Arancel aduanero común del CCG · código SA · HS 8903.99
8903.99.30.00.00: Otras embarcaciones de recreo > 7,5 m: Jet ski
Otras embarcaciones de recreo > 7,5 m
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel aduanero común del CCG, en vigor desde el 1 de enero de 2025 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: CCG
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
8903.99 Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte: los demás, los demás
Líneas arancelarias (CCG): 8903.99
- 8903.99.10.00.00Fiberglass boats with outboard Motor.
- 8903.99.20.00.00Fiberglass boats without outboard motor.
- 8903.99.30.00.00Jet ski
- 8903.99.90.00.01Vessels for pleasure or sports n.e.s.; rowing boats & canoes. - Yacht
- 8903.99.90.99.99Vessels for pleasure or sports n.e.s.; rowing boats & canoes. - Others
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N360147 U.S. CBP
The tariff classification of the metal boat hull from China
- H328536 U.S. CBP
Request to reconsider NYRL N327185; Classification of a personal hydrofoil
- N327185 U.S. CBP
The tariff classification of a Hydrofoiler SL3 e-Bike from China
- N303805 U.S. CBP
The tariff classification of a watercraft from China
8 resoluciones en total para este código
Notas legales
Notas complementarias
1. En las subpartidas 89011010, 89012010, 89013010, 89019010, 89020010, 89032210, 89032310, 89033210, 89033310, 89040091 o 89069010 solo se incluirán los barcos concebidos para navegar por alta mar y cuya mayor longitud exterior del casco (con exclusión de los apéndices) sea, por lo menos, igual a 12 m. Sin embargo, los barcos de pesca y los barcos de salvamento, cuando estén concebidos para navegar por alta mar, se considerarán siempre como barcos para la navegación marítima, sin que se tenga en cuenta su longitud.
2. En las subpartidas 89051010 y 89059010 se clasifican únicamente los barcos y los diques flotantes, concebidos para navegar por alta mar.
3. Para la aplicación de la partida 8908 en la expresión barcos y demás artefactos flotantes para desguace se entienden comprendidos igualmente los artículos que se expresan a continuación, cuando se presenten al despacho de aduanas con los mencionados barcos y siempre que hayan formado parte del equipo normal de los mismos:
piezas de recambio (tales como las hélices), incluso nuevas;
artículos amovibles (por ejemplo: muebles, artículos de cocina, vajilla, etc.) que presenten marcadas señales de haber sido usados.
En el arancel aduanero común del CCG, 8903.99.30.00.00 es una de las 5 líneas de la subpartida 8903.99, yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte: los demás, los demás.
El derecho de aduana es del 5 %, y las cantidades se declaran en Pieces/Units.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE va del 1,7 % al 2,7 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 1,7 % al 2,7 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 2,7 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá va del 0 % al 9,5 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 18 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 35 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 0 % al 6 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Los países del CCG importaron mercancías de la subpartida 8903.99 por valor de 122 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Estados Unidos.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código SA 8903.99.30.00.00?
El derecho de aduana en el arancel aduanero común del CCG es del 5 %; la unidad suplementaria es Pieces/Units. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importan los países del CCG estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 8903.99, el mayor proveedor en 2024 fue Estados Unidos (37 M US$), por delante de China.