Partida · Capítulo 97
9705: Colecciones y piezas de colección que tengan un interés arqueológico, etnográfico, histórico, zoológico, botánico, mineralógico, anatómico, paleontológico o numismático
La partida 9705 se divide en 6 subpartidas de seis dígitos y pertenece al capítulo 97 (objetos de arte o colección y antigüedades).
Comparación de aranceles
Subpartidas 6
- 9705.10Colecciones y piezas de colección que tengan un interés arqueológico, etnográfico o histórico
- 9705.21Especímenes humanos y sus partes
- 9705.22Especies extintas o en peligro de extinción, y sus partes
- 9705.29Colecciones y piezas de colección que tengan un interés: las demás
- 9705.31De más de 100 años
- 9705.39Colecciones y piezas de colección que tengan un interés: las demás
UE: importaciones mensuales
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 254 mil US$254 mil US$+2 M US$+14 M US$+> 69 M US$
Exportaciones: 209
- Reino Unido: 331 M US$
- Estados Unidos: 269 M US$
- Alemania: 188 M US$
- Suiza: 156 M US$
- Francia: 127 M US$
- Países Bajos: 94 M US$
- Italia: 69 M US$
- Japón: 37 M US$
- China: 36 M US$
- Bélgica: 30 M US$
- España: 28 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 27 M US$
- Austria: 24 M US$
- Sudáfrica: 23 M US$
- Turquía: 20 M US$
- Canadá: 18 M US$
- Grecia: 18 M US$
- Chequia: 17 M US$
- Polonia: 16 M US$
- Australia: 14 M US$
- Nueva Zelanda: 14 M US$
- Brasil: 13 M US$
- India: 12 M US$
- Dinamarca: 10 M US$
- Noruega: 10 M US$
- Israel: 8 M US$
- Ucrania: 7 M US$
- Rusia: 7 M US$
- Egipto: 7 M US$
- México: 6 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 6 M US$
- Hungría: 6 M US$
- Rumanía: 5 M US$
- Afganistán: 4 M US$
- Suecia: 4 M US$
- Marruecos: 4 M US$
- Irán: 3 M US$
- Corea del Sur: 3 M US$
- Tailandia: 3 M US$
- Gabón: 3 M US$
- Arabia Saudí: 3 M US$
- Pakistán: 3 M US$
- Perú: 3 M US$
- Finlandia: 3 M US$
- Singapur: 3 M US$
- Irlanda: 2 M US$
- Indonesia: 2 M US$
- Malta: 2 M US$
- Lituania: 2 M US$
- República Democrática del Congo: 2 M US$
- Camerún: 2 M US$
- Líbano: 2 M US$
- Bulgaria: 2 M US$
- Madagascar: 2 M US$
- Libia: 1 M US$
- Eslovaquia: 1 M US$
- Catar: 1 M US$
- Croacia: 1 M US$
- Portugal: 1 M US$
- Colombia: 1 M US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 368 mil US$368 mil US$+4 M US$+21 M US$+> 124 M US$
Importaciones: 162
- Estados Unidos: 333 M US$
- Reino Unido: 273 M US$
- Suiza: 179 M US$
- Alemania: 134 M US$
- Francia: 124 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 66 M US$
- Japón: 54 M US$
- Países Bajos: 50 M US$
- Australia: 46 M US$
- Dinamarca: 45 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 40 M US$
- Bélgica: 40 M US$
- Italia: 33 M US$
- Austria: 26 M US$
- Polonia: 21 M US$
- Indonesia: 21 M US$
- España: 21 M US$
- Canadá: 20 M US$
- Chequia: 19 M US$
- Arabia Saudí: 13 M US$
- China: 12 M US$
- Singapur: 10 M US$
- Israel: 10 M US$
- Suecia: 10 M US$
- Corea del Sur: 9 M US$
- Irlanda: 9 M US$
- Nueva Zelanda: 7 M US$
- Uruguay: 7 M US$
- RAE de Macao (China): 7 M US$
- Nigeria: 6 M US$
- Malta: 6 M US$
- Taiwán: 6 M US$
- Chipre: 6 M US$
- Catar: 5 M US$
- Noruega: 5 M US$
- Eslovaquia: 5 M US$
- México: 5 M US$
- Tailandia: 5 M US$
- Hungría: 4 M US$
- Malasia: 4 M US$
- Kirguistán: 4 M US$
- Omán: 3 M US$
- Bermudas: 3 M US$
- Grecia: 3 M US$
- India: 3 M US$
- Jordania: 2 M US$
- Bulgaria: 2 M US$
