Partida 9802 del HTSUS
También llamado: 9802.00.80 · 9802.00.40 · mercancías ensambladas en el extranjero
Partida del arancel estadounidense que concede una exención parcial de derechos a los artículos devueltos tras una transformación en el extranjero, como las mercancías ensambladas en el extranjero con componentes fabricados en EE. UU. o los bienes reparados. Los derechos se aplican sobre el valor añadido en el extranjero y no sobre el valor total, con sujeción a las condiciones de cada subpartida.
En la práctica
Documentar el valor y la identidad de los componentes estadounidenses es esencial para solicitar la deducción 9802.
Se aplica en: EE. UU.
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