Arancel aduanero común del CCG · código SA · HS 7019.90
7019.90.99.00.00: Otras manufacturas de fibra de vidrio: Other
Otras manufacturas de fibra de vidrio
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel aduanero común del CCG, en vigor desde el 1 de enero de 2025 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: CCG
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
7019.90 Fibra de vidrio: las demás
Líneas arancelarias (CCG): 7019.90
- 7019.90.10.00.00For transportaion equipment, of glass fibers or glass wool.
- 7019.90.20.00.00Watertanks, of glass fibers or glass wool.
- 7019.90.30.00.00Furnishings & indoor decortion, of glass fibers or glass wool.
- 7019.90.41.00.00For insulation purposes (heat, sound electricity) fire rated
- 7019.90.42.00.00For insulation purposes (heat, sound electricity) not fire rated
- 7019.90.50.00.00Boxes for electrical meters of fiberglass or glass wool, not electricaly prepared.
- 7019.90.60.00.00Pipes & tubes, of glass fibers or glass wool.
- 7019.90.70.00.00Fiber glass liquefied gas cylinders
- 7019.90.91.00.00Fibreglass plunge baths & counters
- 7019.90.92.00.00Fibreglass awnings
- 7019.90.93.00.00Fiber glass pick-up car box covers
- 7019.90.94.00.00Fibreglass doors
- 7019.90.95.00.01Fire rated internal/external cladding materials
- 7019.90.95.00.02Other fibreglass building facades
- 7019.90.99.00.00Other
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N363205 U.S. CBP
The tariff classification, country of origin determination, and status under the United States-Mexico-Canada Agreement (USMCA) of a retractable fiberglass mesh woven screen from Canada
- N358577 U.S. CBP
The tariff classification, country of origin determination and status under the Dominican Republic-Central America-United States Free Trade Agreement (DR-CAFTA) of polytetrafluoroethylene (PTFE) laminated filter bags made of woven fiberglass and felted polyester from Costa Rica
- N317710 U.S. CBP
The Classification of a Fiberglass Filter Bag assembled in Canada; Country of Origin; Marking; Section 301 trade remedy; 9903.88.03, HTSUS
- N318785 U.S. CBP
The tariff classification of an article of glass fibers from Italy
- 600015155 HMRC
Glass filaments stitched onto a nonwoven polypropylene paving fabric in a grid structure longitudinal and transverse directions with polyester yarn grey and silver in colour roll lengths are of either 1.0,1.5,2.0 and 3.0 metres. Weight is 280 grams per square metre mesh size 40 x 40 mm. it is used…
- 600009472 HMRC
Product is a flexible Thermal and Acoustical Wall and Ceiling Liner which is designed to be attached to the outside of walls and ceilings. It is made from glass fibre insulation sandwiched between a glass cloth facing layer and aluminised kraft fibre board. The glass fibre is non-textile, has a…
7 resoluciones en total para este código
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) los artículos de la partida 3207 (por ejemplo: composiciones vitrificables, fritas de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, copos o escamillas);
b) los artículos del Capítulo 71 (por ejemplo, bisutería);
c) los cables de fibras ópticas de la partida 8544, los aisladores eléctricos (partida 8546) y las piezas aislantes de la partida 8547;
d) los parabrisas, vidrios traseros (lunetas)* y demás ventanillas, enmarcados, para vehículos de los Capítulos 86 a 88;
e) los parabrisas, vidrios traseros (lunetas)* y demás ventanillas, incluso enmarcados, que incorporen dispositivos de calefacción u otros dispositivos eléctricos o electrónicos, para vehículos de los Capítulos 86 a 88;
f) las fibras ópticas, elementos de óptica trabajados ópticamente, jeringas, ojos artificiales, así como termómetros, barómetros, areómetros, densímetros y demás artículos e instrumentos del Capítulo 90;
g) las luminarias y los aparatos de alumbrado, los anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares, con fuente de luz inseparable, así como sus partes, de la partida 9405;
h) los juegos, juguetes y accesorios para árboles de Navidad, así como los demás artículos del Capítulo 95, excepto los ojos sin mecanismo para muñecas o demás artículos del Capítulo 95;
ij) los botones, pulverizadores, termos y demás artículos del Capítulo 96.
2. En las partidas 7003, 7004 y 7005:
a) el vidrio elaborado antes del recocido no se considera trabajado;
b) el corte en cualquier forma no afecta la clasificación del vidrio en placas u hojas;
c) se entiende por capa absorbente, reflectante o antirreflectante, la capa metálica o de compuestos químicos (por ejemplo, óxidos metálicos), de espesor microscópico, que absorbe, en particular, los rayos infrarrojos o mejora las cualidades reflectantes del vidrio sin impedir su transparencia o translucidez o que impide que la superficie del vidrio refleje la luz.
3. Los productos de la partida 7006 permanecen clasificados en dicha partida, aunque tengan ya el carácter de manufacturas.
4. En la partida 7019, se entiende por lana de vidrio:
a) la lana mineral con un contenido de sílice (SiO2) superior o igual al 60 % en peso;
b) la lana mineral con un contenido de sílice (SiO2) inferior al 60 % en peso, pero con un contenido de óxidos alcalinos (K2O o Na2O) superior al 5 % en peso o con un contenido de anhídrido bórico (B2O3) superior al 2 % en peso.
Las lanas minerales que no cumplan estas condiciones se clasifican en la partida 6806.
5. En la nomenclatura, el cuarzo y demás sílices, fundidos, se consideran vidrio.
Historial del código
Desde 2022; antes, estas mercancías se clasificaban en 7019.39, 7019.40, 7019.51, 7019.52, 7019.59.
El código SA 7019.90.99.00.00 es una línea del arancel aduanero común del CCG dentro de la subpartida SA 7019.90 (fibra de vidrio: las demás).
El derecho de aduana es del 5 %, y las cantidades se declaran en Kilograms.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 7 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 7 %, el derecho general en Estados Unidos va del 4,3 % al 4,8 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 6 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México va del 0 % al 5 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 10,8 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 10,8 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 6 % al 7,5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 5 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Los países del CCG importaron mercancías de la subpartida 7019.90 por valor de 240 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Estados Unidos.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código SA 7019.90.99.00.00?
El derecho de aduana en el arancel aduanero común del CCG es del 5 %; la unidad suplementaria es Kilograms. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importan los países del CCG estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 7019.90, el mayor proveedor en 2024 fue Estados Unidos (63 M US$), por delante de China.