Subpartida · Capítulo 87 · Partida 8708

8708.21

8708.21: Las demás partes y accesorios de carrocería: cinturones de seguridad

Cinturones de seguridad para vehículos

Designación oficial Cinturones de seguridad

La subpartida SA 8708.21 —cinturones de seguridad para vehículos— pertenece a la partida 8708, en el capítulo 87.

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana 3 % – 4,5 % derecho de terceros países · en 2 líneas nacionales depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 3 medidas adicionales Requisitos de importación: 7
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Tipos por línea nacional · Nomenclatura combinada de la UE

Líneas arancelarias (UE) →
  1. 8708 21 Cinturones de seguridad:
  2. 8708 21 10 Destinados a la industria del montaje:

    de los vehículos automóviles de la partida 8703,

    de los vehículos automóviles de la partida 8704 con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2500 cm3, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2800 cm3,

    de los vehículos automóviles de la partida 8705

    3 %p/st
  3. 8708 21 90 Los demás 4,5 %p/st

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 4

  • Destino finalDerecho no preferencial en régimen de destino final 3 %
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 1549/06
    Líneas arancelarias
    en 1 de 2 líneas
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 9

  • Control de importaciónRestricción del despacho a libre práctica
    Se aplica a mercancías originarias de
    Irak, Siria
    Acto jurídico
    Regulation 1210/03, Regulation 1332/13
  • Control de importaciónControl de la importación de mercancías y tecnologías restringidas
    Se aplica a mercancías originarias de
    Libia
    Acto jurídico
    Regulation 0044/16
    Documentos
    • Y920 Mercancías distintas a las descritas en las notas a pie de página asociadas a la medida.
  • Control de importaciónControl de la importación de mercancías y tecnologías restringidas
    Se aplica a mercancías originarias de
    Rusia
    Vigencia
    hasta el 31 de julio de 2027
    Acto jurídico
    Decision 0512/14
    Documentos
    • Y920 Mercancías distintas a las descritas en las notas a pie de página asociadas a la medida.
  • Control de importaciónControl de las importaciones de gases fluorados de efecto invernadero
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0573/24
    Documentos
    • Y152 Exención de la prohibición de importación concedida para su reparación o revisión, de conformidad con el artículo 11, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y986 Excepción a la prohibición de importación de conformidad con el artículo 11, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y160 Mercancías distintas de las sujetas a las disposiciones pertinentes del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y169 Productos y aparatos, incluidas las piezas, que contengan gases fluorados o cuyo funcionamiento dependa de gases fluorados no sujetos a una prohibición impuesta por el artículo 11.1. (excluidas las exenciones militares y de reparación) y el anexo IV [Reglamento (UE) 2024/573]
    • Y123 Empresa registrada en el portal de gases fluorados de conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y054 Mercancías etiquetadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y163 Masa neta de los gases fluorados de efecto invernadero cargados en productos y aparatos
    • Y121 Toneladas equivalentes de CO₂ de los gases a granel y de los gases contenidos en los productos o aparatos, y en sus partes
  • Control de importaciónControl de las importaciones de sustancias que agotan la capa de ozono
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0590/24
    Documentos
    • L100 Licencia de importación " sustancias reguladas" (ozono), expedida por la Comisión
    • Y792 Sustancias, productos y aparatos distintos de los incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2024/590
    • Y791 Exención de la prohibición de sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a ser usadas para los usos esenciales de laboratorio y análisis [véanse el artículo 8 y el artículo 13, apartado 1, letra c) (importación), y el artículo 14, apartado 1, letra a) (exportación, del Reglamento (UE) 2024/590], y de productos y aparatos [véanse el artículo 11, apartado 1, y el artículo 13, apartado 1, letra j) (importación), y el art. 14, apdo. 1, letra g) (exportación), del Reglamento (UE) 2024/590]
    • Y789 Exención de la prohibición de productos y aparatos que contengan halones o cuyo funcionamiento dependa de ellos [véanse el artículo 13, apartado 1, letra h) (importación), y el artículo 14, apartado 1, letra f) (exportación, del Reglamento (UE) 2024/590]
    • Y790 Exención de la prohibición de sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a la destrucción o a la regeneración [véanse el artículo 12 y el artículo 13, apartado 1, letras d) y e) (importación), del Reglamento (UE) 2024/590], y de productos y aparatos [véanse el artículo 12 y el artículo 13, apartado 1, letra i) (importación)]
    • Y797 Número de identificación del registro en el sistema de licencias establecido en el artículo 17, apartado 3, letra a), del Reglamento (UE) 2024/590
    • Y798 Declaración de la masa neta de las sustancias que agotan la capa de ozono, cuando estén incluidas en productos y aparatos
    • Y799 Masa neta de las sustancias que agotan la capa de ozono multiplicada por el PAO de estas, también cuando estén incluidas en productos y aparatos
  • Control de importaciónControl a la importación de artículos de lujo
    Se aplica a mercancías originarias de
    Corea del Norte
    Acto jurídico
    Regulation 2062/17
    Documentos
    • Y945 Bienes sin carácter comercial, para uso personal de los viajeros, contenidos en sus equipajes (artículo 10, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1509)
    • Y946 Bienes que sean necesarios a fines oficiales de las misiones diplomáticas o consulares de los Estados miembros en la RPDC o de organizaciones internacionales que gocen de inmunidades con arreglo al Derecho internacional, o a los efectos personales de su personal (artículo 10, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1509)
    • Y948 Bienes distintos de los descritos en el anexo VIII (Bienes de lujo) del Reglamento (UE) 2017/1509
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia, Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0765/06, Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y727 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 3).
    • Y728 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 4).
    • L152 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
    • Y870 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]
    • Y764 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 1 novodecies bis, apartado.9septies)
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Libia, Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0813/25, Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y182 Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 3(a), del Reglamento (UE) n.º 2016/44
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Rusia
    Vigencia
    hasta el 31 de diciembre de 2027
    Acto jurídico
    Regulation 0833/14
    Documentos
    • L142 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
    • Y874 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).
    • L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
    • Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
    • Y681 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 ter octies).

