Canadá: 41 mil M US$
- India: 35 mil M US$
- Austria: 35 mil M US$
- Suecia: 30 mil M US$
- España: 29 mil M US$
- Turquía: 27 mil M US$
- Suiza: 25 mil M US$
- Hungría: 25 mil M US$
- Bélgica: 23 mil M US$
- RAE de Hong Kong (China): 22 mil M US$
- Dinamarca: 15 mil M US$
- Filipinas: 14 mil M US$
- Eslovaquia: 13 mil M US$
- Brasil: 13 mil M US$
- Finlandia: 12 mil M US$
- Rumanía: 12 mil M US$
- Irlanda: 11 mil M US$
- Indonesia: 9207 M US$
- Portugal: 5966 M US$
- Sudáfrica: 5915 M US$
- Israel: 5492 M US$
- Noruega: 5216 M US$
- Eslovenia: 5002 M US$
- Australia: 4706 M US$
- Rusia: 4142 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 4070 M US$
- Bulgaria: 3721 M US$
- Arabia Saudí: 2941 M US$
- Serbia: 2894 M US$
- Luxemburgo: 2583 M US$
- Lituania: 2103 M US$
- Croacia: 1975 M US$
- Estonia: 1888 M US$
- Grecia: 1858 M US$
- Kazajistán: 1852 M US$
- Nueva Zelanda: 1558 M US$
- Argentina: 1178 M US$
- Túnez: 1150 M US$
- Letonia: 998 M US$
- Ucrania: 985 M US$
- Marruecos: 943 M US$
- Baréin: 875 M US$
- Bosnia y Herzegovina: 791 M US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 973 M US$973 M US$+6415 M US$+37 mil M US$+> 81 mil M US$
Importaciones: 225
- Estados Unidos: 513 mil M US$
- China: 177 mil M US$
- Alemania: 166 mil M US$
- México: 93 mil M US$
- Francia: 84 mil M US$
- Países Bajos: 83 mil M US$
- Canadá: 81 mil M US$
- RAE de Hong Kong (China): 79 mil M US$
- Reino Unido: 78 mil M US$
- Japón: 72 mil M US$
- Corea del Sur: 67 mil M US$
- Singapur: 64 mil M US$
- India: 61 mil M US$
- Italia: 52 mil M US$
- Taiwán: 51 mil M US$
- Polonia: 50 mil M US$
- España: 44 mil M US$
- Brasil: 41 mil M US$
- Turquía: 41 mil M US$
- Australia: 40 mil M US$
- Malasia: 37 mil M US$
- Rusia: 37 mil M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 37 mil M US$
- Chequia: 36 mil M US$
- Bélgica: 36 mil M US$
- Vietnam: 34 mil M US$
- Tailandia: 32 mil M US$
- Indonesia: 32 mil M US$
- Arabia Saudí: 29 mil M US$
- Austria: 27 mil M US$
- Suecia: 25 mil M US$
- Suiza: 23 mil M US$
- Hungría: 21 mil M US$
- Irlanda: 19 mil M US$
- Rumanía: 16 mil M US$
- Noruega: 15 mil M US$
- Dinamarca: 14 mil M US$
- Eslovaquia: 14 mil M US$
- Sudáfrica: 13 mil M US$
- Filipinas: 12 mil M US$
- Kazajistán: 11 mil M US$
- Chile: 11 mil M US$
- Portugal: 11 mil M US$
- Finlandia: 10 mil M US$
- Argentina: 9782 M US$
- Israel: 9601 M US$
- Marruecos: 8884 M US$
- Egipto: 8266 M US$
- Catar: 8050 M US$
- Colombia: 7130 M US$
- Ucrania: 6987 M US$
- Perú: 6950 M US$
- Argelia: 6791 M US$
- Nueva Zelanda: 6688 M US$
- Grecia: 6631 M US$
- Uzbekistán: 6476 M US$
- Irak: 6415 M US$
- Bulgaria: 5231 M US$
- Nigeria: 5104 M US$
- Serbia: 4646 M US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 626 mil M US$ | 22,9 % | |
| 2 | 259 mil M US$ | 9,5 % | |
| 3 | 257 mil M US$ | 9,4 % | |
| 4 | 144 mil M US$ | 5,2 % | |
| 5 | 129 mil M US$ | 4,7 % | |
| 6 | 111 mil M US$ | 4,1 % | |
| 7 | 103 mil M US$ | 3,8 % | |
| 8 | 84 mil M US$ | 3,1 % | |
| 9 | 80 mil M US$ | 2,9 % | |
| 10 | 80 mil M US$ | 2,9 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 513 mil M US$ | 18,7 % | |
| 2 | 177 mil M US$ | 6,4 % | |
| 3 | 166 mil M US$ | 6,1 % | |
| 4 | 93 mil M US$ | 3,4 % | |
| 5 | 84 mil M US$ | 3,1 % | |
| 6 | 83 mil M US$ | 3 % | |
| 7 | 81 mil M US$ | 2,9 % | |
| 8 | 79 mil M US$ | 2,9 % | |
| 9 | 78 mil M US$ | 2,9 % | |
| 10 | 72 mil M US$ | 2,6 % |
La nomenclatura combinada de la UE divide el capítulo 84 en 897 líneas arancelarias; el derecho de terceros países va del 0 % al 9,7 % (media del 1,9 %). 205 de ellas están exentas de derechos.
