Elaboración o transformación suficiente

También llamado: transformación suficiente

El grado de elaboración que deben experimentar los materiales no originarios para que el producto final adquiera el origen preferencial. Los acuerdos lo expresan mediante normas específicas por producto, como un cambio de partida arancelaria, una proporción máxima de materiales no originarios o un proceso determinado. Las operaciones mínimas, como el envasado, el etiquetado o el montaje simple, nunca confieren origen.

En la práctica

Los cálculos de origen deben hacerse producto por producto con la norma exacta del acuerdo pertinente, ya que las normas para un mismo producto varían de un acuerdo a otro.

Se aplica en: UETurquíaReino Unido

Términos relacionados

Normas de origen específicas por producto
Las normas enumeradas por capítulo o partida del SA en un anexo de un acuerdo comercial que indican qué elaboración se necesita para que un producto…
Productos enteramente obtenidos
Mercancías producidas íntegramente en un país sin ningún insumo extranjero, como los minerales extraídos allí, los vegetales cosechados allí, los…
Acumulación de origen
Norma que permite considerar originarios del país de producción final los materiales originarios de un país socio, o de otros países vinculados por…
Regla de tolerancia
Una norma que permite utilizar una cantidad limitada de materiales no originarios que no cumplen la norma específica por producto sin perder el…

Todos los términos →