Arancel aduanero común del CCG · código SA · HS 8708.22
8708.22.20.00.00: Parabrisas y lunetas de automóvil: front windscreens (windshields), rear windows and other windows, whether or not framed, incorporating heating devices or other electrical or electronic devices which subheading Note 1 to this Chapter
Parabrisas y lunetas de automóvil
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel aduanero común del CCG, en vigor desde el 1 de enero de 2025 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: CCG
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
Líneas arancelarias (CCG): 8708.22
- 8708.22.10.00.00front windscreens (windshields), rear windows and other windows, framed which subheading Note 1 to this Chapter
- 8708.22.20.00.00front windscreens (windshields), rear windows and other windows, whether or not framed, incorporating heating devices or other electrical or electronic devices which subheading Note 1 to this Chapter
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
Notas legales
Nota de subpartida
1. La subpartida 870822 comprende:
a) los parabrisas, vidrios traseros (lunetas) y demás ventanillas, enmarcados;
b) los parabrisas, vidrios traseros (lunetas) y demás ventanillas, incluso enmarcados, que incorporen dispositivos de calefacción u otros dispositivos eléctricos o electrónicos,
siempre que estén destinados exclusiva o principalmente a vehículos automóviles de las partidas 8701 a 8705.
Historial del código
Desde 2022; antes, estas mercancías se clasificaban en 8708.29.
En el arancel aduanero común del CCG, 8708.22.20.00.00 es una de las 2 líneas de la subpartida 8708.22, parabrisas, vidrios traseros.
El derecho de aduana es del 5 %, y las cantidades se declaran en Kilograms.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE va del 3 % al 4,5 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 3 % al 4,5 %, el derecho general en Estados Unidos es del 2,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 4 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 10 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 18 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 15 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 1 % y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.
Los países del CCG importaron mercancías de la subpartida 8708.22 por valor de 37 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código SA 8708.22.20.00.00?
El derecho de aduana en el arancel aduanero común del CCG es del 5 %; la unidad suplementaria es Kilograms. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importan los países del CCG estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 8708.22, el mayor proveedor en 2024 fue China (14 M US$), por delante de Japón.