En el arancel de aduanas de Turquía, el capítulo 84 abarca 1374 líneas arancelarias y el tipo legal (Ley 474) va del 0 % al 50 %. 384 de ellas están exentas de derechos.
El capítulo 84 se reparte en 824 líneas en el arancel armonizado de Estados Unidos; el derecho general va del 0 % al 9,9 %. 498 de ellas están exentas de derechos. Una línea tiene un derecho específico o compuesto.
El comercio mundial de las mercancías del capítulo 84 alcanzó 3 B US$ en 2024, un 5,2 % más que en 2023.
El mayor exportador fue China, con el 22,9 % del total, por delante de Estados Unidos.
El mayor importador fue Estados Unidos (513 mil M US$).
Notas de capítulo
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) las muelas y artículos similares para moler y demás artículos del Capítulo 68;
b) las máquinas, aparatos o artefactos (por ejemplo: bombas), de cerámica y las partes de cerámica de las máquinas, aparatos o artefactos de cualquier materia (Capítulo 69);
c) los artículos de vidrio para laboratorio (partida 7017); los artículos de vidrio para usos técnicos (partidas 7019 o 7020);
d) los artículos de las partidas 7321 o 7322, así como los artículos similares de otros metales comunes (Capítulos 74 a 76 o 78 a 81);
e) las aspiradoras de la partida 8508;
f) los aparatos electromecánicos de uso doméstico de la partida 8509; las cámaras digitales de la partida 8525;
g) los radiadores para los artículos de la Sección XVII;
h) las escobas mecánicas de uso manual, excepto las de motor (partida 9603).
2. Salvo lo dispuesto en la Nota 3 de la Sección XVI y la Nota 11 del presente Capítulo, las máquinas y aparatos susceptibles de clasificarse a la vez tanto en las partidas 8401 a 8424 o en la partida 8486, como en las partidas 8425 a 8480 se clasifican en las partidas 8401 a 8424 o en la partida 8486, según el caso. Sin embargo,
A) No se clasifican en la partida 8419:
a) las incubadoras y criadoras avícolas y los armarios y estufas de germinación (partida 8436);
b) los aparatos humectadores de granos para la molinería (partida 8437);
c) los difusores para la industria azucarera (partida 8438);
d) las máquinas y aparatos para tratamiento térmico de hilados, tejidos o manufacturas de materia textil (partida 8451);
e) los aparatos, dispositivos o equipos de laboratorio diseñados para realizar una operación mecánica, en los que el cambio de temperatura, aunque necesario, solo desempeñe una función accesoria.
B) No se clasifican en la partida 8422:
C) No se clasifican en la partida 8424:
3. Las máquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia susceptibles de clasificarse a la vez tanto en la partida 8456 como en las partidas 8457, 8458, 8459, 8460, 8461, 8464 u 8465 se clasifican en la partida 8456.
