Partida · Capítulo 84
8471: Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, no expresadas ni comprendidas en otra parte
8 subpartidas forman la partida 8471, en el capítulo 84 (reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos).
Comparación de aranceles
Subpartidas 8
- 8471.30Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, portátiles, de peso inferior o igual a 10 kg, que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizadorOrdenadores portátiles (hasta 10 kg)
- 8471.41Que incluyan en la misma envoltura, al menos, una unidad central de proceso y, aunque estén combinadas, una unidad de entrada y una de salidaOrdenador de sobremesa todo en uno
- 8471.49Las demás presentadas en forma de sistemasSistemas informáticos
- 8471.50Unidades de proceso, excepto las de las subpartidas 847141 u 847149, aunque incluyan en la misma envoltura uno o dos de los tipos siguientes de unidades: unidad de memoria, unidad de entrada y unidad de salidaUnidades centrales de proceso (los demás)
- 8471.60Unidades de entrada o salida, aunque incluyan unidades de memoria en la misma envolturaTeclados, ratones y otros periféricos
- 8471.70Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento: unidades de memoriaUnidades de memoria informática
- 8471.80Las demás unidades de máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datosOtras unidades de ordenadores
- 8471.90Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento: los demásOtras máquinas de procesamiento de datos
UE: importaciones mensuales
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 923 mil US$923 mil US$+28 M US$+1429 M US$+> 16 mil M US$
Exportaciones: 225
- China: 190 mil M US$
- Taiwán: 57 mil M US$
- México: 57 mil M US$
- Vietnam: 34 mil M US$
- Estados Unidos: 33 mil M US$
- Tailandia: 24 mil M US$
- Países Bajos: 16 mil M US$
- Alemania: 14 mil M US$
- Chequia: 12 mil M US$
- Malasia: 11 mil M US$
- Singapur: 8613 M US$
- Polonia: 6684 M US$
- Hungría: 6177 M US$
- Filipinas: 4411 M US$
- Irlanda: 4253 M US$
- Reino Unido: 3810 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 3573 M US$
- Francia: 2133 M US$
- Japón: 1857 M US$
- Corea del Sur: 1734 M US$
- Italia: 1667 M US$
- Suecia: 1516 M US$
- Canadá: 1429 M US$
- Bélgica: 1278 M US$
- Austria: 1039 M US$
- India: 1006 M US$
- Dinamarca: 907 M US$
- España: 810 M US$
- Eslovaquia: 741 M US$
- Suiza: 602 M US$
- Israel: 587 M US$
- Indonesia: 511 M US$
- Grecia: 474 M US$
- Australia: 446 M US$
- Finlandia: 341 M US$
- Rumanía: 339 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 334 M US$
- Noruega: 317 M US$
- Lituania: 262 M US$
- Bulgaria: 195 M US$
- Sudáfrica: 189 M US$
- Turquía: 177 M US$
- Letonia: 162 M US$
- Brasil: 155 M US$
- Portugal: 135 M US$
- Arabia Saudí: 119 M US$
- Eslovenia: 105 M US$
- Kazajistán: 98 M US$
- Armenia: 79 M US$
- Nueva Zelanda: 75 M US$
- Estonia: 71 M US$
- Luxemburgo: 66 M US$
- Serbia: 63 M US$
- Croacia: 52 M US$
- Baréin: 49 M US$
- Chile: 48 M US$
- Panamá: 28 M US$
- Rusia: 26 M US$
- Costa Rica: 26 M US$
- Chipre: 21 M US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 52 M US$52 M US$+436 M US$+5309 M US$+> 18 mil M US$
Importaciones: 224
- Estados Unidos: 141 mil M US$
- RAE de Hong Kong (China): 33 mil M US$
- Alemania: 29 mil M US$
- Países Bajos: 28 mil M US$
- China: 19 mil M US$
- Japón: 19 mil M US$
- Singapur: 18 mil M US$
- Reino Unido: 16 mil M US$
