Arancel de Brasil (NCM/AEC) · código NCM · HS 3808.93
3808.93.27: Herbicidas y reguladores de crecimiento: Outros, à base de imazetapir
Herbicidas y reguladores de crecimiento
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel de Brasil (NCM/AEC), en vigor desde el 24 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
- 3808 Inseticidas, rodenticidas, fungicidas, herbicidas, inibidores de germinação e reguladores de crescimento para plantas, desinfetantes e produtos semelhantes, apresentados em formas ou embalagens para venda a retalho ou como preparações ou ainda sob a forma de artigos, tais como fitas, mechas e velas sulfuradas e papel mata-moscas.
- 38089 Outros:
- 3808.93 Herbicidas, inibidores de germinação e reguladores de crescimento para plantas
- 3808.93.2 Herbicidas apresentados de outro modo
- 3808.93.27 Outros, à base de imazetapir
Lo que paga
Importación: Brasil
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
3808.93 Herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas
Líneas arancelarias (Brasil): 3808.93
- 3808.93.11Que contenham bromometano (brometo de metila) ou bromoclorometano
- 3808.93.19Herbicidas apresentados em formas ou embalagens: outros
- 3808.93.21Que contenham bromometano (brometo de metila) ou bromoclorometano
- 3808.93.22Outros, à base de ácido 2,4-diclorofenoxiacético (2,4-D), de ácido 4-(2,4-diclorofenoxi)butírico (2,4-DB), de ácido (4-cloro-2-metil)fenoxiacético (MCPA) ou de derivados de 2,4-D ou 2,4-DB
- 3808.93.23Outros, à base de atrazina ou de diuron
- 3808.93.24Outros, à base de glifosato ou seus sais, de imazaquim ou de lactofen
- 3808.93.25Outros, à base de dicloreto de paraquate, de propanil ou de simazina
- 3808.93.26Outros, à base de trifluralina
- 3808.93.27Outros, à base de imazetapir
- 3808.93.28Outros, à base de ametrina ou de hexazinona
- 3808.93.29Herbicidas apresentados de outro modo: outros
- 3808.93.31Que contenham bromometano (brometo de metila) ou bromoclorometano
- 3808.93.32Outros, apresentados em formas ou embalagens exclusivamente para uso direto em aplicações domissanitárias
- 3808.93.33Herbicidas, inibidores de germinação e reguladores: inibidores de germinação, outros
- 3808.93.41Que contenham bromometano (brometo de metila) ou bromoclorometano
- 3808.93.49Reguladores de crescimento das plantas apresentados: outros
- 3808.93.51Que contenham bromometano (brometo de metila) ou bromoclorometano
- 3808.93.52Outros, à base de hidrazida maleica
- 3808.93.59Reguladores de crescimento das plantas, apresentados: outros
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N356212 U.S. CBP
The tariff classification and eligibility of the United States-Mexico-Canada Agreement (USMCA) of Dicamba DMA and Dicamba DGA Herbicides from Canada.
- H322230 U.S. CBP
Application for Further Review of Protest No. 5301-19-100709; Classification of Metrixx (Metribuzin 70% WDG)
- N312563 U.S. CBP
The tariff classification of Sunaider from South Korea
- 600013516 HMRC
A product for enhancing the growth of plants in the form of White or pale brown granules made from water, calcined zeolite, Japanese Cedar Extract, Japanese Cypress extract, Japanese Pine extract and Plantain extract that is mixed into the soil. The product has a PH of between 6 and 8. Packaged in…
- 600011955 HMRC
The product is a natural plant growth enhancer. It is effective for use in growing all kind of plants. It is extracted essences from Japanese cedars, Japanese cypress and Japanese pines as well as from plantains. It is a colourless liquid that is packaged in plastic bottles. It is mainly used to…
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) los productos de constitución química definida presentados aisladamente, excepto los siguientes:
1) el grafito artificial (partida 3801);
2) los insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en las formas o envases previstos en la partida 3808;
3) los productos extintores presentados como cargas para aparatos extintores o en granadas o bombas extintoras (partida 3813);
4) los materiales de referencia certificados especificados en la Nota 2 siguiente;
5) los productos citados en las Notas 3 a) o 3 c) siguientes;
b) las mezclas de productos químicos con sustancias alimenticias u otras que tengan valor nutritivo, de los tipos utilizados en la preparación de alimentos para consumo humano (partida 2106, generalmente);
c) los productos de la partida 2404;
d) las escorias, cenizas y residuos (incluidos los lodos, excepto los lodos de depuración), que contengan metal, arsénico o sus mezclas y cumplan las condiciones de las Notas 3 a) o 3 b) del Capítulo 26 (partida 2620);
f) los catalizadores agotados de los tipos utilizados para la extracción de metal común o para la fabricación de compuestos químicos a base de metal común (partida 2620), los catalizadores agotados de los tipos utilizados principalmente para la recuperación de metal precioso (partida 7112), así como los catalizadores constituidos por metales o aleaciones metálicas que se presenten, por ejemplo, en forma de polvo muy fino o de tela metálica (secciones XIV o XV).
2.
A) En la partida 3822, se entiende por «material de referencia certificado» el material de referencia que está acompañado por un certificado que indica los valores de las propiedades certificadas y los métodos utilizados para determinar estos valores, así como el grado de certeza asociado a cada valor, el cual es apto para ser utilizado con fines de análisis, calibración o referencia.
B) Con excepción de los productos de los Capítulos 28 o 29, para la clasificación del material de referencia certificado, la partida 3822 tiene prioridad sobre cualquier otra partida de la nomenclatura.
