Arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM) · posición arancelaria · HS 4810.13
4810.13.10.100: Papel estucado sin madera en bobinas: Acondicionadas para la venta al por menor
Papel estucado sin madera en bobinas
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM), en vigor desde el 24 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 4810 PAPEL Y CARTÓN ESTUCADOS POR UNA O LAS DOS CARAS CON CAOLÍN U OTRAS SUSTANCIAS INORGÁNICAS, CON AGLUTINANTE O SIN EL, CON EXCLUSIÓN DE CUALQUIER OTRO ESTUCADO O RECUBRIMIENTO, INCLUSO COLOREADOS O DECORADOS EN LA SUPERFICIE O IMPRESOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS DE FORMA CUADRADA O RECTANGULAR, DE CUALQUIER TAMAÑO.
- 48101 Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10 % en peso del contenido total de fibra:
- 4810.13 En bobinas (rollos)
- 4810.13.10 De anchura inferior o igual a 15 cm
- 4810.13.10.100 Acondicionadas para la venta al por menor
Lo que paga
Importación: Argentina
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
4810.13 Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir: en bobinas (rollos)
Líneas arancelarias (Argentina): 4810.13
- 4810.13.10.100Acondicionadas para la venta al por menor
- 4810.13.10.900De anchura inferior o igual a 15 cm: los demás
- 4810.13.81.000Los demás, de peso superior a 150 g/m2: metalizados
- 4810.13.82.000Baritados (estucados con óxido o sulfato de bario)
- 4810.13.89.110De peso superior a 200 g/m2 (Res.662/98 MEOSP)
- 4810.13.89.190Destinados a la impresión de libros y revistas cuando sean: los demás
- 4810.13.89.210Tipo duplex (Res.214/99 MEOSP).(Res.978/00 ME)
- 4810.13.89.290De gramaje superior a 200 g/m2, con grado de blancura: los demás
- 4810.13.89.910De peso superior a 200 g/m2 (Res.662/98 MEOSP)
- 4810.13.89.990Los demás, de peso superior a 150 g/m2: los demás
- 4810.13.91.000Papel estucado o recubierto en una cara, del tipo “wet strength”, resistente a la humedad y al álcali
- 4810.13.99.100Estucados por una cara, en los que el 10 %, en peso, del contenido total de fibra está constituido por fibras obtenidas por procedimiento mecánico, de peso inferior a 80 g/m2 (Anexos II-3)
- 4810.13.99.910Destinados a la impresión de libros y revistas cuando sean importados por empresas editoras o importadoras que actúen por cuenta de terceros que sean usuarios directos acreditados por las autoridades competentes (Anexo II-2)
- 4810.13.99.991De peso superior o igual a 80 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2
- 4810.13.99.999Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir: en bobinas (rollos), los demás
Notas legales
Notas de subpartida
1. En las subpartidas 480411 y 480419, se considera «papel y cartón para caras (cubiertas) (Kraftliner)» el papel y cartón alisados en ambas caras o satinados en una cara, presentados en bobinas (rollos) en los que el contenido de fibras de madera obtenidas por el procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) sea superior o igual al 80 % en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 115 g/m2 y con una resistencia mínima al estallido Mullen igual a los valores indicados en el cuadro siguiente o, para cualquier otro peso, sus equivalentes interpolados o extrapolados linealmente.