- Francia: 12 mil M US$
- México: 12 mil M US$
- Canadá: 11 mil M US$
- India: 11 mil M US$
- Malasia: 9941 M US$
- Chequia: 9612 M US$
- Taiwán: 8912 M US$
- Corea del Sur: 8339 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 8239 M US$
- Australia: 8066 M US$
- Italia: 6297 M US$
- Polonia: 6296 M US$
- Suecia: 5795 M US$
- España: 5600 M US$
- Irlanda: 5309 M US$
- Tailandia: 4592 M US$
- Rusia: 4351 M US$
- Bélgica: 4285 M US$
- Suiza: 3809 M US$
- Noruega: 3781 M US$
- Indonesia: 3688 M US$
- Turquía: 3028 M US$
- Arabia Saudí: 2927 M US$
- Dinamarca: 2847 M US$
- Austria: 2685 M US$
- Hungría: 2677 M US$
- Vietnam: 2445 M US$
- Sudáfrica: 1965 M US$
- Finlandia: 1936 M US$
- Brasil: 1819 M US$
- Israel: 1775 M US$
- Chile: 1574 M US$
- Rumanía: 1378 M US$
- Colombia: 1343 M US$
- Eslovaquia: 1231 M US$
- Kazajistán: 1226 M US$
- Filipinas: 1208 M US$
- Grecia: 1178 M US$
- Portugal: 1114 M US$
- Nueva Zelanda: 1068 M US$
- Perú: 927 M US$
- Ucrania: 877 M US$
- Argentina: 731 M US$
- Islandia: 646 M US$
- Lituania: 524 M US$
- Catar: 511 M US$
- Bulgaria: 484 M US$
- Panamá: 436 M US$
- Egipto: 427 M US$
- Marruecos: 423 M US$
- Paraguay: 412 M US$
- Etiopía: 409 M US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 190 mil M US$ | 37,5 % | |
| 2 | 57 mil M US$ | 11,2 % | |
| 3 | 57 mil M US$ | 11,2 % | |
| 4 | 34 mil M US$ | 6,6 % | |
| 5 | 33 mil M US$ | 6,4 % | |
| 6 | 24 mil M US$ | 4,7 % | |
| 7 | 16 mil M US$ | 3,2 % | |
| 8 | 14 mil M US$ | 2,7 % | |
| 9 | 12 mil M US$ | 2,4 % | |
| 10 | 11 mil M US$ | 2,1 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 141 mil M US$ | 27,8 % | |
| 2 | 33 mil M US$ | 6,5 % | |
| 3 | 29 mil M US$ | 5,6 % | |
| 4 | 28 mil M US$ | 5,6 % | |
| 5 | 19 mil M US$ | 3,8 % | |
| 6 | 19 mil M US$ | 3,7 % | |
| 7 | 18 mil M US$ | 3,5 % | |
| 8 | 16 mil M US$ | 3,1 % | |
| 9 | 12 mil M US$ | 2,3 % | |
| 10 | 12 mil M US$ | 2,3 % |
Cambios normativos recientes que citan este código
Actos cuyo texto cita este código o su partida. Compruebe el propio acto: un código puede citarse por motivos distintos de un cambio de su derecho.
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The Iran (Sanctions) (Amendment) Regulations 2026
S.I. 2026/983 · Fuente: legislation.gov.uk
-
CELEX 32026R1395 · Fuente: eur-lex.europa.eu
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FR Doc. 2026-11158 · 91 FR 33854 · Fuente: federalregister.gov
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CELEX 32026R0506 · Fuente: eur-lex.europa.eu
En la nomenclatura combinada de la UE, la partida 8471 abarca 14 líneas arancelarias y el derecho de terceros países es nulo.
La partida 8471 se reparte en 30 líneas en el arancel de aduanas de Turquía; el tipo legal (Ley 474) es nulo.
El arancel armonizado de Estados Unidos divide la partida 8471 en 20 líneas arancelarias; el derecho general es nulo.
En el arancel aduanero del Reino Unido, la partida 8471 abarca 14 líneas arancelarias y el derecho de terceros países es nulo.
La partida 8471 se reparte en 22 líneas en el arancel de aduanas de Canadá; el tipo NMF (nación más favorecida) es nulo.
La tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) divide la partida 8471 en 15 líneas arancelarias; el impuesto general de importación (IGI) es nulo.
En el arancel de Brasil (NCM/AEC), la partida 8471 abarca 31 líneas arancelarias y el tipo de la TEC va del 0 % al 25 %. 4 de ellas están exentas de derechos.
