Arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM) · posición arancelaria · HS 4412.33
4412.33.00.237: Contrachapado de frondosas (haya, abedul...): De espesor superior o igual a 14 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
Contrachapado de frondosas (haya, abedul...)
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM), en vigor desde el 24 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 4412 MADERA CONTRACHAPADA, MADERA CHAPADA Y MADERA ESTRATIFICADA SIMILAR.
- 44123 Las demás maderas contrachapadas, constituidas exclusivamente por hojas de madera (excepto de bambú) de espesor unitario inferior o igual a 6 mm:
- 4412.33 Las demás, que tengan, por lo menos, una hoja externa de madera distinta de la de coníferas, de las especies: aliso (Alnus spp.), fresno (Fraxinus spp.), haya (Fagus spp.), abedul (Betula spp.), cerezo (Prunus spp), castaño (Castanea spp.), olmo (Ulmus spp.), eucalipto (Eucalyptus spp.), caria o pacana (Carya spp.), castaño de Indias (Aesculus spp.), tilo (Tilia spp.), arce (Acer spp.), roble (Quercus spp.), plátano (Platanus spp.), álamo (Populus spp.), algarrobo negro (Robinia spp.), árbol de tulipán (Liriodendron spp.) o nogal (Juglans spp.)
- 4412.33.00 Las demás, que tengan, por lo menos, una hoja externa de madera distinta de la de coníferas, de las especies: aliso (Alnus spp.), fresno (Fraxinus spp.), haya (Fagus spp.), abedul (Betula spp.), cerezo (Prunus spp), castaño (Castanea spp.), olmo (Ulmus spp.), eucalipto (Eucalyptus spp.), caria o pacana (Carya spp.), castaño de Indias (Aesculus spp.), tilo (Tilia spp.), arce (Acer spp.), roble (Quercus spp.), plátano (Platanus spp.), álamo (Populus spp.), algarrobo negro (Robinia spp.), árbol de tulipán (Liriodendron spp.) o nogal (Juglans spp.)
- 4412.33.00.2 Fenólicos, sin recubrimiento de plástico
- 4412.33.00.23 De espesor superior o igual a 10 mm pero inferior a 15 mm
- 4412.33.00.237 De espesor superior o igual a 14 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
Lo que paga
Importación: Argentina
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
Líneas arancelarias (Argentina): 4412.33
- 4412.33.00.111De espesor inferior a 4 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.112De espesor inferior a 4 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.113De espesor inferior a 4 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.114De espesor superior o igual a 4 mm, pero inferior a 6 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.115De espesor superior o igual a 4 mm, pero inferior a 6 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.116De espesor superior o igual a 4 mm, pero inferior a 6 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.117De espesor superior o igual a 6 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.118De espesor superior o igual a 6 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.119De espesor superior o igual a 6 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.121De espesor inferior a 8 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.122De espesor inferior a 8 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.123De espesor inferior a 8 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.124De espesor superior o igual a 8 mm, pero inferior a 9 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.125De espesor superior o igual a 8 mm, pero inferior a 9 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.126De espesor superior o igual a 8 mm, pero inferior a 9 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.127De espesor superior o igual a 9 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.128De espesor superior o igual a 9 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.129De espesor superior o igual a 9 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.131De espesor inferior a 12 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.132De espesor inferior a 12 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.133De espesor inferior a 12 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.134De espesor superior o igual a 12 mm, pero inferior a 14 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.135De espesor superior o igual a 12 mm, pero inferior a 14 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.136De espesor superior o igual a 12 mm, pero inferior a 14 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.137De espesor superior o igual a 14 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.138De espesor superior o igual a 14 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.139De espesor superior o igual a 14 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.141De espesor inferior a 16 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.142De espesor inferior a 16 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.143De espesor inferior a 16 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.144De espesor superior o igual a 16 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.145De espesor superior o igual a 16 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.146De espesor superior o igual a 16 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.150Las demás, que tengan, por lo menos, una hoja externa: ureicas, las demás
- 4412.33.00.211De espesor inferior a 4 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.212De espesor inferior a 4 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.213De espesor inferior a 4 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.214De espesor superior o igual a 4 mm, pero inferior a 6 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.215De espesor superior o igual a 4 mm, pero inferior a 6 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.216De espesor superior o igual a 4 mm, pero inferior a 6 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.217De espesor superior o igual a 6 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.218De espesor superior o igual a 6 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.219De espesor superior o igual a 6 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.221De espesor inferior a 8 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.222De espesor inferior a 8 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.223De espesor inferior a 8 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.224De espesor superior o igual a 8 mm, pero inferior a 9 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.225De espesor superior o igual a 8 mm, pero inferior a 9 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.226De espesor superior o igual a 8 mm, pero inferior a 9 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.227De espesor superior o igual a 9 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.228De espesor superior o igual a 9 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.229De espesor superior o igual a 9 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.231De espesor inferior a 12 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.232De espesor inferior a 12 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.233De espesor inferior a 12 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.234De espesor superior o igual a 12 mm, pero inferior a 14 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.235De espesor superior o igual a 12 mm, pero inferior a 14 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.236De espesor superior o igual a 12 mm, pero inferior a 14 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.237De espesor superior o igual a 14 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.238De espesor superior o igual a 14 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.239De espesor superior o igual a 14 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.241De espesor inferior a 16 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.242De espesor inferior a 16 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.243De espesor inferior a 16 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.244De espesor superior o igual a 16 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.245De espesor superior o igual a 16 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.246De espesor superior o igual a 16 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.250Fenólicos, sin recubrimiento de plástico: las demás