4. Solo se clasifican en la partida 8457 las máquinas herramienta para trabajar metal, excepto los tornos (incluidos los centros de torneado), que puedan efectuar diferentes tipos de operaciones de mecanizado por:
a) cambio automático del útil procedente de un almacén de acuerdo con un programa de mecanizado (centros de mecanizado), o
b) utilización automática, simultánea o secuencial, de diferentes unidades de mecanizado que trabajen la pieza en un puesto fijo (máquinas de puesto fijo), o
c) desplazamiento automático de la pieza ante las diferentes unidades de mecanizado (máquinas de puestos múltiples).
5. En la partida 8462, una línea de hendido para productos planos es una línea de producción que consiste en un desenrollador, un dispositivo de aplanado, un hendidor y un rebobinador. Una línea de corte longitudinal para productos planos se compone de un desenrollador, un dispositivo de aplanar y una cizalla.
6.
A) En la partida 8471, se entiende por máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos las máquinas capaces de:
1) registrar el programa o los programas de proceso y, por lo menos, los datos inmediatamente necesarios para la ejecución de ese o esos programas;
2) ser programadas libremente de acuerdo con las necesidades del usuario;
3) realizar cálculos aritméticos definidos por el usuario, y
4) ejecutar, sin intervención humana, un programa de proceso en el que puedan, por decisión lógica, modificar su ejecución durante el mismo.
B) Las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos pueden presentarse en forma de sistemas que comprendan un número variable de unidades individuales.
C) Sin perjuicio de lo dispuesto en las letras D) y E) siguientes, se considerará que forma parte de un sistema automático para tratamiento o procesamiento de datos cualquier unidad que cumpla con todas las condiciones siguientes:
1) que sea del tipo utilizado exclusiva o principalmente en un sistema automático para tratamiento o procesamiento de datos;
2) que pueda conectarse a la unidad central de proceso, sea directamente, sea mediante otra u otras unidades, y
3) que sea capaz de recibir o proporcionar datos en una forma (códigos o señales) utilizable por el sistema.
Las unidades de una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos, presentadas aisladamente, se clasifican en la partida 8471.
Sin embargo, los teclados, dispositivos de entrada por coordenadas X-Y y unidades de almacenamiento de datos por disco, que cumplan las condiciones establecidas en los apartados C) 2) y C) 3) anteriores, se clasifican siempre como unidades de la partida 8471.
D) La partida 8471 no comprende los siguientes aparatos cuando se presenten por separado, incluso si cumplen todas las condiciones establecidas en la nota 6 C) anterior:
1) las máquinas impresoras, copiadoras, de fax, incluso combinadas entre sí;
2) los aparatos para emisión, transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los aparatos para la comunicación con una red inalámbrica o por cable [tales como redes locales (LAN) o extendidas (WAN)];
3) los altavoces (altoparlantes) y micrófonos;
4) las cámaras de televisión, cámaras fotográficas digitales y las videocámaras;
5) los monitores y proyectores que no incorporen aparatos receptores de televisión.
E) Las máquinas que incorporen una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos o que funcionen en unión con tal máquina, y desempeñen una función propia distinta del tratamiento o procesamiento de datos, se clasifican en la partida correspondiente a su función o, en su defecto, en una partida residual.
7. Se clasifican en la partida 8482 las bolas de acero calibradas, es decir, las bolas pulidas cuyo diámetro máximo o mínimo no difiera del diámetro nominal en una proporción superior al 1 %, siempre que esta diferencia (tolerancia) sea inferior o igual a 0,05 mm.
Las bolas de acero que no respondan a esta definición se clasifican en la partida 7326.
8. Salvo disposición en contrario y sin perjuicio de lo dispuesto en la nota 2 anterior, así como en la nota 3 de la sección XVI, las máquinas que tengan múltiples utilizaciones se clasifican en la partida que corresponda a su utilización principal. Cuando no exista tal partida o no sea posible determinar la utilización principal, se clasifican en la partida 8479.
En cualquier caso, las máquinas de cordelería o de cablería (por ejemplo: torcedoras, dobladoras, cableadoras) para cualquier materia se clasifican en la partida 8479.
9. En la partida 8470, la expresión de bolsillo se aplica únicamente a las máquinas con dimensiones inferiores o iguales a 170 mm × 100 mm × 45 mm.
10. En la partida 8485, la expresión fabricación aditiva (también denominada impresión 3D) se refiere a la formación, sobre la base de un modelo digital, de objetos físicos mediante la adición y la deposición sucesiva de capas de materia (por ejemplo: metal, plástico, cerámica), seguida de la consolidación y solidificación de la materia.