Tipos preferenciales por país

Acuerdo o régimenPaísesTipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)—3 % – 4,5 %
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 más

Afganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia

Exento
CARIFORUM
Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 más

Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago

Exento
PTU (Países y territorios de ultramar)
Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 más

Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna

Exento
SPG - Régimen general
Congo, Indonesia, Islas Cook, Kenia y 6 más

Congo, Indonesia, Islas Cook, Kenia, Micronesia, Nigeria, Niue, Siria, Tayikistán, Vanuatu

Exento
GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza)
Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 más

Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán

Exento
América Central Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá Exento
SADC EPA Botsuana, Esuatini, Namibia Exento
Espacio Económico Europeo Islandia, Liechtenstein, Noruega Exento
Estados de África Oriental y Meridional Mauricio, Seychelles, Zimbabue Exento
unión aduanera UE–Andorra Andorra Exento
acuerdo UE–Albania Albania Exento
acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina Bosnia y Herzegovina Exento
acuerdo UE–Canadá Canadá Exento
acuerdo UE–Suiza Suiza Exento
acuerdo UE–Côte d’Ivoire Côte d’Ivoire Exento
acuerdo UE–Chile Chile Exento
acuerdo UE–Camerún Camerún Exento
acuerdo UE–Colombia Colombia Exento
acuerdo UE–Argelia Argelia Exento
acuerdo UE–Ecuador Ecuador Exento
acuerdo UE–Egipto Egipto Exento
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. Sáhara Occidental Exento
acuerdo UE–Fiyi Fiyi Exento
acuerdo UE–Islas Feroe Islas Feroe Exento
acuerdo UE–Reino Unido Reino Unido Exento
acuerdo UE–Georgia Georgia Exento
acuerdo UE–Ghana Ghana Exento
acuerdo UE–Israel Israel Exento
acuerdo UE–Jordania Jordania Exento
acuerdo UE–Japón Japón Exento
acuerdo UE–Corea del Sur Corea del Sur Exento
acuerdo UE–Líbano Líbano Exento
acuerdo UE–Marruecos Marruecos Exento
acuerdo UE–Moldavia Moldavia Exento
acuerdo UE–Montenegro Montenegro Exento
acuerdo UE–Macedonia del Norte Macedonia del Norte Exento
acuerdo UE–México México Exento
acuerdo UE–Nueva Zelanda Nueva Zelanda Exento
acuerdo UE–Perú Perú Exento
acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea Papúa Nueva Guinea Exento
acuerdo UE–Territorios Palestinos Territorios Palestinos Exento
acuerdo UE–Serbia Serbia Exento
acuerdo UE–Singapur Singapur Exento
unión aduanera UE–San Marino San Marino Exento
acuerdo UE–Túnez Túnez Exento
unión aduanera UE–Turquía Turquía Exento
acuerdo UE–Ucrania Ucrania Exento
acuerdo UE–Estados Unidos Estados Unidos Exento
acuerdo UE–Vietnam Vietnam Exento
acuerdo UE–Samoa Samoa Exento
acuerdo UE–Kosovo Kosovo Exento
acuerdo UE–Sudáfrica Sudáfrica Exento
acuerdo UE–Japón Japón Exento
Mercosur Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay 2,6 % – 3,9 %