- 4412.33.00.311De espesor inferior a 4 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.312De espesor inferior a 4 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.313De espesor inferior a 4 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.314De espesor superior o igual a 4 mm, pero inferior a 6 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.315De espesor superior o igual a 4 mm, pero inferior a 6 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.316De espesor superior o igual a 4 mm, pero inferior a 6 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.317De espesor superior o igual a 6 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.318De espesor superior o igual a 6 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.319De espesor superior o igual a 6 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.321De espesor inferior a 8 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.322De espesor inferior a 8 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.323De espesor inferior a 8 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.324De espesor superior o igual a 8 mm, pero inferior a 9 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.325De espesor superior o igual a 8 mm, pero inferior a 9 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.326De espesor superior o igual a 8 mm, pero inferior a 9 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.327De espesor superior o igual a 9 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.328De espesor superior o igual a 9 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.329De espesor superior o igual a 9 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.331De espesor inferior a 12 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.332De espesor inferior a 12 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.333De espesor inferior a 12 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.334De espesor superior o igual a 12 mm, pero inferior a 14 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.335De espesor superior o igual a 12 mm, pero inferior a 14 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.336De espesor superior o igual a 12 mm, pero inferior a 14 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.337De espesor superior o igual a 14 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.338De espesor superior o igual a 14 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.339De espesor superior o igual a 14 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.341De espesor inferior a 16 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.342De espesor inferior a 16 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.343De espesor inferior a 16 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.344De espesor superior o igual a 16 mm, de primera calidad (calidades A y B, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.345De espesor superior o igual a 16 mm, de segunda calidad (calidades BB y BBB, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.346De espesor superior o igual a 16 mm, de tercera calidad e inferiores (calidad C e inferiores, según Norma IRAM 9506)
- 4412.33.00.350Las demás, que tengan, por lo menos, una hoja externa: los demás fenólicos, las demás
- 4412.33.00.900Las demás, que tengan, por lo menos, una hoja externa: las demás
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Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
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Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) las virutas y astillas de madera ni la madera triturada, molida o pulverizada, de las especies utilizadas principalmente en perfumería, en medicina o para usos insecticidas, parasiticidas o similares (partida 1211);
b) el bambú ni demás materias de naturaleza leñosa de las especies utilizadas principalmente en cestería o espartería, en bruto, incluso hendidos, aserrados longitudinalmente o cortados en longitudes determinadas (partida 1401);
c) las virutas y astillas de madera ni la madera molida o pulverizada, de las especies utilizadas principalmente como tintóreas o curtientes (partida 1404);
d) el carbón activado (partida 3802);
e) los artículos de la partida 4202;
f) las manufacturas del Capítulo 46;
g) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
h) los artículos del Capítulo 66 (por ejemplo: paraguas, bastones y sus partes);
ij) las manufacturas de la partida 6808;
k) la bisutería de la partida 7117;
l) los artículos de las secciones XVI o XVII (por ejemplo: partes de máquinas, cajas, cubiertas o armarios para máquinas y aparatos y partes de carretería);
m) los artículos de la Sección XVIII (por ejemplo: cajas y envolturas similares de aparatos de relojería y los instrumentos musicales y sus partes);
n) las partes de armas (partida 9305);
o) los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, luminarias y aparatos de alumbrado, construcciones prefabricadas);
p) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);
q) los artículos del Capítulo 96 (por ejemplo: pipas y sus partes, botones, lápices y monopies, bípodes, trípodes y artículos similares) excepto los mangos y monturas, de madera, para artículos de la partida 9603;
r) los artículos del Capítulo 97 (por ejemplo: objetos de arte).
2. En este Capítulo, se entiende por madera densificada, la madera, incluso la chapada, que haya recibido un tratamiento químico o físico (en la madera chapada, éste debe ser más intenso que el necesario para asegurar la cohesión) de tal naturaleza que produzca un aumento sensible de la densidad o de la dureza, así como mayor resistencia a los efectos mecánicos, químicos o eléctricos.
3. En las partidas 4414 a 4421, los artículos de tableros de partículas o tableros similares, de tableros de fibra, de madera estratificada o de madera densificada, se asimilan a los artículos correspondientes de madera.
4. Los productos de las partidas 4410, 4411 o 4412 pueden estar trabajados para obtener los perfiles admitidos en la madera de la partida 4409, curvados, ondulados, perforados, cortados u obtenidos en forma distinta de la cuadrada o rectangular o trabajados de otro modo, siempre que estos trabajos no les confieran las características de artículos de otras partidas.
5. La partida 4417 no comprende las herramientas cuya hoja, cuchilla, superficie u otra parte operante esté constituida por alguna de las materias mencionadas en la Nota 1 del Capítulo 82.
6. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota 1 anterior y salvo disposición en contrario, cualquier referencia a madera en un texto de partida de este Capítulo se aplica también al bambú y demás materias de naturaleza leñosa.
Historial del código
Desde 2017; antes, estas mercancías se clasificaban en 4412.32.
En el arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM), 4412.33.00.237 es una de las 103 líneas de la subpartida 4412.33, las demás, que tengan, por lo menos, una hoja externa de madera, distinta de la….
El derecho de importación extrazona (AEC) es del 9 %, y las cantidades se declaran en METRO CUBICO.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 7 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 7 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 8 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 6 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 7 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón es del 6 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 8,5 % al 12,5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Argentina importó mercancías de la subpartida 4412.33 por valor de 874 mil US$ en 2024.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la posición arancelaria 4412.33.00.237?
El derecho de importación extrazona (AEC) en el arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM) es del 9 %; la unidad suplementaria es METRO CUBICO. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.