- Luxemburgo: 2 M US$
- Finlandia: 2 M US$
- Turquía: 2 M US$
- Ucrania: 2 M US$
- Croacia: 2 M US$
- Kuwait: 2 M US$
- Brasil: 1 M US$
- Sudáfrica: 1 M US$
- Portugal: 1 M US$
- Filipinas: 1 M US$
- Marruecos: 1 M US$
- Irak: 995 mil US$
- Chile: 859 mil US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 331 M US$ | 18,9 % | |
| 2 | 269 M US$ | 15,4 % | |
| 3 | 188 M US$ | 10,7 % | |
| 4 | 156 M US$ | 8,9 % | |
| 5 | 127 M US$ | 7,3 % | |
| 6 | 94 M US$ | 5,4 % | |
| 7 | 69 M US$ | 3,9 % | |
| 8 | 37 M US$ | 2,1 % | |
| 9 | 36 M US$ | 2,1 % | |
| 10 | 30 M US$ | 1,7 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 333 M US$ | 19 % | |
| 2 | 273 M US$ | 15,6 % | |
| 3 | 179 M US$ | 10,2 % | |
| 4 | 134 M US$ | 7,7 % | |
| 5 | 124 M US$ | 7,1 % | |
| 6 | 66 M US$ | 3,8 % | |
| 7 | 54 M US$ | 3,1 % | |
| 8 | 50 M US$ | 2,8 % | |
| 9 | 46 M US$ | 2,6 % | |
| 10 | 45 M US$ | 2,6 % |
La partida 9705 se reparte en 6 líneas en la nomenclatura combinada de la UE; el derecho de terceros países es nulo.
El arancel de aduanas de Turquía divide la partida 9705 en 6 líneas arancelarias; el tipo legal (Ley 474) es nulo.
En el arancel armonizado de Estados Unidos, la partida 9705 abarca 6 líneas arancelarias y el derecho general es nulo.
La partida 9705 se reparte en 37 líneas en el arancel aduanero del Reino Unido; el derecho de terceros países es nulo.
El arancel de aduanas de Canadá divide la partida 9705 en 6 líneas arancelarias; el tipo NMF (nación más favorecida) es nulo.
En la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), la partida 9705 abarca 13 líneas arancelarias y el impuesto general de importación (IGI) es nulo.
La partida 9705 se reparte en 6 líneas en el arancel de Brasil (NCM/AEC); el tipo de la TEC es del 3,6 %.
El arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM) divide la partida 9705 en 13 líneas arancelarias; el derecho de importación extrazona (AEC) es del 3,6 %.
En el arancel de Aduanas del Perú, la partida 9705 abarca 6 líneas arancelarias y el derecho ad valorem es del 6 %.
La partida 9705 se reparte en 6 líneas en el arancel de aduanas de Nueva Zelanda; el tipo normal (Normal Tariff) es nulo.
El arancel de aduanas de Japón divide la partida 9705 en 6 líneas arancelarias; el tipo aplicado es nulo.
En el arancel de importación de Taiwán, la partida 9705 abarca 9 líneas arancelarias y el tipo de la columna 1 es nulo.
La partida 9705 se reparte en 7 líneas en el arancel aduanero común del CCG; el derecho de aduana es del 5 %.
El arancel de aduanas de Suiza (Tares) divide la partida 9705 en 6 líneas arancelarias; el derecho del arancel normal es nulo.
En el arancel de aduanas de Noruega, la partida 9705 abarca 6 líneas arancelarias y el derecho ordinario es nulo.
La partida 9705 se reparte en 6 líneas en el arancel de aduanas de Macedonia del Norte; el derecho NMF es del 7 %.
El arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) divide la partida 9705 en 6 líneas arancelarias; el derecho de importación es del 20 %.
En 2024, las exportaciones mundiales de las mercancías de la partida 9705 sumaron 1751 M US$ (−8,6 % interanual).
Encabezó las exportaciones el Reino Unido (331 M US$), por delante de Estados Unidos.
El principal comprador fue Estados Unidos, con importaciones por valor de 333 M US$.
Con 28 M US$, España se situó en el puesto 11 de 209 exportadores.