3. Se clasifican en la partida 3824 y no en otra de la nomenclatura:
a) los cristales cultivados (excepto los elementos de óptica) de óxido de magnesio o de sales halogenadas de los metales alcalinos o alcalinotérreos, de peso unitario superior o igual a 2,5 g;
b) los aceites de fusel; el aceite de Dippel;
c) los productos borradores de tinta acondicionados en envases para la venta al por menor;
d) los productos para la corrección de clisés de mimeógrafo («stencils»), los demás correctores líquidos y las cintas correctoras (excepto las de la partida 9612), acondicionados en envases para la venta al por menor;
e) los indicadores cerámicos fusibles para el control de la temperatura de los hornos (por ejemplo: conos de Seger).
4. En la nomenclatura, se entiende por desechos municipales los recolectados de viviendas particulares, hoteles, restaurantes, hospitales, almacenes, oficinas, etc., y los recogidos en calzadas y aceras, así como los desechos de material de construcción y los escombros de demolición. Estos desechos y desperdicios generalmente contienen una gran variedad de materias, tales como plástico, caucho, madera, papel, textil, vidrio, metal, productos alimenticios, muebles rotos y demás artículos deteriorados o descartados. Sin embargo, la expresión desechos municipales no comprende:
a) las materias o artículos que han sido separados de estos desechos como, por ejemplo: los desechos de plástico, caucho, madera, papel, textiles, vidrio o metal, o de desperdicios y desechos eléctricos y electrónicos (incluidas las baterías usadas), que siguen su propio régimen;
b) los desechos industriales;
c) los desechos farmacéuticos, tal como se definen en la Nota 4 k) del Capítulo 30;
d) los desechos clínicos, tal como se definen en la Nota 6 a) siguiente.
5. En la partida 3825, se entiende por lodos de depuración, los lodos procedentes de las plantas de depuración de los efluentes urbanos incluidos los desechos de pretratamiento, los desechos de la limpieza y los lodos no estabilizados. Se excluyen los lodos estabilizados aptos para ser utilizados como abono (Capítulo 31).
6. En la partida 3825, la expresión los demás desechos comprende:
a) los desechos clínicos, es decir, desechos contaminados procedentes de investigaciones médicas, análisis, tratamientos o demás procedimientos médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios, los que frecuentemente contienen sustancias patógenas o farmacéuticas y requieren de procedimientos especiales de destrucción (por ejemplo: apósitos, guantes o jeringas, usados);
b) los desechos de disolventes orgánicos;
c) los desechos de soluciones decapantes, fluidos hidráulicos, líquidos para frenos y líquidos anticongelantes;
d) los demás desechos de la industria química o de las industrias conexas.
Sin embargo, la expresión los demás desechos no comprende los desechos que contengan principalmente aceites de petróleo o de mineral bituminoso (partida 2710).
7. En la partida 3826, el término biodiésel designa los ésteres monoalquílicos de ácidos grasos de los tipos utilizados como carburantes o combustibles, derivados de grasas y aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, incluso usados.
Notas de subpartida
1. Las subpartidas 380852 y 380859 comprenden únicamente los productos de la partida 3808, que contengan una o más de las sustancias siguientes: ácido perfluorooctano sulfónico y sus sales; alaclor (ISO); aldicarb (ISO); aldrina (ISO); azinfos-metil (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); carbofurano (ISO); clordano (ISO); clordimeformo (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; endosulfán (ISO); fluoroacetamida (ISO); fluoruro de perfluorooctano sulfonilo; fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI); metamidofos (ISO); monocrotofós (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metil-paratión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; perfluorooctano sulfonamidas; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres; triclorfón (ISO).
2. Las subpartidas 380861 a 380869 comprenden únicament productos de la partida 3808 que contengan alfa-cipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), el malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO).
3. Las subpartidas 382481 a 382489 comprenden únicamente las mezclas y preparaciones que contengan una o más de las sustancias siguientes: oxirano (óxido de etileno); bifenilos polibromados (PBB); bifenilos policlorados (PCB); terfenilos policlorados (PCT); fosfato de tris(2,3-dibromopropilo); aldrina (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); clordano (ISO); clordecona (ISO); DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dieldrina (ISO, DCI); endosulfán (ISO); endrina (ISO); heptacloro (ISO); mirex (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI); pentaclorobenceno (ISO); hexaclorobenceno (ISO); ácido perfluorooctano sulfónico, sus sales; perfluorooctano sulfonamidas; fluoruro de perfluorooctano sulfonilo; éteres tetra-, penta-, hexa-, hepta- u octabromodifenílicos; parafinas cloradas de cadena corta.
Las parafinas cloradas de cadena corta son mezclas de compuestos, con un grado de cloración superior a 48 % en peso, y cuya fórmula molecular es CxH(2x-y+2)Cly, donde x=10 – 13 e y= 1 – 13.
4. En las subpartidas 382541 y 382549, se entiende por desechos de disolventes orgánicos, los desechos que contengan principalmente disolventes orgánicos impropios para su utilización inicial, aunque no se destinen a la recuperación de estos.
En el arancel de Brasil (NCM/AEC), 3808.93.27 es una de las 19 líneas de la subpartida 3808.93, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las….
El tipo de la TEC es del 10,8 %.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE va del 6 % al 6,5 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 6 % al 6,5 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 6,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 6 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá va del 0 % al 6,5 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 7,2 % al 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es del 3,9 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 0 % al 3,5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.
Brasil importó mercancías de la subpartida 3808.93 por valor de 2056 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NCM 3808.93.27?
El tipo de la TEC en el arancel de Brasil (NCM/AEC) es del 10,8 %. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa Brasil estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 3808.93, el mayor proveedor en 2024 fue China (1349,1 M US$), por delante de Estados Unidos.