Salvo lo dispuesto en la Nota 1 de la Sección XVI y en la Nota 1 del Capítulo 84, las máquinas que cumplan con las especificaciones del texto de la partida 8485 se clasifican en esta partida y no en otra partida de la Nomenclatura.
11.
A) Las Notas 12a) y 12b) del Capítulo 85 también se aplican a las expresiones dispositivos semiconductores y circuitos electrónicos integrados respectivamente, tal como se utilizan en esta Nota y en la partida 8486. Sin embargo, para la aplicación de esta Nota y de la partida 8486, la expresión dispositivos semiconductores también incluye los dispositivos semiconductores fotosensibles y los diodos emisores de luz (LED).
B) Para la aplicación de esta Nota y de la partida 8486, la expresión fabricación de dispositivos de visualización (display) de pantalla plana comprende la fabricación de los sustratos utilizados en dichos dispositivos. Esta expresión no comprende la fabricación del cristal o el montaje de las placas de circuitos impresos u otros componentes electrónicos de la pantalla plana. Los dispositivos de visualización («display») de pantalla plana no comprenden la tecnología del tubo de rayos catódicos.
C) La partida 8486 también comprende las máquinas y aparatos de los tipos utilizados, exclusiva o principalmente, para:
1) la fabricación o reparación de máscaras y retículas;
2) el ensamblaje de dispositivos semiconductores o de circuitos electrónicos integrados;
3) el montaje, manipulación, carga o descarga de semiconductores en forma de monocristales periformes u obleas (wafers), dispositivos semiconductores, circuitos electrónicos integrados y dispositivos de visualización (display) de pantalla plana.
D) Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota 1 de la sección XVI y en la Nota 1 del capítulo 84, las máquinas y aparatos que cumplan las especificaciones de la partida 8486, se clasifican en dicha partida y no en otra de la Nomenclatura.
Notas de subpartida
1. En la subpartida 846520, la expresión centros de mecanizados se aplica únicamente a las maquinas herramienta para trabajar madera, corcho, hueso, caucho endurecido, plástico rigido o materias duras similares, que pueden realizar diferentes tipos de operaciones de mecanizado por cambio automático de útiles procedentes de un almacén, de acuerdo con un programa de mecanizado.
2. En la subpartida 847149, se entiende por sistemas las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos cuyas unidades cumplan con todas las condiciones establecidas en la Nota 6 C) del Capítulo 84 y constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, una unidad de entrada (por ejemplo: un teclado o un escáner) y una unidad de salida (por ejemplo: un visualizador o una impresora).
3. En la subpartida 848120, se entiende por válvulas para transmisiones oleohidráulicas o neumáticas las válvulas que se utilizan específicamente para la transmisión de un fluido motor en un sistema hidráulico o neumático, cuya fuente de energía es un fluido a presión (líquido o gas). Estas válvulas pueden ser de cualquier tipo (por ejemplo: reductoras de presión, de retención, de control). La subpartida 848120 tiene prioridad sobre las demás subpartidas de la partida 8481.
4. La subpartida 848240 se aplica solamente a los rodamientos con rodillos cilíndricos de un diámetro constante inferior o igual a 5 mm y cuya longitud sea superior o igual a tres veces el diámetro del rodillo. Los rodillos pueden estar redondeados en sus extremos..
Notas complementarias
1. Solo se consideran motores para la aviación de las subpartidas 840710 y 840910 los concebidos para recibir una hélice o un rotor.
2. La subpartida 84717030 comprende también los lectores de CD-ROM que constituyen unidades de memoria para máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, los cuales consisten en unidades concebidas para la lectura de los datos contenidos en los CD-ROM, los CD-audio y los CD-foto, equipados con toma para auriculares, control del volumen o mando de arranque/parada.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y…»?
Estas mercancías se clasifican en el capítulo 84 del Sistema Armonizado, dentro de la sección XVI. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos…» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 84 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 0 % y el 9,7 %, según la línea. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos…» en Turquía?
En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 84 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 0 % y el 50 %, según la línea. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos…»?
China, con 626 mil M US$ en 2024 (el 22,9 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 29 mil M US$ (el 1 % del total mundial) y ocupó el puesto 22 entre 225 países exportadores.