España importó por valor de 21 M US$.
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) los sellos (estampillas) de correo, timbres fiscales, enteros postales, demás artículos franqueados y análogos, sin obliterar, de la partida 4907;
b) los lienzos pintados para decorados de teatro, fondos de estudio o usos análogos (partida 5907), salvo que puedan clasificarse en la partida 9706;
c) las perlas finas (naturales) o cultivadas y piedras preciosas o semipreciosas (partidas 7101 a 7103).
2. No se clasifican en la partida 9701 los mosaicos que presenten carácter comercial (por ejemplo: reproducciones en serie, vaciados, obras de artesanía), aunque hayan sido concebidos o creados por artistas
3. En la partida 9702, se consideran grabados, estampas y litografías, originales las pruebas obtenidas directamente en negro o en color de una o varias planchas totalmente realizadas a mano por el artista, cualquiera que sea la técnica o la materia empleada, excepto por cualquier procedimiento mecánico o fotomecánico.
4. No se clasifican en la partida 9703 las esculturas que presenten carácter comercial (por ejemplo: reproducciones en serie, vaciados, obras de artesanía), aunque hayan sido concebidas o creadas por artistas.
5.
A) Salvo lo dispuesto en las Notas 1 a 4, los artículos susceptibles de clasificarse en este Capítulo y en otros de la nomenclatura se clasifican en este Capítulo.
B) Los artículos susceptibles de clasificarse en la partida 9706 y en las partidas 9701 a 9705 se clasifican en las partidas 9701 a 9705.
6. Los marcos de pinturas, dibujos, colajes o cuadros similares, grabados, estampas o litografías se clasifican con ellos cuando sus características y valor están en relación con los de dichas obras.
Los marcos cuyas características o valor no guarden relación con los artículos a los que se refiere esta Nota, seguen su propio régimen.
Nota complementaria
1. La partida 9705 incluye los automóviles y aeronaves de colección que tengan interés histórico o etnográfico:
a) en su estado original, sin cambios sustanciales en el chasis, la carrocería, la dirección, los frenos, el sistema de transmisión o suspensión, el motor, las alas, etc. Están permitidas la reparación y la restauración, y es posible reemplazar las partes, accesorios y piezas rotas o inservibles siempre y cuando los automóviles y aeronaves se preserven y se mantengan correctamente desde el punto de vista histórico. Se excluyen los automóviles y aeronaves modernizados o modificados;
b) en el caso de los automóviles, con al menos treinta años de antigüedad; en el caso de las aeronaves, con al menos cincuenta años de antigüedad;
c) de un modelo o tipo que ya no se fabrique.
Se da por supuesto que los automóviles y aeronaves que cumplen estos tres criterios reúnen las cualidades necesarias para formar parte de una colección: ser relativamente raros, no ser utilizados habitualmente para su destino inicial, ser objeto de transacciones especiales al margen del comercio habitual de artículos de una utilidad similar y tener un valor elevado.
Esta partida también incluye como artículos de colección:
los automóviles y aeronaves, independientemente de su fecha de fabricación, de los que pueda probarse que han sido utilizados en el transcurso de un acontecimiento histórico,
los automóviles y aeronaves de competición, de los que pueda demostrarse que han sido diseñados, construidos y usados únicamente para la competición y con un importante palmarés deportivo conseguido en prestigiosas carreras nacionales o internacionales.
Las partes y accesorios para automóviles y aeronaves se clasifican en esta partida siempre que se trate de piezas originales, con al menos treinta años de antigüedad (en el caso de los automóviles) o cincuenta años de antigüedad (en el caso de las aeronaves) y que ya no se fabriquen.
Las réplicas y reproducciones se excluyen, a no ser que cumplan los tres criterios mencionados anteriormente.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «colecciones y piezas de colección que tengan un interés…»?
Estas mercancías se clasifican en la partida 9705 del Sistema Armonizado (capítulo 97), dentro de la sección XXI. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «colecciones y piezas de colección que tengan un…» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 9705 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «colecciones y piezas de colección que tengan un…» en Turquía?
En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 9705 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «colecciones y piezas de colección que tengan un…»?
El Reino Unido, con 331 M US$ en 2024 (el 18,9 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 28 M US$ (el 1,6 % del total mundial) y ocupó el puesto 11 entre 209 países exportadores.