La partida 8471 se reparte en 48 líneas en el arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM); el derecho de importación extrazona (AEC) va del 0 % al 16 %. 34 de ellas están exentas de derechos.
El arancel de Aduanas del Perú divide la partida 8471 en 9 líneas arancelarias; el derecho ad valorem es nulo.
En el arancel de aduanas de Nueva Zelanda, la partida 8471 abarca 14 líneas arancelarias y el tipo normal (Normal Tariff) es nulo.
La partida 8471 se reparte en 11 líneas en el arancel de aduanas de Japón; el tipo aplicado es nulo.
El arancel de importación de Taiwán divide la partida 8471 en 21 líneas arancelarias; el tipo de la columna 1 es nulo.
En el arancel aduanero común del CCG, la partida 8471 abarca 16 líneas arancelarias y el derecho de aduana es nulo.
La partida 8471 se reparte en 8 líneas en el arancel de aduanas de Suiza (Tares); el derecho del arancel normal es nulo.
El arancel de aduanas de Noruega divide la partida 8471 en 11 líneas arancelarias; el derecho ordinario es nulo.
En el arancel de aduanas de Macedonia del Norte, la partida 8471 abarca 15 líneas arancelarias y el derecho NMF es nulo.
La partida 8471 se reparte en 15 líneas en el arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria); el derecho de importación es del 5 %.
El comercio mundial de las mercancías de la partida 8471 alcanzó 507 mil M US$ en 2024, un 25,1 % más que en 2023.
El mayor exportador fue China, con el 37,5 % del total, por delante de Taiwán.
El mayor importador fue Estados Unidos (141 mil M US$).
España ocupó el puesto 28 entre 225 países exportadores, con 810 M US$.
España importó por valor de 5600 M US$.
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) las muelas y artículos similares para moler y demás artículos del Capítulo 68;
b) las máquinas, aparatos o artefactos (por ejemplo: bombas), de cerámica y las partes de cerámica de las máquinas, aparatos o artefactos de cualquier materia (Capítulo 69);
c) los artículos de vidrio para laboratorio (partida 7017); los artículos de vidrio para usos técnicos (partidas 7019 o 7020);
d) los artículos de las partidas 7321 o 7322, así como los artículos similares de otros metales comunes (Capítulos 74 a 76 o 78 a 81);
e) las aspiradoras de la partida 8508;
f) los aparatos electromecánicos de uso doméstico de la partida 8509; las cámaras digitales de la partida 8525;
g) los radiadores para los artículos de la Sección XVII;
h) las escobas mecánicas de uso manual, excepto las de motor (partida 9603).
2. Salvo lo dispuesto en la Nota 3 de la Sección XVI y la Nota 11 del presente Capítulo, las máquinas y aparatos susceptibles de clasificarse a la vez tanto en las partidas 8401 a 8424 o en la partida 8486, como en las partidas 8425 a 8480 se clasifican en las partidas 8401 a 8424 o en la partida 8486, según el caso. Sin embargo,
A) No se clasifican en la partida 8419:
a) las incubadoras y criadoras avícolas y los armarios y estufas de germinación (partida 8436);
b) los aparatos humectadores de granos para la molinería (partida 8437);
c) los difusores para la industria azucarera (partida 8438);
d) las máquinas y aparatos para tratamiento térmico de hilados, tejidos o manufacturas de materia textil (partida 8451);
e) los aparatos, dispositivos o equipos de laboratorio diseñados para realizar una operación mecánica, en los que el cambio de temperatura, aunque necesario, solo desempeñe una función accesoria.
B) No se clasifican en la partida 8422:
C) No se clasifican en la partida 8424:
3. Las máquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia susceptibles de clasificarse a la vez tanto en la partida 8456 como en las partidas 8457, 8458, 8459, 8460, 8461, 8464 u 8465 se clasifican en la partida 8456.
4. Solo se clasifican en la partida 8457 las máquinas herramienta para trabajar metal, excepto los tornos (incluidos los centros de torneado), que puedan efectuar diferentes tipos de operaciones de mecanizado por:
a) cambio automático del útil procedente de un almacén de acuerdo con un programa de mecanizado (centros de mecanizado), o
b) utilización automática, simultánea o secuencial, de diferentes unidades de mecanizado que trabajen la pieza en un puesto fijo (máquinas de puesto fijo), o
c) desplazamiento automático de la pieza ante las diferentes unidades de mecanizado (máquinas de puestos múltiples).
