Arancel aduanero común del CCG · código SA · HS 9306.30
9306.30.10.00.00: Cartuchos de munición: Cartridges & parts thereof, n.e.s., of a kind used for sporting guns & huntings.
Cartuchos de munición
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel aduanero común del CCG, en vigor desde el 1 de enero de 2025 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: CCG
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
9306.30 Los demás cartuchos y sus partes
Líneas arancelarias (CCG): 9306.30
- 9306.30.10.00.00Cartridges & parts thereof, n.e.s., of a kind used for sporting guns & huntings.
- 9306.30.90.00.01Cartridges & parts thereof, n.e.s., other than those of a kind used for sporting guns & huntings. - Decor wall shots
- 9306.30.90.99.99Cartridges & parts thereof, n.e.s., other than those of a kind used for sporting guns & huntings. - Others
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N356727 U.S. CBP
The tariff classification and applicability of 9802.00.60 to cartridge cups, projectile cups, and cartridge strip manufactured from scrap gathered in the United States, processed in India, and returned to the United States for further processing
- N352273 U.S. CBP
The tariff classification of brass cartridge cases from multiple countries
- N352065 U.S. CBP
The tariff classification of bullets from South Africa
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) los cebos y cápsulas fulminantes, detonadores, cohetes de señales o granífugos y demás artículos del Capítulo 36;
b) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39);
c) los tanques y demás vehículos automóviles blindados de combate (partida 8710);
d) las miras telescópicas y demás dispositivos ópticos, salvo los montados en armas o presentados sin montar con las armas a las cuales se destinen (Capítulo 90);
e) las ballestas, arcos y flechas para tiro, armas embotonadas para esgrima y armas que presenten el carácter de juguete (Capítulo 95);
f) las armas y municiones que tengan el carácter de objetos de colección o antigüedades (partidas 9705 o 9706).
2. En la partida 9306, el término partes no comprende los aparatos de radio o radar de la partida 8526.
El código SA 9306.30.10.00.00 es una línea del arancel aduanero común del CCG dentro de la subpartida SA 9306.30 (los demás cartuchos y sus partes).
El derecho de aduana es del 5 %, y las cantidades se declaran en Kilograms.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE va del 1,7 % al 2,7 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 1,7 % al 2,7 %, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 0 % al 2 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá va del 0 % al 7 %, el impuesto general de importación (IGI) en México va del 5 % al 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 18 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 20 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón va del 5,4 % al 8,4 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 0 % al 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte va del 7 % al 25 % y el derecho de importación en Nigeria va del 10 % al 20 %.
Los países del CCG importaron mercancías de la subpartida 9306.30 por valor de 117 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Corea del Sur, y España ocupó el puesto 6 con 2 M US$.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código SA 9306.30.10.00.00?
El derecho de aduana en el arancel aduanero común del CCG es del 5 %; la unidad suplementaria es Kilograms. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importan los países del CCG estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 9306.30, el mayor proveedor en 2024 fue Corea del Sur (39 M US$), por delante de Bosnia y Herzegovina.
¿Qué puesto ocupa España entre los proveedores?
Para la subpartida 9306.30, España ocupó en 2024 el puesto 6 entre los proveedores del CCG, con 2 M US$.