REACH

También llamado: Reglamento (CE) n.º 1907/2006 · registro de sustancias químicas

Reglamento de la UE relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas. Los importadores de sustancias como tales, en mezclas o en algunos artículos deben registrarlas ante la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas si introducen una tonelada o más al año, y las sustancias restringidas en artículos deben respetar los límites del anexo XVII.

En la práctica

La aduana puede detener importaciones de artículos que infringen las restricciones de REACH, por lo que los importadores necesitan datos de los proveedores sobre las sustancias preocupantes.

Se aplica en: UE

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