UE: importaciones mensuales

últimos 12 meses167,3 M €+13,4 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación13,17 € por kg
Tipo preferencial67 %
ene 2024: 12,8 M €feb 2024: 13,9 M €mar 2024: 13,4 M €abr 2024: 12,4 M €may 2024: 13,1 M €jun 2024: 12,3 M €jul 2024: 13,3 M €ago 2024: 9,1 M €sept 2024: 13,6 M €oct 2024: 15,6 M €nov 2024: 12,9 M €dic 2024: 10,1 M €ene 2025: 11,9 M €feb 2025: 12,6 M €mar 2025: 12,9 M €abr 2025: 12,1 M €may 2025: 12,8 M €jun 2025: 12,7 M €jul 2025: 11,1 M €ago 2025: 9,3 M €sept 2025: 14,9 M €oct 2025: 12,7 M €nov 2025: 12,9 M €dic 2025: 12,6 M €ene 2026: 13,3 M €feb 2026: 14 M €mar 2026: 18,3 M €abr 2026: 16 M €may 2026: 14,9 M €jun 2026: 14,4 M €jul 2026: 14,3 M €ago 2026: 9,1 M € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
Turquía 87 M € 52 % -7,3 %
China 28,6 M € 17,1 % +97,3 %
Reino Unido 11,6 M € 6,9 % -6,1 %
Corea del Sur 10,6 M € 6,3 % +111,5 %
Vietnam 9,5 M € 5,7 % +23 %
México 5,7 M € 3,4 % +17,6 %
Japón 4,1 M € 2,4 % +41 %
Tailandia 3,6 M € 2,1 % +808,1 %

La misma subpartida en otros aranceles

Comercio mundial en 2024

8708.21 · 3542,5 M US$

Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 49,8 mil US$49,8 mil US$+3,8 M US$+46,1 M US$+> 369,6 M US$

Exportaciones: 130
  1. México: 599,5 M US$
  2. Polonia: 465,3 M US$
  3. Rumanía: 463,7 M US$
  4. Hungría: 369,6 M US$
  5. Tailandia: 248,4 M US$
  6. Alemania: 242 M US$
  7. Chequia: 240,4 M US$
  8. China: 197,2 M US$
  9. Turquía: 127,3 M US$
  10. Corea del Sur: 95,3 M US$
  11. Estados Unidos: 93,2 M US$
  12. India: 49,8 M US$
  13. Eslovenia: 46,1 M US$
  14. Brasil: 42,6 M US$
  15. Vietnam: 28 M US$
  16. Japón: 28 M US$
  17. Reino Unido: 23 M US$
  18. Estonia: 22,5 M US$
  19. Portugal: 22,2 M US$
  20. Italia: 22 M US$
  21. Francia: 21,6 M US$
  22. Taiwán: 12,7 M US$
  23. Bélgica: 12,2 M US$
  24. Lituania: 8,3 M US$
  25. España: 7,7 M US$
  26. Países Bajos: 7,6 M US$
  27. Bulgaria: 5,6 M US$
  28. Suecia: 5,6 M US$
  29. Indonesia: 5,2 M US$
  30. Canadá: 5,1 M US$
  31. Eslovaquia: 3,8 M US$
  32. Australia: 3,1 M US$
  33. Túnez: 2,7 M US$
  34. Austria: 2,2 M US$
  35. Malasia: 1,8 M US$
  36. Emiratos Árabes Unidos: 1,4 M US$
  37. Finlandia: 1,3 M US$
  38. Sri Lanka: 965,6 mil US$
  39. Singapur: 905,3 mil US$
  40. Grecia: 850 mil US$
  41. Sudáfrica: 783,3 mil US$
  42. RAE de Hong Kong (China): 711,2 mil US$
  43. Dinamarca: 542 mil US$
  44. Colombia: 522,6 mil US$
  45. Uzbekistán: 386,8 mil US$
  46. Suiza: 301,2 mil US$
  47. Irlanda: 295,2 mil US$
  48. Baréin: 259,3 mil US$
  49. Nueva Zelanda: 176,8 mil US$
  50. Camboya: 172,8 mil US$
  51. Noruega: 160,7 mil US$
  52. Marruecos: 126 mil US$
  53. Irán: 120,2 mil US$
  54. Croacia: 119,3 mil US$
  55. Kuwait: 119,1 mil US$
  56. Serbia: 103,5 mil US$
  57. Letonia: 95,2 mil US$
  58. Perú: 78,6 mil US$
  59. Chile: 63,1 mil US$
  60. Kazajistán: 55 mil US$