| Peso g/m2 | Resistencia mínima al estallido Mullen (kPa) |
|---|---|
| 115 | 393 |
| 125 | 417 |
| 200 | 637 |
| 300 | 824 |
| 400 | 961 |
2. En las subpartidas 480421 y 480429, se considera «papel Kraft para sacos (bolsas)» el papel alisado en ambas caras, presentado en bobinas (rollos), en el que el contenido de fibras obtenidas por el procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) sea superior o igual al 80 % en peso del contenido total de fibra, de peso superior o igual a 60 g/m2 pero inferior o igual a 115 g/m2, y que responda a una de las condiciones siguientes:
a) que tenga un índice de estallido Mullen superior o igual a 3,7 kPa·m2/g y un alargamiento superior al 4,5 % en la dirección transversal y al 2 % en la dirección longitudinal de la máquina;
b) que tenga la resistencia mínima al desgarre y a la ruptura superior o igual a las indicadas en el cuadro siguiente o sus equivalentes interpolados linealmente para cualquier otro peso:
Peso g/m2 Resistencia mínima al desgarre (mN) Resistencia mínima a la ruptura por tracción (kN/m) Dirección longitudinal de la máquina Dirección longitudinal de la máquina más dirección transversal Dirección transversal Dirección longitudinal de la máquina más dirección transversal 60 700 1510 1,9 6,0 70 830 1790 2,3 7,2 80 965 2070 2,8 8,3 100 1230 2635 3,7 10,6 115 1425 3060 4,4 12,3
3. En la subpartida 480511, se entiende por «papel semiquímico para acanalar» el papel presentado en bobinas (rollos), en el que el contenido de fibras crudas de madera de frondosas obtenidas por la combinación de procedimientos mecánico y químico sea superior o igual al 65 % en peso del contenido total de fibra y con una resistencia al aplastamiento según el método CMT 30 (Corrugated Medium Test con 30 minutos de acondicionamiento) superior a 1,8 newtons/g/m2 para una humedad relativa de 50 %, a una temperatura de 23 °C.
4. La subpartida 480512 comprende el papel en bobinas (rollos), compuesto principalmente de pasta de paja obtenida por la combinación de procedimientos mecánico y químico, de peso superior o igual a 130 g/m2 y con una resistencia al aplastamiento según el método CMT 30 (Corrugated Medium Test con 30 minutos de acondicionamiento) superior a 1,4 newtons/g/m2 para una humedad relativa de 50 %, a una temperatura de 23 °C.
5. Las subpartidas 480524 y 480525 comprenden el papel y cartón compuestos exclusiva o principalmente de pasta de papel o cartón reciclado (de desperdicios y desechos). El papel Testliner puede igualmente tener una capa superficial de papel coloreado o compuesto de pasta blanqueada o cruda, sin reciclar. Estos productos tienen un índice de estallido Mullen superior o igual a 2 kPa·m2/g.
6. En la subpartida 480530, se entiende por «papel sulfito para envolver» el papel satinado en una cara, en el que el contenido de fibras de madera obtenidas por el procedimiento químico al sulfito sea superior al 40 % en peso del contenido total de fibra, con un contenido de cenizas inferior o igual al 8 % y con un índice de estallido Mullen superior o igual a 1,47 kPa·m2/g.
7. En la subpartida 481022, se entiende por «papel estucado o cuché ligero (liviano) (L.W.C., light-weight coated)» el papel estucado en las dos caras, de peso inferior o igual a 72 g/m2, con un peso de la capa de estucado inferior o igual a 15 g/m2 por cada cara, con un soporte constituido por fibras de madera obtenidas por procedimiento mecánico, cuyo contenido sea superior o igual al 50 % en peso del contenido total de fibra.
En el arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM), 4810.13.10.100 es una de las 15 líneas de la subpartida 4810.13, papel y cartón de los tipos utilizados para escribir: en bobinas (rollos).
El derecho de importación extrazona (AEC) es del 16 %, y las cantidades se declaran en KILOGRAMO.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es nulo, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 25 %, el tipo de la TEC en Brasil va del 0 % al 14,4 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.
Argentina importó mercancías de la subpartida 4810.13 por valor de 11 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Brasil.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la posición arancelaria 4810.13.10.100?
El derecho de importación extrazona (AEC) en el arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM) es del 16 %; la unidad suplementaria es KILOGRAMO. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa Argentina estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 4810.13, el mayor proveedor en 2024 fue Brasil (7 M US$), por delante de Italia.