5. En la partida 8462, una línea de hendido para productos planos es una línea de producción que consiste en un desenrollador, un dispositivo de aplanado, un hendidor y un rebobinador. Una línea de corte longitudinal para productos planos se compone de un desenrollador, un dispositivo de aplanar y una cizalla.
6.
A) En la partida 8471, se entiende por máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos las máquinas capaces de:
1) registrar el programa o los programas de proceso y, por lo menos, los datos inmediatamente necesarios para la ejecución de ese o esos programas;
2) ser programadas libremente de acuerdo con las necesidades del usuario;
3) realizar cálculos aritméticos definidos por el usuario, y
4) ejecutar, sin intervención humana, un programa de proceso en el que puedan, por decisión lógica, modificar su ejecución durante el mismo.
B) Las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos pueden presentarse en forma de sistemas que comprendan un número variable de unidades individuales.
C) Sin perjuicio de lo dispuesto en las letras D) y E) siguientes, se considerará que forma parte de un sistema automático para tratamiento o procesamiento de datos cualquier unidad que cumpla con todas las condiciones siguientes:
1) que sea del tipo utilizado exclusiva o principalmente en un sistema automático para tratamiento o procesamiento de datos;
2) que pueda conectarse a la unidad central de proceso, sea directamente, sea mediante otra u otras unidades, y
3) que sea capaz de recibir o proporcionar datos en una forma (códigos o señales) utilizable por el sistema.
Las unidades de una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos, presentadas aisladamente, se clasifican en la partida 8471.
Sin embargo, los teclados, dispositivos de entrada por coordenadas X-Y y unidades de almacenamiento de datos por disco, que cumplan las condiciones establecidas en los apartados C) 2) y C) 3) anteriores, se clasifican siempre como unidades de la partida 8471.
D) La partida 8471 no comprende los siguientes aparatos cuando se presenten por separado, incluso si cumplen todas las condiciones establecidas en la nota 6 C) anterior:
1) las máquinas impresoras, copiadoras, de fax, incluso combinadas entre sí;
2) los aparatos para emisión, transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los aparatos para la comunicación con una red inalámbrica o por cable [tales como redes locales (LAN) o extendidas (WAN)];
3) los altavoces (altoparlantes) y micrófonos;
4) las cámaras de televisión, cámaras fotográficas digitales y las videocámaras;
5) los monitores y proyectores que no incorporen aparatos receptores de televisión.
E) Las máquinas que incorporen una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos o que funcionen en unión con tal máquina, y desempeñen una función propia distinta del tratamiento o procesamiento de datos, se clasifican en la partida correspondiente a su función o, en su defecto, en una partida residual.
7. Se clasifican en la partida 8482 las bolas de acero calibradas, es decir, las bolas pulidas cuyo diámetro máximo o mínimo no difiera del diámetro nominal en una proporción superior al 1 %, siempre que esta diferencia (tolerancia) sea inferior o igual a 0,05 mm.
Las bolas de acero que no respondan a esta definición se clasifican en la partida 7326.
8. Salvo disposición en contrario y sin perjuicio de lo dispuesto en la nota 2 anterior, así como en la nota 3 de la sección XVI, las máquinas que tengan múltiples utilizaciones se clasifican en la partida que corresponda a su utilización principal. Cuando no exista tal partida o no sea posible determinar la utilización principal, se clasifican en la partida 8479.
En cualquier caso, las máquinas de cordelería o de cablería (por ejemplo: torcedoras, dobladoras, cableadoras) para cualquier materia se clasifican en la partida 8479.
9. En la partida 8470, la expresión de bolsillo se aplica únicamente a las máquinas con dimensiones inferiores o iguales a 170 mm × 100 mm × 45 mm.
10. En la partida 8485, la expresión fabricación aditiva (también denominada impresión 3D) se refiere a la formación, sobre la base de un modelo digital, de objetos físicos mediante la adición y la deposición sucesiva de capas de materia (por ejemplo: metal, plástico, cerámica), seguida de la consolidación y solidificación de la materia.