Principales exportadores

PuestoPaísValorCuota
1 México 599,5 M US$ 16,9 %
2 Polonia 465,3 M US$ 13,1 %
3 Rumanía 463,7 M US$ 13,1 %
4 Hungría 369,6 M US$ 10,4 %
5 Tailandia 248,4 M US$ 7 %
6 Alemania 242 M US$ 6,8 %
7 Chequia 240,4 M US$ 6,8 %
8 China 197,2 M US$ 5,6 %
9 Turquía 127,3 M US$ 3,6 %
10 Corea del Sur 95,3 M US$ 2,7 %

Principales importadores

PuestoPaísValorCuota
1 Estados Unidos 664,8 M US$ 18,8 %
2 Alemania 599,4 M US$ 16,9 %
3 España 379,9 M US$ 10,7 %
4 Japón 237,5 M US$ 6,7 %
5 Chequia 155,2 M US$ 4,4 %
6 Canadá 113,8 M US$ 3,2 %
7 Eslovaquia 112,1 M US$ 3,2 %
8 México 107,5 M US$ 3 %
9 China 99,6 M US$ 2,8 %
10 Francia 91,8 M US$ 2,6 %

Cambios normativos recientes que citan este código

Actos cuyo texto cita este código o su partida. Compruebe el propio acto: un código puede citarse por motivos distintos de un cambio de su derecho.

  1. EU Sanciones · Aplicable desde:

    Council Regulation (EU) 2026/1846 of 23 July 2026 amending Regulation (EC) No 765/2006 concerning restrictive measures in view of the situation in Belarus and the involvement of Belarus in the Russian aggression against Ukraine

    CELEX 32026R1846 · Fuente: eur-lex.europa.eu

  2. EU Sanciones · Aplicable desde:

    Council Regulation (EU) 2026/1848 of 23 July 2026 amending Regulation (EU) No 833/2014 concerning restrictive measures in view of Russia’s actions destabilising the situation in Ukraine

    CELEX 32026R1848 · Fuente: eur-lex.europa.eu

Cambios normativos →

La nomenclatura combinada de la UE divide la subpartida 8708.21 en 2 líneas arancelarias; el derecho de terceros países va del 3 % al 4,5 % (media del 3,8 %).

En el arancel de aduanas de Turquía, la subpartida 8708.21 abarca 2 líneas arancelarias y el tipo legal (Ley 474) va del 3 % al 4,5 %.

Las mercancías originarias de 152 países pueden entrar en la UE con un tipo preferencial (por ejemplo, GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), CARIFORUM) en lugar del derecho de terceros países del 3 % – 4,5 %; 148 de ellos están totalmente exentos.

Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 8708.21 por valor de 167,3 M € (+13 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 13,17 € por kilo; Turquía aportó el 52 %, por delante de China.

El comercio mundial de estas mercancías alcanzó 3542,5 M US$ en 2024, un 9,1 % más que en 2023.

El mayor exportador fue México, con el 16,9 % del total, por delante de Polonia.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el código arancelario de «las demás partes y accesorios de carrocería»?

Estas mercancías se clasifican en la subpartida 8708.21 del Sistema Armonizado (partida 8708), dentro de la sección XVII. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.

¿Qué arancel se aplica a «las demás partes y accesorios de carrocería» en España y en la UE?

En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 8708.21 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 3 % y el 4,5 %, según la línea. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué arancel se aplica a «las demás partes y accesorios de carrocería» en Turquía?

En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 8708.21 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 3 % y el 4,5 %, según la línea. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué país es el mayor exportador de «las demás partes y accesorios de carrocería»?

México, con 599,5 M US$ en 2024 (el 16,9 % de las exportaciones mundiales).

¿Qué puesto ocupa España como exportador?

En 2024, España exportó 7,7 M US$ (el 0,2 % del total mundial) y ocupó el puesto 25 entre 130 países exportadores.

¿Qué países tienen acceso libre de derechos al mercado de la UE para «cinturones de seguridad para vehículos»?

148 países no pagan ningún derecho gracias a un acuerdo comercial o a un régimen preferencial, entre ellos GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), CARIFORUM y PTU. Las mercancías deben cumplir las normas de origen del acuerdo y el importador debe disponer de una prueba de origen; de lo contrario, se aplica el derecho de terceros países del 3 % – 4,5 %. Elija un país más arriba para ver su tipo.

¿Cuáles son los principales proveedores de la UE de «cinturones de seguridad para vehículos»?

En los 12 meses hasta agosto de 2026, los mayores proveedores fueron Turquía (52 %), China (17 %) y el Reino Unido (7 %), sobre unas importaciones totales de 167,3 M €.

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