Salvo lo dispuesto en la Nota 1 de la Sección XVI y en la Nota 1 del Capítulo 84, las máquinas que cumplan con las especificaciones del texto de la partida 8485 se clasifican en esta partida y no en otra partida de la Nomenclatura.
11.
A) Las Notas 12a) y 12b) del Capítulo 85 también se aplican a las expresiones dispositivos semiconductores y circuitos electrónicos integrados respectivamente, tal como se utilizan en esta Nota y en la partida 8486. Sin embargo, para la aplicación de esta Nota y de la partida 8486, la expresión dispositivos semiconductores también incluye los dispositivos semiconductores fotosensibles y los diodos emisores de luz (LED).
B) Para la aplicación de esta Nota y de la partida 8486, la expresión fabricación de dispositivos de visualización (display) de pantalla plana comprende la fabricación de los sustratos utilizados en dichos dispositivos. Esta expresión no comprende la fabricación del cristal o el montaje de las placas de circuitos impresos u otros componentes electrónicos de la pantalla plana. Los dispositivos de visualización («display») de pantalla plana no comprenden la tecnología del tubo de rayos catódicos.
C) La partida 8486 también comprende las máquinas y aparatos de los tipos utilizados, exclusiva o principalmente, para:
1) la fabricación o reparación de máscaras y retículas;
2) el ensamblaje de dispositivos semiconductores o de circuitos electrónicos integrados;
3) el montaje, manipulación, carga o descarga de semiconductores en forma de monocristales periformes u obleas (wafers), dispositivos semiconductores, circuitos electrónicos integrados y dispositivos de visualización (display) de pantalla plana.
D) Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota 1 de la sección XVI y en la Nota 1 del capítulo 84, las máquinas y aparatos que cumplan las especificaciones de la partida 8486, se clasifican en dicha partida y no en otra de la Nomenclatura.
Notas de subpartida
1. En la subpartida 846520, la expresión centros de mecanizados se aplica únicamente a las maquinas herramienta para trabajar madera, corcho, hueso, caucho endurecido, plástico rigido o materias duras similares, que pueden realizar diferentes tipos de operaciones de mecanizado por cambio automático de útiles procedentes de un almacén, de acuerdo con un programa de mecanizado.
2. En la subpartida 847149, se entiende por sistemas las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos cuyas unidades cumplan con todas las condiciones establecidas en la Nota 6 C) del Capítulo 84 y constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, una unidad de entrada (por ejemplo: un teclado o un escáner) y una unidad de salida (por ejemplo: un visualizador o una impresora).
3. En la subpartida 848120, se entiende por válvulas para transmisiones oleohidráulicas o neumáticas las válvulas que se utilizan específicamente para la transmisión de un fluido motor en un sistema hidráulico o neumático, cuya fuente de energía es un fluido a presión (líquido o gas). Estas válvulas pueden ser de cualquier tipo (por ejemplo: reductoras de presión, de retención, de control). La subpartida 848120 tiene prioridad sobre las demás subpartidas de la partida 8481.
4. La subpartida 848240 se aplica solamente a los rodamientos con rodillos cilíndricos de un diámetro constante inferior o igual a 5 mm y cuya longitud sea superior o igual a tres veces el diámetro del rodillo. Los rodillos pueden estar redondeados en sus extremos..
Notas complementarias
1. Solo se consideran motores para la aviación de las subpartidas 840710 y 840910 los concebidos para recibir una hélice o un rotor.
2. La subpartida 84717030 comprende también los lectores de CD-ROM que constituyen unidades de memoria para máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, los cuales consisten en unidades concebidas para la lectura de los datos contenidos en los CD-ROM, los CD-audio y los CD-foto, equipados con toma para auriculares, control del volumen o mando de arranque/parada.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de…»?
Estas mercancías se clasifican en la partida 8471 del Sistema Armonizado (capítulo 84), dentro de la sección XVI. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «máquinas automáticas para tratamiento o…» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 8471 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «máquinas automáticas para tratamiento o…» en Turquía?
En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 8471 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «máquinas automáticas para tratamiento o…»?
China, con 190 mil M US$ en 2024 (el 37,5 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 810 M US$ (el 0,2 % del total mundial) y ocupó el puesto 28 entre 225 países exportadores.